C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20220112-29)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 3070/2021, de 30 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que convocan para 2022 las ayudas a las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYMES), y empresas intermedias, para el fomento de las inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de los productos agrícolas, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), al amparo de la Orden 766/2016, de 10 de mayo
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 9
MIÉRCOLES 12 DE ENERO DE 2022
Pág. 91
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
29
EXTRACTO de la Orden 3070/2021, de 30 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que convocan para 2022 las ayudas
a las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYMES), y empresas intermedias, para el fomento de las inversiones en transformación, comercialización
o desarrollo de los productos agrícolas, cofinanciadas por el Fondo Europeo
Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), al amparo de la Orden 766/2016, de 10
de mayo.
BDNS (Identif.): 604059
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria,
cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias).
Primero
Beneficiarios
Las industrias agroalimentarias que tengan la condición de microempresas, pequeñas
y medianas empresas (PYMES) y empresas intermedias, cuyas instalaciones estén radicadas en la Comunidad de Madrid, que ejerzan alguna de las actividades de transformación y
comercialización o desarrollo de los productos agrícolas del Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) o del algodón.
Segundo
Objeto
El fomento de las inversiones materiales e inmateriales para la mejora de las condiciones de transformación, comercialización o desarrollo de los productos agrícolas, previstas
en el artículo 17 del Reglamento (UE) número 1305/2013 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), e integradas en la submedida 4.2.
“Ayudas a Inversiones en la industria agraria y alimentaria” del Programa de Desarrollo
Rural de la Comunidad de Madrid 2014-2020 (PDR-CM 2014-2020).
Tercero
Bases reguladoras
La presente convocatoria se regula por las bases reguladoras aprobadas por Orden 766/2016, de 10 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 128, de 31 de mayo de 2016).
Cuarto
Para el cumplimiento de las actuaciones a que se hace referencia en esta convocatoria, se
asignarán créditos presupuestarios de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid,
con cargo a la partida 79000 del Programa de gastos 411 A, por un importe de 3.500.000 euros
para el año 2022. El crédito asignado se distribuirá por grupos de la siguiente manera:
— Inversiones realizadas por entidades asociativas: 1.155.000 euros.
— Inversiones realizadas por otras empresas no entidades asociativas: 2.345.000 euros.
BOCM-20220112-29
Cuantía y financiación de las ayudas
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 9
MIÉRCOLES 12 DE ENERO DE 2022
Pág. 91
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Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
29
EXTRACTO de la Orden 3070/2021, de 30 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que convocan para 2022 las ayudas
a las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYMES), y empresas intermedias, para el fomento de las inversiones en transformación, comercialización
o desarrollo de los productos agrícolas, cofinanciadas por el Fondo Europeo
Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), al amparo de la Orden 766/2016, de 10
de mayo.
BDNS (Identif.): 604059
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria,
cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias).
Primero
Beneficiarios
Las industrias agroalimentarias que tengan la condición de microempresas, pequeñas
y medianas empresas (PYMES) y empresas intermedias, cuyas instalaciones estén radicadas en la Comunidad de Madrid, que ejerzan alguna de las actividades de transformación y
comercialización o desarrollo de los productos agrícolas del Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) o del algodón.
Segundo
Objeto
El fomento de las inversiones materiales e inmateriales para la mejora de las condiciones de transformación, comercialización o desarrollo de los productos agrícolas, previstas
en el artículo 17 del Reglamento (UE) número 1305/2013 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), e integradas en la submedida 4.2.
“Ayudas a Inversiones en la industria agraria y alimentaria” del Programa de Desarrollo
Rural de la Comunidad de Madrid 2014-2020 (PDR-CM 2014-2020).
Tercero
Bases reguladoras
La presente convocatoria se regula por las bases reguladoras aprobadas por Orden 766/2016, de 10 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 128, de 31 de mayo de 2016).
Cuarto
Para el cumplimiento de las actuaciones a que se hace referencia en esta convocatoria, se
asignarán créditos presupuestarios de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid,
con cargo a la partida 79000 del Programa de gastos 411 A, por un importe de 3.500.000 euros
para el año 2022. El crédito asignado se distribuirá por grupos de la siguiente manera:
— Inversiones realizadas por entidades asociativas: 1.155.000 euros.
— Inversiones realizadas por otras empresas no entidades asociativas: 2.345.000 euros.
BOCM-20220112-29
Cuantía y financiación de las ayudas