D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220107-21)
Convenio –  Convenio de colaboración de 13 de diciembre de 2021, entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad de Madrid, para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del mecanismo para la recuperación y resiliencia
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 5

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE ENERO DE 2022

Pág. 71

Decimosegunda
Modificación
La modificación del presente convenio requerirá acuerdo expreso de los firmantes, según el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público mediante la correspondiente Adenda de modificación, siguiendo la misma tramitación que para su suscripción.
Decimotercera
Protección de datos
Ambas partes se comprometen a cumplir las exigencias previstas en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a
la libre circulación de estos datos, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el Real Decreto 1720/2007,
de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD. La citada obligación subsistirá aun después de terminado el proyecto. Asimismo, cuando proceda, vendrán obligados al cumplimiento de lo establecido en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones
en Materia de Información y Documentación Clínica.
Decimocuarta
Régimen jurídico y jurisdicción competente

BOCM-20220107-21

Este convenio tiene naturaleza administrativa y su régimen jurídico está regulado en
los artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el artículo 59 del Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se
aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la
ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La Jurisdicción Contencioso-Administrativa será la competente para resolver las cuestiones
litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes en el desarrollo del presente convenio, dada
la naturaleza administrativa de este, de acuerdo con las previsiones de los artículos 11.1.c) de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y, en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman el presente convenio.
Madrid, a 13 de diciembre de 2021.—Por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, la Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra Urteaga.—Por la
Comunidad de Madrid, la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, P. D. F. (Decreto 77/2021), María Concepción Dancausa Treviño.