D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220117-19)
Convenio –  Convenio del 23 de diciembre de 2021, subvención entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y el Ayuntamiento de Arganda del Rey, para la realización de nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad-colectivos vulnerables, en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia, por importe de 282.052,50 euros
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 13

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE ENERO DE 2022

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obligatorias para los órganos gestores, la evaluación del riesgo de fraude, la cumplimentación de la declaración de ausencia de conflicto de intereses (Anexo V-quinquies) y la disponibilidad de un procedimiento para abordar conflictos de intereses.
Quinta
Número de participantes y cuantía de la subvención
1. El número de personas desempleadas participantes en el proyecto territorial para
colectivos vulnerables articulado a través de itinerarios individualizados y personalizados
de inserción es 15. En el Anexo I de este convenio se describen las ocupaciones / puestos
de trabajo en las que serán contratados, el certificado de profesionalidad asociado a la ocupación, la modalidad contractual, la duración del contrato, la jornada diaria de trabajo, y la
localización y descripción de los trabajos a realizar en la obra o servicio.
2. La cuantía total de la subvención es de 282.052,50 euros, distribuidos de la siguiente manera:
a) 81.840,00 euros destinados a subvencionar los gastos relacionados en las letras a),
b), c), d), e) e i) de la cláusula tercera. El cálculo de la subvención se ha realizado
en función del siguiente módulo: 5.456 euros por joven desempleado participante
que haya finalizado el itinerario personalizado de inserción. Esta cantidad tiene la
consideración de módulo a efectos de la determinación del importe de la subvención y de su justificación, que se efectuarán por el régimen de módulos, de acuerdo con lo establecido en los artículos 76 a 79 del Reglamento de la Ley General
de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. El módulo se ha configurado considerando el coste unitario por persona participante en
el programa determinado en la Orden TES/897/2021, de 19 de agosto, para el proyecto Colectivos Vulnerables.
b) 200.212,50 euros para gastos relacionados en las letras f), g) y h) de la cláusula tercera, calculado sobre la base de los siguientes importes de subvención:
1.o Para los gastos relativos a los costes salariales y de cotización a la Seguridad
Social derivados del contrato de suscrito con las personas desempleadas participantes, un importe de 1.100 euros, por mes y joven desempleado contratado
a jornada completa, con independencia del salario que corresponda al trabajador según la normativa laboral que le resulte de aplicación.
2.o Para los gastos relativos a los costes de impartición de la formación profesional
para el empleo, un importe de 8 euros, por hora de formación y joven desempleado participante, en la modalidad presencial, o de 5 euros por hora de formación y joven desempleado participante en la modalidad de tele formación.
3.o Para los gastos relativos a los costes salariales y de cotización a la Seguridad
Social de los tutores de práctica laboral que hayan sido contratado por la entidad
local, un importe máximo de subvención por tutor de inserción de dos veces y
media el Salario Mínimo Interprofesional, por mes y persona contratada a jornada completa, con independencia del salario que corresponda al trabajador según
la normativa laboral que le resulte de aplicación. El Salario Mínimo Interprofesional será el correspondiente a la anualidad en la que se firmó este convenio, por
la cuantía mensual y sin parte proporcional de paga extra. La subvención se reducirá proporcionalmente en caso de contrataciones a tiempo parcial.
Sexta
1. Para el cumplimiento de la finalidad establecida en este convenio, se destinará el
crédito presupuestario establecido en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad
de Madrid para el año 2019, prorrogados para 2021 mediante Decreto 122/2020, de 29 de
diciembre, del Consejo de Gobierno, en el subconcepto 46200 “Actuaciones cofinanciadas
FSE y otros” del programa presupuestario 241M “Promoción y Fomento del Empleo”, por
importe de 282.052,50 euros, teniendo en cuenta lo siguiente:
a) Los costes relacionados en la letra a) de la cláusula quinta, apartado 2, se financiarán con cargo a los correspondientes fondos dotados en el Presupuesto de gastos
del Servicio Público de Empleo Estatal, en el marco de los recursos financieros
derivados del Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation UE), a tra-

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Financiación