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Convenio –  Convenio de colaboración de 13 de diciembre de 2021, entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad de Madrid, para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del mecanismo para la recuperación y resiliencia
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 5

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE ENERO DE 2022

Pág. 67

Tercera
Compromisos asumidos por la Comunidad de Madrid
en cuanto a la ejecución de los proyectos
1. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2021 como en el artículo 37.4 del Real Decreto-Ley 36/2020,
de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración pública y para la ejecución del Plan de Recuperación y Resiliencia, los ingresos percibidos por la Comunidad de Madrid para la ejecución de proyectos objeto de financiación por estar incluidos dentro del ámbito del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia quedan legalmente afectados a financiar dichos proyectos, con la correlativa
obligación del reintegro total o parcial de dichos ingresos en caso de no realizarse el gasto
o en caso de incumplimiento total o parcial de los objetivos previstos.
2. Los proyectos a realizar serán los recogidos en el Anexo I y se ejecutarán de conformidad con los objetivos establecidos en el Anexo III, debiéndose cumplir con los hitos
intermedios y la calendarización de cada proyecto definidos en el Anexo II.
3. Será responsabilidad de la Comunidad de Madrid el seguimiento de la ejecución
del coste estimado a través del seguimiento de la ejecución contable de los gastos imputados a proyectos o iniciativas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
4. Asimismo, será responsabilidad de la Comunidad de Madrid la fiabilidad y el seguimiento de tales indicadores, de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel
de consecución de los hitos y de los objetivos. La Comunidad de Madrid realizará una memoria semestral del cumplimiento de los hitos y objetivos recogidos en el Anexo II, que
será entregado en el formato y plazos establecidos por el Ministerio de Derechos Sociales
y Agenda 2030.
5. Si la Comunidad de Madrid, en ejecución de líneas de medidas o proyectos integrados en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, debiera otorgar financiación
a destinarios finales, públicos o privados, establecerá mecanismos que aseguren que las medidas a desarrollar por estos últimos contribuyen al logro de los objetivos previstos y que
aportan la información que, en su caso, fuera necesaria para determinar el valor de los indicadores. La financiación a terceros se vinculará al logro de los objetivos que se persiguen.
6. El coste estimado de los proyectos a ejecutar por la Comunidad de Madrid deberá ser actualizado a los dos años en caso de revisión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para tener en cuenta la asignación final del 30 por 100, que se calculará
con los datos a 30 de junio de 2022.
Una revisión al alza en el coste estimado en una etapa posterior no constituye una circunstancia objetiva que pueda desencadenar la modificación del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
7. Si procede, los hitos y objetivos deberán ajustarse en función de la revisión del
coste estimado, antes mencionada. Si la Comunidad de Madrid necesitara realizar reprogramaciones de hitos y/u objetivos, se habría de valorar si tal reprogramación afectaría al coste estimado de la medida. Si el coste se viera afectado, el ajuste habría de realizarse consecuentemente. En todo caso, se seguirá el procedimiento que para la posible modificación
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se determine por parte de la Administración General del Estado.
8. Cualquier ajuste a la baja en la financiación europea derivado de correcciones sobre el coste estimado o sobre la contribución financiera deberá ser asumido por la Comunidad de Madrid, mediante la devolución de los créditos implicados.
Cuarta
La Comunidad de Madrid se compromete a:
1. Cumplir las condiciones de suministro y publicación periódica de información relativa a indicadores, en los términos en los que se establezca por el Ministerio de Hacienda
de conformidad con la normativa nacional y comunitaria.
2. Cumplir las condiciones de suministro y publicación periódica de información en
cuanto a ejecución del gasto en proyectos y medidas en relación al coste estimado, en los
términos en los que se establezca por el Ministerio de Hacienda de conformidad con la normativa nacional y comunitaria.

BOCM-20220107-21

Compromisos asumidos por la Comunidad de Madrid en materia de información