C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211230-12)
Regulación concesión subvenciones – Acuerdo de 29 de diciembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de subvenciones del Programa de Estímulo a la Contratación de Jóvenes para la Recuperación Económica
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 311
JUEVES 30 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 67
INSTRUCCIONES DE CUMPLIMENTACIÓN DE LA SOLICITUD
1. Programa solicitado:
Deberá seleccionarse el Programa por el cual presenta la solicitud. Este deberá coincidir con el Programa que
se indica en cada uno de los Anexos que acompañan a la solicitud.
En caso de presentarse a más de un Programa, deberá presentar solicitudes independientes para cada uno de
ellos junto con la documentación requerida en cada caso.
2. Datos del interesado:
En el caso de empresas y entidades privadas sin ánimo de lucro, se indicará la razón social y el domicilio
social que consta en las escrituras o documento de constitución o en su posterior modificación; esta
denominación deberá coincidir con la consignada en el “Documento de identificación fiscal (NIF)”. En
representación mancomunada, junto con la solicitud deberá presentarse, asimismo, el Anexo IV de
“Autorización”.
Los autónomos indicarán el nombre y apellidos, así como el resto de los datos referentes al mismo.
En ambos casos es necesario cumplimentar el resto de los datos de este apartado, haciendo constar algún
teléfono de contacto y una cuenta de correo electrónico, sin que a través de ellos puedan efectuarse
notificaciones de actos o procedimientos administrativos, que serán notificados a través del Sistema
de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid. Todos los datos recogidos en este apartado
solamente deben hacer referencia al interesado.
3. Datos del representante:
En este apartado cumplimentar los datos de la persona que actúa en representación de la empresa. Cuando
se actué en representación de la empresa sin ostentar la condición de representante legal, deberá
presentarse, asimismo, el anexo IV de “Autorización”.
En el campo en “calidad de” deberá hacerse constar el cargo que, en su caso, desempeña en la empresa o
entidad a la que representa (administrador, apoderado, etc.).
En todo caso, en los supuestos de representación mancomunada deberá aportarse el Anexo IV.
4. Notificación:
Las notificaciones y comunicaciones que realice la Administración a los trabajadores autónomos, a
empresas y entidades privadas sin ánimo de lucro, se practicarán por notificación telemática, al
interesado o al representante (representante legal o persona autorizada). Para ello deberá seleccionar la
casilla correspondiente y estar dado de alta con carácter previo a la presentación de la solicitud en el
Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid. Asimismo, también podrá acceder a
sus notificaciones desde la Carpeta ciudadana-Punto de Acceso General-Administracion.gob.es, esta carpeta
le facilita las relaciones con las Administraciones Públicas. En ambos casos para acceder se requiere su
identificación mediante el sistema de autenticación de Cl@ve a través de certificado digital o DNI
electrónico, clave pin o clave permanente.
Las notificaciones telemáticas realizadas por la Administración se pondrán a disposición del
interesado o del representante, en la Sede electrónica de la Comunidad de Madrid durante un plazo
máximo de 10 días naturales. Transcurrido dicho plazo sin haber accedido a la misma, se dará por efectuado
el trámite de notificación. Las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el
momento en que se produzca el acceso a su contenido.
Financiado como parte de la respuesta de la Unión a la pandemia de COVID-19
Página 5 de 8
Modelo: 2618F1
BOCM-20211230-12
Si el interesado desea que las notificaciones telemáticas se dirijan a la Dirección Electrónica Única de la
persona que ha sido autorizada deberá elegir esta opción en el Anexo IV de “Autorización” y aportar el
citado anexo acompañando a la solicitud.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 311
JUEVES 30 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 67
INSTRUCCIONES DE CUMPLIMENTACIÓN DE LA SOLICITUD
1. Programa solicitado:
Deberá seleccionarse el Programa por el cual presenta la solicitud. Este deberá coincidir con el Programa que
se indica en cada uno de los Anexos que acompañan a la solicitud.
En caso de presentarse a más de un Programa, deberá presentar solicitudes independientes para cada uno de
ellos junto con la documentación requerida en cada caso.
2. Datos del interesado:
En el caso de empresas y entidades privadas sin ánimo de lucro, se indicará la razón social y el domicilio
social que consta en las escrituras o documento de constitución o en su posterior modificación; esta
denominación deberá coincidir con la consignada en el “Documento de identificación fiscal (NIF)”. En
representación mancomunada, junto con la solicitud deberá presentarse, asimismo, el Anexo IV de
“Autorización”.
Los autónomos indicarán el nombre y apellidos, así como el resto de los datos referentes al mismo.
En ambos casos es necesario cumplimentar el resto de los datos de este apartado, haciendo constar algún
teléfono de contacto y una cuenta de correo electrónico, sin que a través de ellos puedan efectuarse
notificaciones de actos o procedimientos administrativos, que serán notificados a través del Sistema
de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid. Todos los datos recogidos en este apartado
solamente deben hacer referencia al interesado.
3. Datos del representante:
En este apartado cumplimentar los datos de la persona que actúa en representación de la empresa. Cuando
se actué en representación de la empresa sin ostentar la condición de representante legal, deberá
presentarse, asimismo, el anexo IV de “Autorización”.
En el campo en “calidad de” deberá hacerse constar el cargo que, en su caso, desempeña en la empresa o
entidad a la que representa (administrador, apoderado, etc.).
En todo caso, en los supuestos de representación mancomunada deberá aportarse el Anexo IV.
4. Notificación:
Las notificaciones y comunicaciones que realice la Administración a los trabajadores autónomos, a
empresas y entidades privadas sin ánimo de lucro, se practicarán por notificación telemática, al
interesado o al representante (representante legal o persona autorizada). Para ello deberá seleccionar la
casilla correspondiente y estar dado de alta con carácter previo a la presentación de la solicitud en el
Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid. Asimismo, también podrá acceder a
sus notificaciones desde la Carpeta ciudadana-Punto de Acceso General-Administracion.gob.es, esta carpeta
le facilita las relaciones con las Administraciones Públicas. En ambos casos para acceder se requiere su
identificación mediante el sistema de autenticación de Cl@ve a través de certificado digital o DNI
electrónico, clave pin o clave permanente.
Las notificaciones telemáticas realizadas por la Administración se pondrán a disposición del
interesado o del representante, en la Sede electrónica de la Comunidad de Madrid durante un plazo
máximo de 10 días naturales. Transcurrido dicho plazo sin haber accedido a la misma, se dará por efectuado
el trámite de notificación. Las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el
momento en que se produzca el acceso a su contenido.
Financiado como parte de la respuesta de la Unión a la pandemia de COVID-19
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Modelo: 2618F1
BOCM-20211230-12
Si el interesado desea que las notificaciones telemáticas se dirijan a la Dirección Electrónica Única de la
persona que ha sido autorizada deberá elegir esta opción en el Anexo IV de “Autorización” y aportar el
citado anexo acompañando a la solicitud.