D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20220103-29)
Convenio –  Convenio de 13 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y la Mancomunidad del Este, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención por importe de 753.888,66 euros para financiar la gestión de los residuos urbanos de los municipios integrantes de la Mancomunidad del Este en el año 2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 1

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE ENERO DE 2022

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libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que
pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
Toda la información facilitada por las partes y toda la información generada como consecuencia de la ejecución del presente convenio tendrá el tratamiento de confidencial, sin
perjuicio de la información que sea de dominio público, no pudiendo ser divulgada o facilitada a terceros ni utilizada para un fin distinto del previsto en este documento sin el acuerdo unánime de las partes.
La obligación de confidencialidad para las partes se extenderá indefinidamente aunque el convenio se hubiera extinguido. Todo ello sin perjuicio de la eventual autorización
de las partes o, en su caso, de que dicha información pasara a ser considerada como de dominio público.
Las partes velarán por el cumplimiento del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el
que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
Decimosexta
Régimen jurídico
El presente convenio tiene naturaleza jurídica de subvención, siéndole de aplicación la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21
de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y normativa de
desarrollo, así como a lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en el Decreto 48/2019, de 10 de
junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, quedando excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en virtud de lo establecido en su artículo 6.2 del
referido cuerpo legal.
Decimoséptima
Jurisdicción
El presente convenio tiene carácter administrativo, por lo que cualquier cuestión litigiosa que pudiera surgir entre las partes en cuanto a su interpretación y cumplimiento deberá ser planteada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Decimoctava

El presente Convenio se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente a su firma, a
instancia de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda
y Agricultura previa petición de la Dirección General competente en materia de gestión de
residuos.
Asimismo, debido a la cuantía del convenio, este debe de remitirse a la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 16 del citado Decreto 48/2019 de 10
de junio del Consejo de Gobierno.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, se firma por duplicado ejemplar el
presente Convenio, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Madrid, a 13 de diciembre de 2021.— El Presidente de la Mancomunidad del Este, Javier Rodríguez Palacios.—La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, P. D.
(Orden 1/2018, de 25 de mayo, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30
de mayo de 2018), el Secretario General Técnico, José Ignacio Tejerina Alfaro.

BOCM-20220103-29

Publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
y remisión a la Cámara de Cuentas