Fuenlabrada (BOCM-20220110-72)
Contratación. Patronato Municipal de Deportes. Bases ocupación espacios deportivos
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B.O.C.M. Núm. 7

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE ENERO DE 2022

La ocupación y uso de unidades y espacios deportivos, para entrenamientos, a entidades deportivas sin fines de lucro, objeto de esta convocatoria, abarcará el período comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022. Con posibilidad de prórroga
de otro año natural que comprende del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2023.
Para el uso del espacio deportivo en los meses de julio y agosto es necesario comunicar al PMD por escrito su solicitud de uso.
Solo se podrá solicitar un bloque por entidad.
Las unidades deportivas, días y horarios ofertados de entrenamientos para atletismo,
bádminton, ciclismo, frontón, gimnasia rítmica, natación, patinaje, tenis, tenis de mesa se
relacionan en el Anexo 1 de esta convocatoria, estando clasificados en bloques.
Excepcionalmente, los días y horarios indicados podrán sufrir variaciones debido a la programación de eventos de especial relevancia, obras de mejora, actividades organizadas por el
PMD de Fuenlabrada, competiciones nacionales u otras actividades de similar naturaleza.
Cuarta. Condiciones para la ocupación y autorizaciones de uso de unidades y espacios deportivos.—La entidad autorizada no podrá cobrar ningún tipo de importe por cualquier concepto derivado de la cesión, no pudiendo tener ningún fin comercial ni lucrativo,
ni percibir de terceros contraprestación económica alguna por el uso de las instalaciones deportivas autorizadas.
El Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada podrá ejercer en cualquier momento la potestad de inspección de los espacios autorizados. Si de su ejercicio derivara la
comprobación de cualquier incumplimiento por parte del club o entidad beneficiaria, podrá
exigir su cumplimiento, revocar la autorización de uso o incluso proponer la exclusión de
dicho club o entidad de futuras convocatorias.
El Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada se reserva la facultad de modificar o anular total o parcialmente la autorización de uso concedida por razones de interés público y debidamente justificadas.
Podrán hacer uso de las unidades y espacios concedidos única y exclusivamente deportistas de la entidad objeto de la concesión, siendo esta responsable de los desperfectos y
daños que se produzcan por un mal uso en sus horarios de concesión.
En el caso de que una entidad no haga uso de alguno de los horarios concedidos durante un período superior a 3 semanas, sin comunicación expresa al Patronato Municipal de
Deportes de Fuenlabrada, perderá la autorización de ocupación y uso de la unidad o unidades y espacios deportivos asignados.
Así mismo y de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de
enero de protección del menor, en todas actividades y servicios cuyo objeto implique el
contacto con menores de edad, la entidad deberá disponer de la certificación a que se hace
mención el artículo 13.5 de dicha Ley Orgánica, y respecto del personal a su servicio, y
aquellos técnicos que hayan de prestar los servicios afectados. El Patronato Municipal de
Deportes podrá realizar la comprobación de los Certificados emitidos y su incumplimiento
supondrá la pérdida automática de las autorizaciones de ocupación y uso de unidades y espacios deportivos concedidos.
Los técnicos deportivos de la entidad solicitante, entidad o club deportivo deberán disponer de las titulaciones correspondientes a las que hace referencia la Ley 6/2016, de 24 de
noviembre, así como la modificación 1/2019, de 27 de febrero, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del Deporte en la Comunidad de Madrid.
Las entidades deportivas solicitantes deberán cumplir, en cuanto a tratamiento de datos de carácter personal relativos a los deportistas que atiende, las prescripciones de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales.
Las entidades y particulares, con carácter general, se comprometen expresamente al
cumplimiento de toda la legislación y normativas que le sean de aplicación a la actividad,
programa o evento para el que se concede la autorización de uso de unidades y espacios deportivos, así como aquella que entre en vigor con posterioridad a la publicación de esta convocatoria.
Los clubes o entidades deportivas autorizadas serán los responsables, no correspondiendo responsabilidad alguna al Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada por los
riesgos propios de la actividad durante los periodos de autorización otorgados, así como de
la responsabilidad civil que pudiera resultar por la utilización de las instalaciones por sus
socios, deportistas, entrenadores, delegados y personal afecto.

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BOCM-20220110-72

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