C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211230-12)
Regulación concesión subvenciones –  Acuerdo de 29 de diciembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de subvenciones del Programa de Estímulo a la Contratación de Jóvenes para la Recuperación Económica
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 311

3. La declaración de los créditos presupuestarios disponibles se realizará mediante orden del titular de la Consejería competente en materia de empleo, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme al artículo 4.5.c) 1.o de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.
4. El crédito autorizado para cada una de las líneas de subvención previstas en este
acuerdo podrá ser incrementado, en su caso, en función de la disponibilidad presupuestaria
y su tramitación se realizará en la forma establecida en la Ley 9/1990, de 8 de noviembre,
reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
Artículo 3
Las subvenciones que se concedan al amparo del presente acuerdo tendrán la consideración de subvenciones públicas, por lo que se regirán por lo dispuesto en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Así mismo, estas subvenciones se ajustarán, además de lo dispuesto en el presente
Acuerdo, a lo establecido en:
a) Reglamento (UE) número 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo
Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo,
al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el
Reglamento (CE) número 1083/2006 del Consejo, modificado por el Reglamento
(UE) 2020/2221 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de diciembre
de 2020 por el que se modifica el Reglamento (UE) 1303/2013 en lo que respecta a los recursos adicionales y las disposiciones de ejecución a fin de prestar asistencia para favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de
COVID-19 y sus consecuencias sociales y para preparar una recuperación verde,
digital y resiliente de la economía (REACT UE).
b) Reglamento (UE) número 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el Reglamento (CE) número 1081/2006 del Consejo.
c) Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
d) Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas
urgentes para la modernización de las Administraciones Públicas y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
e) El Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.
f) Real Decreto 488/1998, de 27 de marzo, por el que se desarrolla el artículo 11 del
Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos formativos.
g) Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15
del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada.
h) La Orden ESS/2518/2013, de 26 de diciembre, por el que se regulan los aspectos
formativos del contrato para la formación y el aprendizaje, en desarrollo del Real
Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, y la Orden ESS/41/2015, de 12 de enero,
que la modifica.
i) Orden ESS/1924/2016, de 13 de diciembre, por la que se determinan los gastos
subvencionables por el Fondo Social Europeo durante el período de programación 2014-2020.
j) Demás normativa que resulte de aplicación o que sustituya a la actualmente vigente.

BOCM-20211230-12

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