C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20220110-20)
Pruebas titulación académica – Resolución de 3 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se convocan, en el curso 2021-2022, las pruebas para la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 54
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 7
el anexo I para títulos regulados al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de
Ordenación General del Sistema Educativo y en el anexo II para títulos regulados al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
En el anexo I se señalan entre los títulos de Técnico y Técnico Superior aquellos que
pertenecen a enseñanzas que han dejado de impartirse en la Comunidad de Madrid y, en su
caso, que se convocarán por última vez. En virtud de lo establecido en la disposición adicional segunda de la Orden 3299/2020, de 15 de diciembre, de la Consejería de Educación
y Juventud, por la que se regula la organización y el procedimiento de las pruebas para la
obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional en la Comunidad de Madrid, para que puedan finalizar sus estudios en estos títulos, podrán concurrir a estas pruebas los alumnos que, habiendo iniciado y superado algún módulo profesional en estas enseñanzas, tengan pendiente de superar algún módulo profesional del título
correspondiente.
La referencia normativa y la relación completa de los módulos profesionales que componen cada título convocado, pueden consultarse en el centro examinador y en el portal
www.comunidad.madrid/servicios/educacion/formacion-profesional
2. Las pruebas se desarrollarán de acuerdo con lo dispuesto en la presente resolución
y en la Orden 3299/2020, de 15 de diciembre.
Tercero
1. Para participar en las pruebas convocadas por la presente resolución, las personas interesadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Orden 3299/2020, de 15 de
diciembre, deben reunir los requisitos siguientes:
a) Tener al menos, dieciocho años de edad para las pruebas de los títulos de Técnico
de Formación Profesional y veinte años para las de Técnico Superior de Formación Profesional o, en su caso, diecinueve años para aquéllos que estén en posesión del título de Técnico.
b) Poseer alguna de las titulaciones o formaciones que se enumeran a continuación:
1.o Para los títulos de Técnico de Formación Profesional:
— Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
— Estar en posesión del Título de Graduado en Secundaria.
— Estar en posesión del Título Profesional Básico.
— Estar en posesión del Título de Técnico de Formación Profesional.
— Estar en posesión del Título de Técnico Auxiliar.
— Estar en posesión del Título de Bachiller Superior.
— Haber superado los módulos obligatorios de un Programa de Cualificación Profesional Inicial.
— Haber superado el curso de formación específico para el acceso a ciclos
formativos de grado medio en centros públicos o privados autorizados por
una Administración educativa.
— Haber superado los dos primeros cursos del Bachillerato Unificado y Polivalente con un máximo, en conjunto, de dos materias pendientes.
— Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimental de reforma de las enseñanzas medias.
— Haber superado, de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos,
el tercer curso del plan de 1963, o el segundo de comunes experimental.
— Haber superado seis cursos completos de Humanidades y, al menos, uno
de Filosofía o haber superado cinco cursos de Humanidades y, al menos
dos de Filosofía de la carrera eclesiástica.
— Haber superado otros estudios o cursos de formación de los declarados
equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores.
— Haber superado la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio o grado superior.
— Haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de
veinticinco años.
— Reunir alguna de las condiciones establecidas en el siguiente apartado
para los títulos de Técnico Superior de Formación Profesional.
BOCM-20220110-20
Participantes
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 7
el anexo I para títulos regulados al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de
Ordenación General del Sistema Educativo y en el anexo II para títulos regulados al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
En el anexo I se señalan entre los títulos de Técnico y Técnico Superior aquellos que
pertenecen a enseñanzas que han dejado de impartirse en la Comunidad de Madrid y, en su
caso, que se convocarán por última vez. En virtud de lo establecido en la disposición adicional segunda de la Orden 3299/2020, de 15 de diciembre, de la Consejería de Educación
y Juventud, por la que se regula la organización y el procedimiento de las pruebas para la
obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional en la Comunidad de Madrid, para que puedan finalizar sus estudios en estos títulos, podrán concurrir a estas pruebas los alumnos que, habiendo iniciado y superado algún módulo profesional en estas enseñanzas, tengan pendiente de superar algún módulo profesional del título
correspondiente.
La referencia normativa y la relación completa de los módulos profesionales que componen cada título convocado, pueden consultarse en el centro examinador y en el portal
www.comunidad.madrid/servicios/educacion/formacion-profesional
2. Las pruebas se desarrollarán de acuerdo con lo dispuesto en la presente resolución
y en la Orden 3299/2020, de 15 de diciembre.
Tercero
1. Para participar en las pruebas convocadas por la presente resolución, las personas interesadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Orden 3299/2020, de 15 de
diciembre, deben reunir los requisitos siguientes:
a) Tener al menos, dieciocho años de edad para las pruebas de los títulos de Técnico
de Formación Profesional y veinte años para las de Técnico Superior de Formación Profesional o, en su caso, diecinueve años para aquéllos que estén en posesión del título de Técnico.
b) Poseer alguna de las titulaciones o formaciones que se enumeran a continuación:
1.o Para los títulos de Técnico de Formación Profesional:
— Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
— Estar en posesión del Título de Graduado en Secundaria.
— Estar en posesión del Título Profesional Básico.
— Estar en posesión del Título de Técnico de Formación Profesional.
— Estar en posesión del Título de Técnico Auxiliar.
— Estar en posesión del Título de Bachiller Superior.
— Haber superado los módulos obligatorios de un Programa de Cualificación Profesional Inicial.
— Haber superado el curso de formación específico para el acceso a ciclos
formativos de grado medio en centros públicos o privados autorizados por
una Administración educativa.
— Haber superado los dos primeros cursos del Bachillerato Unificado y Polivalente con un máximo, en conjunto, de dos materias pendientes.
— Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimental de reforma de las enseñanzas medias.
— Haber superado, de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos,
el tercer curso del plan de 1963, o el segundo de comunes experimental.
— Haber superado seis cursos completos de Humanidades y, al menos, uno
de Filosofía o haber superado cinco cursos de Humanidades y, al menos
dos de Filosofía de la carrera eclesiástica.
— Haber superado otros estudios o cursos de formación de los declarados
equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores.
— Haber superado la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio o grado superior.
— Haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de
veinticinco años.
— Reunir alguna de las condiciones establecidas en el siguiente apartado
para los títulos de Técnico Superior de Formación Profesional.
BOCM-20220110-20
Participantes