C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20220112-29)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 3070/2021, de 30 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que convocan para 2022 las ayudas a las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYMES), y empresas intermedias, para el fomento de las inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de los productos agrícolas, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), al amparo de la Orden 766/2016, de 10 de mayo
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BOCM
Pág. 92
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 9
Estas ayudas serán financiadas por el FEADER, por el Ministerio de Agricultura, Pesca
y Alimentación y por la Comunidad de Madrid, según lo dispuesto en el PDR-CM 2014-2020.
La cuantía básica de la ayuda será del 20 por 100 del coste de la inversión total subvencionable. Este porcentaje podrá incrementarse hasta el límite máximo del 40 o 60 por 100 en
función del cumplimiento de los criterios y condiciones establecidos en las bases reguladoras.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
TÍN
Veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de este extracto de la citada convocatoria.
En Madrid, a 30 de diciembre de 2021.
La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
PALOMA MARTÍN MARTÍN
BOCM-20220112-29
(03/29/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 92
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 9
Estas ayudas serán financiadas por el FEADER, por el Ministerio de Agricultura, Pesca
y Alimentación y por la Comunidad de Madrid, según lo dispuesto en el PDR-CM 2014-2020.
La cuantía básica de la ayuda será del 20 por 100 del coste de la inversión total subvencionable. Este porcentaje podrá incrementarse hasta el límite máximo del 40 o 60 por 100 en
función del cumplimiento de los criterios y condiciones establecidos en las bases reguladoras.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
TÍN
Veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de este extracto de la citada convocatoria.
En Madrid, a 30 de diciembre de 2021.
La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
PALOMA MARTÍN MARTÍN
BOCM-20220112-29
(03/29/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791