Valdemaqueda (BOCM-20220107-65)
Organización y funcionamiento. Ordenanza régimen licencias y declaración responsable
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE ENERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 5

La reparación de instalaciones y conducciones en el subsuelo de terrenos que sean
suelo urbano.
m) Los trabajos previos a la construcción tales como catas, sondeos o prospecciones.
Art. 12. Documentación que debe acompañar a la declaración responsable urbanística.—1. El procedimiento se iniciará a instancia del interesado. El interesado podrá, si así
lo estimase conveniente, comprobar previamente a la presentación de la declaración responsable pretendida, la viabilidad urbanística de la actuación, a través de la formulación de
una consulta urbanística.
2. Se aprueba en esta Ordenanza modelo normalizado (Anexo II) para facilitar a los
interesados la aportación de los datos y la documentación requerida. Dicho modelo estará
a disposición de los ciudadanos por medios electrónicos y en las correspondientes oficinas
municipales.
3. En las actuaciones sometidas a declaración responsable se aportará la siguiente
documentación:
a) Modelo normalizado “Anexo II de declaración responsable” debidamente cumplimentado, en el que se acredite debidamente la personalidad del interesado y, en su
caso, de su representante. Deberá contener igualmente este documento una manifestación expresa y bajo la responsabilidad del declarante del cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa aplicable. En particular deberá manifestar que la
actuación pretendida no se realiza sobre bienes que dispongan de algún tipo de protección de carácter ambiental o histórico-artístico, ya sea total o de elementos o partes objeto de protección, regulada a través de norma legal o documento urbanístico.
Igualmente deberá manifestar el interesado que está en posesión de la documentación técnica que acredite el cumplimiento de dicha normativa y que la pondrá a
disposición del Ayuntamiento en caso de ser requerida.
b) Compromiso expreso de mantener el cumplimiento de dichos requisitos durante el
tiempo inherente a la realización de la actuación objeto de declaración.
c) Acreditación de la representación, en los casos en que proceda.
d) Identificación de la actuación urbanística a realizar, sus características y su ubicación.
e) Justificante de pago del abono de los tributos correspondientes: Tasa por tramitación de la Declaración Responsable o comunicación previa e Impuesto sobre
Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).
f) Declaración de Residuos y constitución de la fianza correspondiente.
g) Copia de las autorizaciones de otras administraciones.
h) Cuando el acto declarado, por estar afectado por normativa sectorial, será obligatoria la autorización previa de la administración competente.
i) Cuando deban realizarse diversas actuaciones relacionadas con un mismo acto del
suelo que se pretende ejecutar las declaraciones responsables, se tramitarán conjuntamente.
j) Referencia catastral de los bienes inmuebles. Los titulares de derechos reales o
con trascendencia real sobre bienes inmuebles deberá presentar ante la autoridad
administrativa competente para instruir o resolver un procedimiento referencia catastral del bien inmueble.
k) Documentación técnica:
1. Proyecto Técnico en los casos en que así venga exigido por la legislación estatal aplicable.
2. Memoria. Cuando no sea legalmente exigible la presentación de un proyecto de
obras, bastará con la presentación de una memoria que describa de forma suficiente las características del acto declarado. Según las características de acto declarado y la afectación por normativa específica, esta memoria deberá ir acompañada de la correspondiente memoria técnica que justifique el cumplimento de
la normativa aplicable y aporte planos descriptivos de la actuación.
Art. 13. Toma de conocimiento.—1. La declaración responsable habilita al interesado para el ejercicio de la actuación pretendida desde el día de su presentación en el registro general del Ayuntamiento, sin perjuicio de las potestades municipales de comprobación,
control e inspección recogidas en la presente Ley.
2. En el caso de las declaraciones responsables urbanísticas de primera ocupación y
funcionamiento de las edificaciones de nueva planta y de las casas prefabricadas, así como
de los edificios e instalaciones en general, el incumplimiento de los requisitos necesarios

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