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Convenio –  Convenio de 23 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía) y la Fundación COTEC para la Innovación para la concesión directa de una ayuda destinada a la financiación de las actividades relativas al programa de innovación abierta (PIA) durante el año 2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE ENERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 7

CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El presente convenio tiene por objeto regular la concesión directa, por razones de interés social, de una subvención a la Fundación COTEC para la Innovación destinada a financiar en el año 2021 actividades de gestión del Programa de Innovación Abierta, junto
con los gastos necesarios para su adecuado funcionamiento.
El período subvencionable de realización del objeto de la subvención será el correspondiente al año 2021.
Segunda
Documentación a aportar por la Fundación
De conformidad con lo establecido en el artículo 14.1 e) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, con carácter previo a la concesión de la ayuda, que
viene dada por la firma de este convenio, la Fundación COTEC para la Innovación aportará la siguiente documentación:
— Declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las circunstancias que
impiden ser beneficiario de ayudas, previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Certificado de la Agencia Tributaria y de la Tesorería de la Seguridad Social de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad
Social.
— Certificado de inexistencia de apremio de deudas con la Comunidad de Madrid, el
cual se incorporará de oficio por la Comunidad de Madrid.
La acreditación de tales requisitos debe realizarse con carácter previo al cobro, en los
términos que se desprenden del tenor de la cláusula quinta, apartado 2 y del artículo 8, de
la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Tercera
Obligaciones de la Fundación COTEC para la Innovación
En cuanto beneficiario de la subvención, la Fundación COTEC para la Innovación asumirá las siguientes obligaciones:
1. Destinar el importe de la subvención para financiar las actividades intrínsecas de
gestión del Programa, junto con los gastos necesarios para su adecuado funcionamiento, durante el año 2021.
2. Complementar la financiación recibida de la Comunidad de Madrid para la garantizar el adecuado funcionamiento del Programa de Innovación Abierta, en caso de que con
el importe de la subvención concedida no se cubra la totalidad del presupuesto o de los gastos necesarios para su correcto funcionamiento.
3. Mencionar expresamente la colaboración de la Comunidad de Madrid, a través de
la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía en las actividades desarrolladas en ejecución de la gestión del Programa de Innovación Abierta y de los servicios
ofrecidos por el mismo.
4. Cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 14, de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 8, de la Ley 2/1995, de 8 de
marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.

Financiación
El importe del gasto asignado por la Comunidad de Madrid para financiar la subvención a conceder a la Fundación COTEC para la Innovación en el año 2021 asciende

BOCM-20220110-38

Cuarta