Getafe (BOCM-20220117-58)
Otros anuncios. Protocolo altos niveles de contaminación
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 356
LUNES 17 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 13
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DURANTE ALTOS NIVELES DE CONTAMINACIÓN POR
DIOXIDO DE NITRÓGENO
1.- INTRODUCCIÓN
La Ley 34/2007, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera, define contaminación
atmosférica como la presencia en la atmósfera de materias, sustancias o formas de energía que
impliquen molestia grave, riesgo o daño para la seguridad o la salud de las personas, el medio
ambiente y demás bienes de cualquier naturaleza. Entre las materias o sustancias presentes en la
atmósfera que forman parte de la contaminación y que actualmente se establecen umbrales de
alerta (nivel a partir del cual una exposición de breve duración supone un riesgo para la salud
humana, que afecta al conjunto de la población y que requiere la adopción de medidas
inmediatas), se encuentra el dióxido de nitrógeno, dióxido de azufre y el ozono.
Así mismo, La Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la
Atmósfera, establece en el ámbito de la Administración local, para los municipios de más de
100.000 habitantes y las aglomeraciones, determinadas obligaciones como disponer de
instalaciones y redes de evaluación, informar a la población sobre los niveles de contaminación y
calidad del aire, elaborar planes y programas para los objetivos de calidad del aire, e integrar las
consideraciones relativas a la protección atmosférica en la planificación de las distintas políticas
sectoriales, adoptando cuando sea necesario medidas de restricción total o parcial del tráfico. De
igual modo, el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a Motor y Seguridad Vial, atribuye a los
municipios la competencia de restricción de la circulación a determinados vehículos en vías
urbanas por motivos medioambientales.
El valor del umbral de alerta regulado en el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero,
relativo a la mejora de la calidad del aire, para el dióxido de nitrógeno está establecido en 400
µgr/m3 durante tres horas consecutivas en lugares representativos de la calidad del aire, en un
área de al menos 100 km2 o en una zona o aglomeración entera, si esta última superficie es
menor.
Se establece asimismo un valor límite horario de dióxido de nitrógeno para la protección
de la salud de 200 µg/m3 que no debe superarse más de 18 horas al año en ninguna de las
estaciones de la red.
Contaminante
Dióxido de Nitrógeno
Umbral de alerta
3 horas consecutivas:400 µg/m3
Por otra parte con fecha 23 de noviembre del 2017, la Consejería de Medio Ambiente y
Ordenación del Territorio, publica en el boletín nº 279, el Decreto 140/2017, de 21 de noviembre,
del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Protocolo Marco de actuación durante episodios
de alta contaminación por dióxido de nitrógeno (NO2) en la Comunidad de Madrid. En su punto 4,
protocolos de Actuación Local. Coordinación con el protocolo marco de la Comunidad de Madrid,
se establece que los municipios con población superior a 75.000 habitantes deberán elaborar y
aprobar un Protocolo de actuación durante episodios de alta contaminación por dióxido de
nitrógeno, circunscrito a su término municipal, en el plazo de un año desde la fecha de aprobación
del Protocolo de la Comunidad de Madrid.
Es en este marco de planificación autonómica y coordinación entre administraciones
públicas donde se elabora el presente protocolo del municipio de Getafe.
2.- FUENTES DE EMISIÓN
Los óxidos de nitrógeno son contaminantes primarios cuyas fuentes de emisión son
fundamentalmente el sector del transporte por la reacción de combustión que se produce en los
vehículos. El sector industrial también contribuye en estas emisiones, entre las que destaca la
industria cementera, y el sector residencial por combustión de las calderas instaladas. Si bien se
habla de óxidos de nitrógeno como NOx, son los NO2, los que más predominan en la atmósfera
aunque el NO es el mayor emitido, pero se oxida rápidamente a NO2.
BOCM-20220117-58
Óxidos de nitrógeno (NOx)
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 356
LUNES 17 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 13
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DURANTE ALTOS NIVELES DE CONTAMINACIÓN POR
DIOXIDO DE NITRÓGENO
1.- INTRODUCCIÓN
La Ley 34/2007, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera, define contaminación
atmosférica como la presencia en la atmósfera de materias, sustancias o formas de energía que
impliquen molestia grave, riesgo o daño para la seguridad o la salud de las personas, el medio
ambiente y demás bienes de cualquier naturaleza. Entre las materias o sustancias presentes en la
atmósfera que forman parte de la contaminación y que actualmente se establecen umbrales de
alerta (nivel a partir del cual una exposición de breve duración supone un riesgo para la salud
humana, que afecta al conjunto de la población y que requiere la adopción de medidas
inmediatas), se encuentra el dióxido de nitrógeno, dióxido de azufre y el ozono.
Así mismo, La Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la
Atmósfera, establece en el ámbito de la Administración local, para los municipios de más de
100.000 habitantes y las aglomeraciones, determinadas obligaciones como disponer de
instalaciones y redes de evaluación, informar a la población sobre los niveles de contaminación y
calidad del aire, elaborar planes y programas para los objetivos de calidad del aire, e integrar las
consideraciones relativas a la protección atmosférica en la planificación de las distintas políticas
sectoriales, adoptando cuando sea necesario medidas de restricción total o parcial del tráfico. De
igual modo, el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a Motor y Seguridad Vial, atribuye a los
municipios la competencia de restricción de la circulación a determinados vehículos en vías
urbanas por motivos medioambientales.
El valor del umbral de alerta regulado en el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero,
relativo a la mejora de la calidad del aire, para el dióxido de nitrógeno está establecido en 400
µgr/m3 durante tres horas consecutivas en lugares representativos de la calidad del aire, en un
área de al menos 100 km2 o en una zona o aglomeración entera, si esta última superficie es
menor.
Se establece asimismo un valor límite horario de dióxido de nitrógeno para la protección
de la salud de 200 µg/m3 que no debe superarse más de 18 horas al año en ninguna de las
estaciones de la red.
Contaminante
Dióxido de Nitrógeno
Umbral de alerta
3 horas consecutivas:400 µg/m3
Por otra parte con fecha 23 de noviembre del 2017, la Consejería de Medio Ambiente y
Ordenación del Territorio, publica en el boletín nº 279, el Decreto 140/2017, de 21 de noviembre,
del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Protocolo Marco de actuación durante episodios
de alta contaminación por dióxido de nitrógeno (NO2) en la Comunidad de Madrid. En su punto 4,
protocolos de Actuación Local. Coordinación con el protocolo marco de la Comunidad de Madrid,
se establece que los municipios con población superior a 75.000 habitantes deberán elaborar y
aprobar un Protocolo de actuación durante episodios de alta contaminación por dióxido de
nitrógeno, circunscrito a su término municipal, en el plazo de un año desde la fecha de aprobación
del Protocolo de la Comunidad de Madrid.
Es en este marco de planificación autonómica y coordinación entre administraciones
públicas donde se elabora el presente protocolo del municipio de Getafe.
2.- FUENTES DE EMISIÓN
Los óxidos de nitrógeno son contaminantes primarios cuyas fuentes de emisión son
fundamentalmente el sector del transporte por la reacción de combustión que se produce en los
vehículos. El sector industrial también contribuye en estas emisiones, entre las que destaca la
industria cementera, y el sector residencial por combustión de las calderas instaladas. Si bien se
habla de óxidos de nitrógeno como NOx, son los NO2, los que más predominan en la atmósfera
aunque el NO es el mayor emitido, pero se oxida rápidamente a NO2.
BOCM-20220117-58
Óxidos de nitrógeno (NOx)