Pedrezuela (BOCM-20220118-68)
Organización y funcionamiento. Reglamento de ludoteca
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 14
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE ENERO DE 2022
Pág. 405
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
68
PEDREZUELA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento de fecha 23 de septiembre de 2021 sobre la aprobación del Reglamento Régimen
Interno de los Servicios de Ludoteca del Ayuntamiento de Pedrezuela, cuyo texto íntegro
se hace público en cumplimiento del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
TÍTULO PRIMERO
Artículo 1. Fundamentación.—La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases
de Régimen Local, establece en su Artículo 25.1 que el Municipio, para la gestión de sus
intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y
prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones
de la comunidad vecinal, declarando expresamente en el mismo artículo 25.1, apartado 2.k,
que ejercerán competencias de prestación de los servicios sociales.
Art. 2. Titularidad del servicio.—La Ludoteca Municipal nace con vocación de permanencia en el tiempo y sus titularidades del Ayuntamiento de Pedrezuela, quien podrá
gestionarlo a través d ellos procedimientos contenidos en la legislación de Contratos de las
Administraciones Públicas.
Art. 3. Concepto.—La Ludoteca es un servicio que desarrolla actividades lúdicas, recreativas, educativas y culturales, durante el tiempo libre a través de un Proyecto Lúdico
Socioeducativo anual dirigido o profesionales cualificados en el ámbito, con el principal
objetivo de favorecer el desarrollo integral de los niños y niñas a través del juego en coordinación con los recursos de la zona y a cargo de un equipo de profesionales especializados
en el tema.
Las Ludotecas no son guarderías, ni locales comerciales con espacios para el juego, ni
lugares de celebración de cumpleaños, ni salones recreativos, ni talleres aun cuando existan actividades lúdicas programadas, ni tampoco es una prolongación de los servicios que
ofrecen los centros de educación primaria.
Art. 4. Emplazamiento.—La Ludoteca Municipal se ubica en la calle del Polideportivo, 8-10, en Pedrezuela (Madrid).
Art. 5. Objetivos.
— Promover el desarrollo cognitivo, psicomotor, afectivo y social de los niños/as, lo
más saludable posible en un entorno lúdico.
— Ayudar al niño/a desarrollar su imaginación y creatividad mediante el juego.
— Favorecer no solo el juego, sino principalmente la comunicación, el trabajo en
equipo, el respeto mutuo y la educación en valores.
— Potenciar la convivencia en un clima positivo de respeto mutuo.
— Detección precoz de posibles conductas inadecuadas (agresividad, aislamiento,
retraso de la maduración, llamadas de atención, marginación), desarrollando estrategias para reconducirlas y modificarlas adecuadamente.
— Orientar a los padres ante demandas que estos presenten sobre aspectos pedagógicos y educativos.
— Facilitar la conciliación familiar, laboral y escolar mediante alternativas de ocio
educativo para niños y niñas en su tiempo libre.
Constituyen asimismo objetivos de la Ludoteca Municipal:
1. Utilización del juego, los juguetes y las actividades lúdicas que se programen para
contribuir al desarrollo integral de los niños y las niñas.
BOCM-20220118-68
Generalidades
B.O.C.M. Núm. 14
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE ENERO DE 2022
Pág. 405
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
68
PEDREZUELA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento de fecha 23 de septiembre de 2021 sobre la aprobación del Reglamento Régimen
Interno de los Servicios de Ludoteca del Ayuntamiento de Pedrezuela, cuyo texto íntegro
se hace público en cumplimiento del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
TÍTULO PRIMERO
Artículo 1. Fundamentación.—La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases
de Régimen Local, establece en su Artículo 25.1 que el Municipio, para la gestión de sus
intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y
prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones
de la comunidad vecinal, declarando expresamente en el mismo artículo 25.1, apartado 2.k,
que ejercerán competencias de prestación de los servicios sociales.
Art. 2. Titularidad del servicio.—La Ludoteca Municipal nace con vocación de permanencia en el tiempo y sus titularidades del Ayuntamiento de Pedrezuela, quien podrá
gestionarlo a través d ellos procedimientos contenidos en la legislación de Contratos de las
Administraciones Públicas.
Art. 3. Concepto.—La Ludoteca es un servicio que desarrolla actividades lúdicas, recreativas, educativas y culturales, durante el tiempo libre a través de un Proyecto Lúdico
Socioeducativo anual dirigido o profesionales cualificados en el ámbito, con el principal
objetivo de favorecer el desarrollo integral de los niños y niñas a través del juego en coordinación con los recursos de la zona y a cargo de un equipo de profesionales especializados
en el tema.
Las Ludotecas no son guarderías, ni locales comerciales con espacios para el juego, ni
lugares de celebración de cumpleaños, ni salones recreativos, ni talleres aun cuando existan actividades lúdicas programadas, ni tampoco es una prolongación de los servicios que
ofrecen los centros de educación primaria.
Art. 4. Emplazamiento.—La Ludoteca Municipal se ubica en la calle del Polideportivo, 8-10, en Pedrezuela (Madrid).
Art. 5. Objetivos.
— Promover el desarrollo cognitivo, psicomotor, afectivo y social de los niños/as, lo
más saludable posible en un entorno lúdico.
— Ayudar al niño/a desarrollar su imaginación y creatividad mediante el juego.
— Favorecer no solo el juego, sino principalmente la comunicación, el trabajo en
equipo, el respeto mutuo y la educación en valores.
— Potenciar la convivencia en un clima positivo de respeto mutuo.
— Detección precoz de posibles conductas inadecuadas (agresividad, aislamiento,
retraso de la maduración, llamadas de atención, marginación), desarrollando estrategias para reconducirlas y modificarlas adecuadamente.
— Orientar a los padres ante demandas que estos presenten sobre aspectos pedagógicos y educativos.
— Facilitar la conciliación familiar, laboral y escolar mediante alternativas de ocio
educativo para niños y niñas en su tiempo libre.
Constituyen asimismo objetivos de la Ludoteca Municipal:
1. Utilización del juego, los juguetes y las actividades lúdicas que se programen para
contribuir al desarrollo integral de los niños y las niñas.
BOCM-20220118-68
Generalidades