Pozuelo de Alarcón (BOCM-20220118-70)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

MARTES 18 DE ENERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 14

de trabajadoras y trabajadores, fotocopia compulsada del pasaporte o de documento válido acreditativo de su nacionalidad.
Los familiares de los anteriores, referidos en la base 2.1.a, además, fotocopia compulsada del documento acreditativo del vínculo de parentesco y declaración jurada del ciudadano o ciudadana del país europeo al que afecta dicho vínculo haciendo constar que no está separado o separada de derecho de su cónyuge o, en su caso,
que la persona aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
Las personas extranjeras deberán acreditar su residencia legal en territorio español.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo o cargos públicos por resolución judicial.
Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán presentar,
además, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado, en sus mismos términos, el acceso
al empleo público.
c) Original del título exigido para poder participar en la presente convocatoria, para
su compulsa por la Unidad Administrativa de Recursos Humanos, o certificación
académica que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos, así
como abonados los derechos para la expedición de aquel título. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión y aportar fotocopia
compulsada de la credencial que acredite la homologación (título académico y en
su caso, traducción jurada). Si alguno de estos documentos estuviese expedido
después de la fecha en que finalizó el plazo de admisión de instancias, deberá justificarse el momento en que concluyeron los estudios.
d) Declaración de no estar incursos en incompatibilidad, de acuerdo con la
Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás normativa de aplicación.
e) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico que imposibilite para el desempeño de las funciones propias de las plazas
convocadas.
Quien, previo requerimiento y salvo los casos de fuerza mayor, no presentase en plazo la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en las presentes bases y normativa de aplicación, no podrá ser nombrado funcionario/a y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad
en que hubiera incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
En caso de que la persona candidata al que correspondiese el nombramiento no fuera
nombrada o no tomara posesión, bien por desistimiento o por no reunir los requisitos exigidos, podrá nombrarse a la siguiente persona de la lista, por estricto orden de prelación,
que hubiera superado el proceso de selección.
La persona aspirante nombrada deberá tomar posesión en el plazo legalmente previsto, previa declaración de no estar incursa en incompatibilidad, de acuerdo con la
Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás normativa de aplicación.
Octava. Lista de espera para el nombramiento de personal no permanente
Salvo manifestación expresa en contra que conste en la solicitud de participación en el
proceso selectivo, las personas aspirantes que no superen el proceso selectivo podrán acceder a la lista de espera para el nombramiento de personal no permanente para las plazas/categoría objeto de la presente convocatoria.
A la vista de las calificaciones concedidas en el proceso selectivo, la Concejalía de Recursos Humanos procederá a integrar en las correspondientes listas de espera a aquellas personas aspirantes que, no expresando su voluntad contraria a acceder a ella, hayan aprobado
alguna de las pruebas o ejercicios de la oposición. En el caso de la prueba o ejercicio tipo
test con nota de corte, la obtención de una calificación no inferior a cinco puntos será suficiente para acceder a la lista de espera, aunque no se haya alcanzado la nota de corte fijada
por el tribunal calificador.
La integración en la lista de espera correspondiente y los oportunos llamamientos se
realizarán de conformidad con la Resolución que aprueba el funcionamiento de las listas de
espera derivadas de procesos selectivos acometidos por el Ayuntamiento de Pozuelo de
Alarcón y sus Organismos Autónomos que resulte vigente en el momento en que se lleve a
término la correspondiente gestión.

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