C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220105-33)
Pruebas capacitación profesional –  Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial, por la que se convocan pruebas selectivas en el año 2022 para la obtención de los carnés profesionales o certificados de cualificación profesional en materia de seguridad industrial, de instalador, mantenedor u operador en las ramas que se indican, y de maquinista y palista minero
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 3

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE ENERO DE 2022

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6.3. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la
presencia al menos de tres de sus miembros, uno de los cuales será obligatoriamente el Presidente. Los titulares y los suplentes podrán actuar indistinta y concurrentemente.
6.4. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para cada uno de los carnés convocados, los cuales prestarán su colaboración al Tribunal en las especialidades técnicas de cada materia, debiendo emitir informe sobre la documentación de cada aspirante que será unido al acta correspondiente, con independencia
de los requerimientos que el Tribunal considere oportunos a fin de que informe verbalmente sobre determinados supuestos. Las actuaciones de tales asesores deberán quedar reflejadas en las actas. Asimismo, el Tribunal podrá valerse de la actividad de personal auxiliar
durante el desarrollo material de los ejercicios.
6.5. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en
la Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo (calle Ramírez de Prado, número 5 bis, 28045 Madrid).
Séptima
Desarrollo del examen
7.1. El Tribunal calificador fijará la fecha, lugar y hora de los exámenes correspondientes. Las del examen teórico podrán ser simultáneas a la publicación de las listas de admitidos a examen y las del examen práctico podrán ser simultáneas con las listas de aprobados en el primer ejercicio.
7.2. Los programas para cada uno de los exámenes son los que figuran en los Anexos
de las presentes bases de la convocatoria. En el caso de que se produzca algún cambio normativo que afecte a las convocatorias de la presente resolución, se comunicará, con tiempo
suficiente, la modificación de los programas correspondientes.
7.3. El examen estará integrado, en general, por los dos ejercicios que a continuación
se indican:

Los aspirantes deberán acudir al examen con el calzado y la ropa adecuada a la prueba que se vaya a realizar, incluyendo los equipos de protección individual correspondientes. No contar con dicho equipamiento supondrá la inadmisión a examen.
Para la realización de ambas pruebas los aspirantes podrán usar los distintos reglamentos que se les exijan, así como calculadoras y sus propios instrumentos de medida o los que
el Tribunal ponga a su disposición.
7.4. Los aspirantes deberán ir provistos, para cada ejercicio, de su documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente.
7.5. Salvo causa de fuerza mayor, debidamente acreditada y que tendrá que apreciarse por el Tribunal correspondiente, la no asistencia al examen supondrá una pérdida del derecho al mismo.

BOCM-20220105-33

— Primer ejercicio. Los aspirantes realizarán un ejercicio teórico, por escrito, de las
materias reglamentarias establecidas para cada especialidad. Podrá incluir cuestiones no estrictamente referidas a la reglamentación aplicable a la especialidad,
de carácter práctico, sobre conceptos y conocimientos tecnológicos y cálculos básicos en el ámbito de competencia de la cualificación profesional requerida en el
ámbito de la seguridad industrial.
Quedarán exentos de este primer ejercicio teórico los aspirantes al carné de maquinista o palista minero que hayan obtenido el carné en uno o más tipos de máquinas y se presenten a otro del mismo grupo.
— Segundo ejercicio. Un ejercicio práctico, al que solo accederán los que hayan superado el examen teórico, salvo que la reglamentación específica establezca otra cosa.
Este ejercicio de carácter práctico consistirá en la ejecución de una o varias operaciones propuestas por el Tribunal sobre los requerimientos prácticos establecidos para cada especialidad; asimismo, el Tribunal podrá determinar la realización de
pruebas eminentemente prácticas o un supuesto práctico por escrito relativo a los
conocimientos tecnológicos y reglamentarios aplicables.