C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220105-33)
Pruebas capacitación profesional – Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial, por la que se convocan pruebas selectivas en el año 2022 para la obtención de los carnés profesionales o certificados de cualificación profesional en materia de seguridad industrial, de instalador, mantenedor u operador en las ramas que se indican, y de maquinista y palista minero
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 3
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE ENERO DE 2022
Pág. 185
INSTALADOR DE GAS
I) Instalador de gas de categoría A
A) Requisitos particulares de los interesados
No se requiere ningún requisito particular para acceder a las convocatorias.
B) Programa
B.1. Prueba teórica:
B.1.1. Conocimientos de reglamentación:
— Conocimientos indicados en el apartado 1.2 del anexo I de la ITC ICG-09.
— Reglamento (UE) 2016/426 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo
de 2016, sobre los aparatos que queman combustibles gaseosos y por el que se deroga la Directiva 2009/142/CE.
— Decreto 18/2019, de 2 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se desarrolla
el procedimiento para llevar a cabo la Inspección Periódica de Instalaciones Receptoras de Gases Combustibles y se establecen las tarifas máximas a cobrar por
las empresas distribuidoras. Especialmente los apartados 2 y 3 del artículo 8.
B.1.2. Conocimientos mínimos exigibles para la obtención de esta cualificación profesional de instalador de gas:
— Conocimientos mínimos necesarios para instaladores de gas especificados en los
apartados 1.1.1 y 2.1.1 del anexo 1 de la ITC-ICG-09.
— Para la debida aplicación de las distintas ITC, los conocimientos mínimos deben
completarse con las siguientes normas UNE, según la edición en vigor a fecha de
inicio de la convocatoria correspondiente, indicada en la Resolución de 14 de noviembre de 2018, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se actualiza el listado de normas de la instrucción técnica
complementaria ITC-ICG 11 del Reglamento técnico de distribución y utilización
de combustibles gaseosos, aprobado por el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio:
d ITC-ICG 01: UNE 60310-2015, UNE 60311-2015 y UNE 60312-2015.
d ITC-ICG 03: UNE 60250-2008.
d ITC-ICG 05: UNE 60630-2017, UNE-EN-ISO 16923:2018, UNE-EN ISO
16924:2018, ISO 19880-1:2020 y UNE 60250-2008.
d ITC-ICG 06: UNE 60250-2008, UNE 60670-4-2014, UNE 60670-7-2014.
d ITC-ICG 07: UNE 60310-2015, UNE 60311-2015, UNE 60601-2013, UNE
60620 completa-2005, UNE 60670 completa-2014.
d ITC-ICG 08: UNE 60670 partes 6, 7 y 10 (2014).
d ITC-ICG 10: UNE-EN 1949-2011.
B.2. Prueba práctica:
Relativa a los conocimientos señalados en los apartados 1.1.2, 1.1.3, 2.1.2. y 2.1.3.
del Anexo 1 de la ITC-ICG 09.
II) Instalador de gas de categoría B
A) Requisitos particulares de los interesados
B) Programa
B.1. Prueba teórica:
B.1.1. Conocimientos de reglamentación en el ámbito de esta cualificación profesional:
— Conocimientos indicados en el apartado 2.2 del anexo I de la ITC ICG-09.
— Reglamento (UE) 2016/426 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo
de 2016, sobre los aparatos que queman combustibles gaseosos y por el que se deroga la Directiva 2009/142/CE.
BOCM-20220105-33
Como lo indicado para el instalador de categoría A.
B.O.C.M. Núm. 3
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE ENERO DE 2022
Pág. 185
INSTALADOR DE GAS
I) Instalador de gas de categoría A
A) Requisitos particulares de los interesados
No se requiere ningún requisito particular para acceder a las convocatorias.
B) Programa
B.1. Prueba teórica:
B.1.1. Conocimientos de reglamentación:
— Conocimientos indicados en el apartado 1.2 del anexo I de la ITC ICG-09.
— Reglamento (UE) 2016/426 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo
de 2016, sobre los aparatos que queman combustibles gaseosos y por el que se deroga la Directiva 2009/142/CE.
— Decreto 18/2019, de 2 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se desarrolla
el procedimiento para llevar a cabo la Inspección Periódica de Instalaciones Receptoras de Gases Combustibles y se establecen las tarifas máximas a cobrar por
las empresas distribuidoras. Especialmente los apartados 2 y 3 del artículo 8.
B.1.2. Conocimientos mínimos exigibles para la obtención de esta cualificación profesional de instalador de gas:
— Conocimientos mínimos necesarios para instaladores de gas especificados en los
apartados 1.1.1 y 2.1.1 del anexo 1 de la ITC-ICG-09.
— Para la debida aplicación de las distintas ITC, los conocimientos mínimos deben
completarse con las siguientes normas UNE, según la edición en vigor a fecha de
inicio de la convocatoria correspondiente, indicada en la Resolución de 14 de noviembre de 2018, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se actualiza el listado de normas de la instrucción técnica
complementaria ITC-ICG 11 del Reglamento técnico de distribución y utilización
de combustibles gaseosos, aprobado por el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio:
d ITC-ICG 01: UNE 60310-2015, UNE 60311-2015 y UNE 60312-2015.
d ITC-ICG 03: UNE 60250-2008.
d ITC-ICG 05: UNE 60630-2017, UNE-EN-ISO 16923:2018, UNE-EN ISO
16924:2018, ISO 19880-1:2020 y UNE 60250-2008.
d ITC-ICG 06: UNE 60250-2008, UNE 60670-4-2014, UNE 60670-7-2014.
d ITC-ICG 07: UNE 60310-2015, UNE 60311-2015, UNE 60601-2013, UNE
60620 completa-2005, UNE 60670 completa-2014.
d ITC-ICG 08: UNE 60670 partes 6, 7 y 10 (2014).
d ITC-ICG 10: UNE-EN 1949-2011.
B.2. Prueba práctica:
Relativa a los conocimientos señalados en los apartados 1.1.2, 1.1.3, 2.1.2. y 2.1.3.
del Anexo 1 de la ITC-ICG 09.
II) Instalador de gas de categoría B
A) Requisitos particulares de los interesados
B) Programa
B.1. Prueba teórica:
B.1.1. Conocimientos de reglamentación en el ámbito de esta cualificación profesional:
— Conocimientos indicados en el apartado 2.2 del anexo I de la ITC ICG-09.
— Reglamento (UE) 2016/426 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo
de 2016, sobre los aparatos que queman combustibles gaseosos y por el que se deroga la Directiva 2009/142/CE.
BOCM-20220105-33
Como lo indicado para el instalador de categoría A.