C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220114-20)
Bases ayudas –  Orden de 30 de diciembre de 2021, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifica la Orden de 17 de junio de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid, para el desarrollo de actividades de promoción comercial y ferial
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE ENERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 11

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
ORDEN de 30 de diciembre de 2021, del Consejero de Economía, Hacienda y
Empleo, por la que se modifica la Orden de 17 de junio de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a municipios de la Comunidad de
Madrid, para el desarrollo de actividades de promoción comercial y ferial.

El artículo 26.3.1.2 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado
por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, establece que corresponde a la Comunidad
de Madrid la competencia exclusiva en materia de comercio interior, sin perjuicio de la política general de precios, de la libre circulación de bienes en el territorio del Estado y de la
regulación sobre defensa de la competencia.
Asimismo, el artículo 26.1.1.13 del Estatuto de Autonomía atribuye a la Comunidad de
Madrid la plenitud de la función legislativa en materia de ferias interiores. En virtud de estas
competencias, se dictó la Ley 15/1997, de 25 de junio, de Ordenación de Actividades Feriales de la Comunidad de Madrid, modificada por la Ley 1/2008, de 26 de junio, de Modernización del Comercio de la Comunidad de Madrid, que tiene por objeto el establecimiento del
marco legal adecuado para la ordenación, regulación y promoción de la actividad ferial que
se desarrolla en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
En virtud del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de
Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, se crea la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo. El Decreto 88/2021,
de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica
de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, adscribe la Dirección General de Comercio y
Consumo a la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo. Por el Decreto 234/2021, de 10
de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la estructura orgánica de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, se atribuyen a la Dirección General de Comercio y Consumo las competencias relativas a la promoción y fomento del sector comercial, la
reforma, coordinación y mejora de las estructuras y la distribución comercial, la promoción y
fomento de la actividad ferial, así como la promoción y fomento del sector artesano en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Las pymes comerciales y artesanales contribuyen al desarrollo de la economía regional y forman parte de su tejido productivo, siendo necesario apoyar el desarrollo del tejido
empresarial del comercio local y por ende regional, mediante actuaciones específicamente
destinadas a dinamizar las ventas y potenciar el consumo. Por ello, se plantea esta orden
con el fin último de fomentar, a nivel local, el desarrollo de instrumentos como son las campañas de promoción y dinamización y las ferias del comercio y/o la artesanía, continuando
el apoyo que, desde la Comunidad de Madrid, en colaboración con los Ayuntamientos de
la Región, se ha llevado a cabo en los últimos años.
Este objetivo se ha venido cumpliendo hasta ahora a través de la Orden de 17 de junio
de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se aprueban
las bases reguladoras para la concesión de ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid
para el desarrollo de actividades de promoción comercial y ferial.
Ahora se hace necesario proceder a modificar determinados aspectos de dicha Orden
para seguir avanzando en la línea de apoyo a dichas actuaciones y adaptarlas a las nuevas
demandas que se van produciendo. En concreto se trata de apoyar en mayor medida las actividades realizadas en período navideño, al ser una de las épocas más importantes para el
comercio en general, y para el comercio de los municipios en particular, debido a la gran
demanda existente en dichas fechas, que necesita sin embargo un apoyo e impulso adicional al consumo y a las ventas, dada la gran competencia existente, y la potencialidad que
supone para el comercio de los municipios.
Todo ello, de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia, contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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