D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220117-18)
Convenio – Convenio de 23 de diciembre de 2021, de subvención entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y el Ayuntamiento de Aranjuez, para la realización de nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad-colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, por importe de 1.140.210,00 euros
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 90
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 13
Decimoséptima
Vigencia y modificación
1. La vigencia del presente convenio se extenderá desde la fecha de su firma hasta
el 31 de mayo de 2023.
El presente convenio podrá prorrogarse, por acuerdo expreso de las partes, antes de su
finalización por un período de hasta dos años adicionales, que se formalizará mediante
adenda al presente convenio.
2. La modificación del convenio requerirá previa solicitud de la entidad beneficiaria
al titular de la Dirección General de la Comunidad de Madrid competente en materia de empleo fundamentada en una causa de fuerza mayor sobrevenida. Cualquier modificación que
no incremente la cuantía de la subvención concedida y no resulte sustancial por estar referida a cambios en el centro de formación, centro de trabajo dentro del municipio, número
de horas de la jornada a tiempo completo, así como cualquier otra modificación no sustancial del convenio, será resuelta por el titular de la Dirección General de la Comunidad de
Madrid competente en materia de empleo.
Decimoctava
Causas de resolución del convenio
El presente convenio se resolverá por cualquiera de las siguientes causas:
a) Por cumplimiento del objeto del mismo.
b) Por vencimiento del plazo de vigencia siempre que las partes no hayan acordado la
prórroga del mismo.
c) Por mutuo acuerdo entre las partes intervinientes, bien porque consideren los trabajos finalizados antes del período marcado o por cualquier otra causa que haga
inviable su prosecución.
d) El incumplimiento de las obligaciones del beneficiario con el consecuente reintegro que, en su caso, conlleve.
e) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
f) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras
leyes.
Decimonovena
Los datos de carácter personal recogidos en el procedimiento serán tratados de conformidad con lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección
de datos personales y garantía de los derechos digitales; o bien en la normativa vigente en
cada momento.
El responsable del tratamiento es la Dirección General de la Comunidad de Madrid
competente en materia de empleo. Ante dicho responsable podrán ejercerse los derechos de
acceso, rectificación y cancelación.
Asimismo, de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y a fin de dar cumplimiento a
la normativa europea que es de aplicación, en particular el Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y en particular su artículo 22, el Ayuntamiento de
Aranjuez en su condición de entidad beneficiaria de ayudas financiadas con recursos provenientes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia manifiesta mediante declaración responsable realizada al efecto acceder a la cesión y tratamiento de los datos con
los fines establecidos en los apartados dos y tres del citado artículo, expresamente relacionados en la mencionada declaración responsable.
Vigésima
Transparencia
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y en el artículo 23 de la
Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de
BOCM-20220117-18
Protección de datos de personales
Pág. 90
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 13
Decimoséptima
Vigencia y modificación
1. La vigencia del presente convenio se extenderá desde la fecha de su firma hasta
el 31 de mayo de 2023.
El presente convenio podrá prorrogarse, por acuerdo expreso de las partes, antes de su
finalización por un período de hasta dos años adicionales, que se formalizará mediante
adenda al presente convenio.
2. La modificación del convenio requerirá previa solicitud de la entidad beneficiaria
al titular de la Dirección General de la Comunidad de Madrid competente en materia de empleo fundamentada en una causa de fuerza mayor sobrevenida. Cualquier modificación que
no incremente la cuantía de la subvención concedida y no resulte sustancial por estar referida a cambios en el centro de formación, centro de trabajo dentro del municipio, número
de horas de la jornada a tiempo completo, así como cualquier otra modificación no sustancial del convenio, será resuelta por el titular de la Dirección General de la Comunidad de
Madrid competente en materia de empleo.
Decimoctava
Causas de resolución del convenio
El presente convenio se resolverá por cualquiera de las siguientes causas:
a) Por cumplimiento del objeto del mismo.
b) Por vencimiento del plazo de vigencia siempre que las partes no hayan acordado la
prórroga del mismo.
c) Por mutuo acuerdo entre las partes intervinientes, bien porque consideren los trabajos finalizados antes del período marcado o por cualquier otra causa que haga
inviable su prosecución.
d) El incumplimiento de las obligaciones del beneficiario con el consecuente reintegro que, en su caso, conlleve.
e) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
f) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras
leyes.
Decimonovena
Los datos de carácter personal recogidos en el procedimiento serán tratados de conformidad con lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección
de datos personales y garantía de los derechos digitales; o bien en la normativa vigente en
cada momento.
El responsable del tratamiento es la Dirección General de la Comunidad de Madrid
competente en materia de empleo. Ante dicho responsable podrán ejercerse los derechos de
acceso, rectificación y cancelación.
Asimismo, de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y a fin de dar cumplimiento a
la normativa europea que es de aplicación, en particular el Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y en particular su artículo 22, el Ayuntamiento de
Aranjuez en su condición de entidad beneficiaria de ayudas financiadas con recursos provenientes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia manifiesta mediante declaración responsable realizada al efecto acceder a la cesión y tratamiento de los datos con
los fines establecidos en los apartados dos y tres del citado artículo, expresamente relacionados en la mencionada declaración responsable.
Vigésima
Transparencia
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y en el artículo 23 de la
Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de
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Protección de datos de personales