C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20220105-30)
Implantación enseñanzas – Orden 3731/2021, de 21 de diciembre, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, de selección de institutos públicos de Educación Secundaria en los que se llevará a cabo la implantación del Programa Bilingüe español-inglés en el curso 2022-2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 3
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE ENERO DE 2022
Pág. 123
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía
30
ORDEN 3731/2021, de 21 de diciembre, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, de selección de institutos públicos de
Educación Secundaria en los que se llevará a cabo la implantación del Programa Bilingüe español-inglés en el curso 2022-2023.
En el curso 2004-2005, la Consejería de Educación puso en marcha el proyecto dirigido a implantar enseñanzas bilingües español-inglés en 26 colegios públicos de la Comunidad de Madrid. Desde entonces, se han realizado dieciocho convocatorias públicas que, año
tras año, han permitido extender la implantación de este sistema a un número cada vez mayor de colegios.
Con el fin de garantizar la continuidad del modelo bilingüe en la Educación Secundaria Obligatoria, la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de
Madrid aprobó la Orden 972/2017, de 7 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud
y Deporte, por la que se regulan los institutos bilingües español-inglés de la Comunidad de
Madrid. El objeto de dicha Orden es la regulación de determinados aspectos de la organización y funcionamiento de los institutos bilingües en la Comunidad de Madrid, la organización de la enseñanza en español-inglés en la Educación Secundaria Obligatoria que en
ellos se imparte, así como la definición de los requisitos que han de reunir tanto el alumnado como el profesorado de dichos centros.
El próximo curso se incorporarán a la etapa de Educación Secundaria los alumnos procedentes de los ocho colegios que se incorporaron al programa en el curso 2016-2017. Por
ello, como viene sucediendo cada curso escolar, ante la necesidad de extender el número de
centros y asegurar la continuidad y el desarrollo de la enseñanza bilingüe en dicha etapa, la
Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, en virtud de las competencias que le han sido atribuidas por la normativa vigente, ha decidido publicar la presente
Orden, que establece la convocatoria para seleccionar los institutos públicos de Educación
Secundaria en los que se implantará el Programa Bilingüe español-inglés a partir del curso
escolar 2022-2023.
La presente convocatoria se encuadra dentro del Decreto 48/2015, de 14 de mayo, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de
la Educación Secundaria Obligatoria, modificado por el Decreto 18/2018, de 20 de marzo,
y de la citada Orden 972/2017, de 7 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan los institutos bilingües español-inglés de la Comunidad de
Madrid. Ambas normas han sido dictadas en el marco de la normativa estatal y al amparo
de las competencias atribuidas por el artículo 29 de su Estatuto de Autonomía, aprobado
por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, conforme al cual, le corresponde la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con el artículo 27 de la Constitución y leyes
orgánicas que conforme el apartado 1 del artículo 81 de la misma la desarrollen.
Entre la normativa estatal, destacan la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de
la calidad educativa (LOMCE), que establece como uno de los fines del sistema educativo
la capacitación para la comunicación en una o más lenguas extranjeras; así como el Real
BOCM-20220105-30
La presente Orden regula el procedimiento para participar en la convocatoria, especificando la documentación que han de presentar los centros solicitantes. La documentación
que se requiere es la imprescindible para que la Comisión de selección que se creará al efecto valore qué institutos públicos reúnen las condiciones para poder implantar el Programa
Bilingüe español-inglés.
B.O.C.M. Núm. 3
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE ENERO DE 2022
Pág. 123
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía
30
ORDEN 3731/2021, de 21 de diciembre, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, de selección de institutos públicos de
Educación Secundaria en los que se llevará a cabo la implantación del Programa Bilingüe español-inglés en el curso 2022-2023.
En el curso 2004-2005, la Consejería de Educación puso en marcha el proyecto dirigido a implantar enseñanzas bilingües español-inglés en 26 colegios públicos de la Comunidad de Madrid. Desde entonces, se han realizado dieciocho convocatorias públicas que, año
tras año, han permitido extender la implantación de este sistema a un número cada vez mayor de colegios.
Con el fin de garantizar la continuidad del modelo bilingüe en la Educación Secundaria Obligatoria, la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de
Madrid aprobó la Orden 972/2017, de 7 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud
y Deporte, por la que se regulan los institutos bilingües español-inglés de la Comunidad de
Madrid. El objeto de dicha Orden es la regulación de determinados aspectos de la organización y funcionamiento de los institutos bilingües en la Comunidad de Madrid, la organización de la enseñanza en español-inglés en la Educación Secundaria Obligatoria que en
ellos se imparte, así como la definición de los requisitos que han de reunir tanto el alumnado como el profesorado de dichos centros.
El próximo curso se incorporarán a la etapa de Educación Secundaria los alumnos procedentes de los ocho colegios que se incorporaron al programa en el curso 2016-2017. Por
ello, como viene sucediendo cada curso escolar, ante la necesidad de extender el número de
centros y asegurar la continuidad y el desarrollo de la enseñanza bilingüe en dicha etapa, la
Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, en virtud de las competencias que le han sido atribuidas por la normativa vigente, ha decidido publicar la presente
Orden, que establece la convocatoria para seleccionar los institutos públicos de Educación
Secundaria en los que se implantará el Programa Bilingüe español-inglés a partir del curso
escolar 2022-2023.
La presente convocatoria se encuadra dentro del Decreto 48/2015, de 14 de mayo, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de
la Educación Secundaria Obligatoria, modificado por el Decreto 18/2018, de 20 de marzo,
y de la citada Orden 972/2017, de 7 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan los institutos bilingües español-inglés de la Comunidad de
Madrid. Ambas normas han sido dictadas en el marco de la normativa estatal y al amparo
de las competencias atribuidas por el artículo 29 de su Estatuto de Autonomía, aprobado
por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, conforme al cual, le corresponde la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con el artículo 27 de la Constitución y leyes
orgánicas que conforme el apartado 1 del artículo 81 de la misma la desarrollen.
Entre la normativa estatal, destacan la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de
la calidad educativa (LOMCE), que establece como uno de los fines del sistema educativo
la capacitación para la comunicación en una o más lenguas extranjeras; así como el Real
BOCM-20220105-30
La presente Orden regula el procedimiento para participar en la convocatoria, especificando la documentación que han de presentar los centros solicitantes. La documentación
que se requiere es la imprescindible para que la Comisión de selección que se creará al efecto valore qué institutos públicos reúnen las condiciones para poder implantar el Programa
Bilingüe español-inglés.