D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20220103-29)
Convenio –  Convenio de 13 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y la Mancomunidad del Este, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención por importe de 753.888,66 euros para financiar la gestión de los residuos urbanos de los municipios integrantes de la Mancomunidad del Este en el año 2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE ENERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 1

duos domésticos y comerciales, en el que se diseña un modelo de gestión de los residuos
que da respuesta a las necesidades de la Comunidad de Madrid, teniendo en cuenta los aspectos ambientales, sociales y económicos.
Igualmente esta subvención se halla contemplada en la Orden 611/2020, de 5 de mayo
por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad para el periodo 2020-2023.
Segundo
En base al modelo de financiación para el período 2019-2024, la Comunidad de
Madrid apoyará económicamente a los municipios a través de las mancomunidades, que
gestionan los servicios de transferencia y tratamiento de residuos domésticos.
Según el modelo de financiación para el período 2019-2024, del Plan de Gestión de
Residuos domésticos y comerciales, se establecen las siguientes subvenciones a los gastos
de operación de transferencia y tratamiento:
a) Los municipios con población superior a 20.000 habitantes no recibirán subvención.
b) Los municipios de la Comunidad de Madrid con población comprendida entre
5.001 y 20.000 habitantes dispondrán de subvenciones que se aplicarán para el
presente año como sigue:
— Año 2021: 25 % de la subvención por tonelada del año 2018.
c) Los municipios de la Comunidad de Madrid con población igual o inferior a 5.000
habitantes dispondrán de subvenciones que se aplicarán para el presente año como
sigue:
— Año 2021: 100% del coste de transferencia y tratamiento.
Para el cálculo de las subvenciones en el período 2019-2024 se tomará como población de los municipios, la de los datos del Padrón del INE de enero del año anterior al año
de vigencia de la subvención, para este Convenio INE de enero de 2020.
Tercero
El artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de
Madrid (en consonancia con lo establecido a su vez por el artículo 22.2.c, de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones), prevé la posibilidad de que se adjudiquen de
forma directa “Con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas
que dificulten su convocatoria pública”.
Esta excepcionalidad ha quedado acreditada en virtud del informe de la Consejera,
emitido con fecha 2 de septiembre de 2021, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4.6 de la Ley 2/1995.
Se trata de un caso en el que existe un interés público y social, pues así se contempla
en el Plan de gestión de los residuos domésticos y comerciales 2017-2024, incluido en la
Estrategia de Gestión Sostenible de los residuos de la Comunidad de Madrid 2017-2024.
Según el citado Plan, los servicios de tratamiento de los residuos domésticos y comerciales serán prestados por los ayuntamientos y mancomunidades existentes o que se formen
en un futuro. La financiación de los mismos correrá a cargo de dichos Entes Locales con el
apoyo económico de la Comunidad de Madrid.
Por su parte, el ordinal 3.o del artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, establece que el Consejo de Gobierno podrá autorizar la celebración de convenios con los beneficiarios de las
subvenciones cuando estos se encuentren singularizados en el momento de su autorización.

La Mancomunidad del Este se constituyó el 14 de diciembre de 2006, habiéndose publicado sus Estatutos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID con fecha 27
de noviembre de 2006; siendo inscrita en el Registro de Entidades Locales el día 3 de enero de 2007.
En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 22 de noviembre de 2016
se publicó la nueva redacción de los estatutos de la Mancomunidad, para la adaptación a lo
previsto en el artículo 44 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria undécima de

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Cuarto