Villanueva de la Cañada (BOCM-20220105-68)
Urbanismo. Plan parcial
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE ENERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 3

5.3.2 Definición de áreas acústicas y límites máximos de niveles sonoros
El Real Decreto 1367/2007 de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003 del Ruido, en
lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas, establece que los
Planes Generales de Ordenación Urbana, las Normas Subsidiarias de Planeamiento y cualquier otra
figura de planeamiento urbanístico, tendrán en cuenta los criterios establecidos en él, en materia de
protección contra la contaminación acústica.
Así mismo establece que la asignación de usos generales y usos pormenorizados del suelo en las
figuras del planeamiento, tendrá en cuenta el principio de prevención de los efectos de la
contaminación acústica y velará para que, en lo posible, no se superen los límites de emisión e
inmisión establecidos en el Decreto.
5.3.2.1 Áreas acústicas
El RD 1367/2007 establece en su ANEXO V los criterios para determinar la inclusión de un sector
del territorio en un tipo de área acústica, en función de su uso predominante actual o previsto para
el mismo en la planificación general territorial o el planeamiento urbanístico:
Tipo a: Sectores de uso Residencial
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Espacios edificados y zonas privadas ajardinadas.
Áreas destinadas a la práctica de deportes individuales.
Parques y Jardines urbanos.

Tipo b: Sectores de uso industrial.
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Actividades industriales y portuarias.
Zonas de acopio, almacenaje y espacios auxiliares.

Tipo c: Sectores con predominio de uso recreativo y espectáculos:
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Recintos feriales temporales o permanentes.
Auditorios abiertos y actividades deportivas de competición con asistencia de público.

Tipo d: Actividades terciarias no incluidas en el tipo c.
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Actividades comerciales y de oficinas.
Espacios destinados a Hostelería, restauración, alojamiento y otros.

Tipo e: Zonas destinadas a uso sanitario, docente y cultural que requieran especial protección contra
la contaminación acústica.
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Residencias geriátricas, complejos hospitalarios y zonas residenciales de reposo.
Campus, residencias y bibliotecas universitarias.

Tipo f: Sectores afectados a sistemas generales de infraestructuras.
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Dotacional ferrocarriles y carreteras.
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Dotacional Transporte aéreo.
Tipo g: Espacios naturales que requieran una protección especial contra la contaminación acústica.
Espacios naturales con zonas de cría o presencia de especies a proteger.
Zonas en campo abierto que se pretendan mantener silenciosas.

BOCM-20220105-68

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