Redueña (BOCM-20211230-97)
Régimen económico. Ordenanza precios públicos equipamientos deportivos
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BOCM
Pág. 396
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 311
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
97
REDUEÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Habiéndose aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 20 de mayo de 2020, la modificación de la “Ordenanza reguladora del uso y precios públicos de locales y equipamientos deportivos municipales”, y habiendo transcurrido
el plazo reglamentario sin que se haya interpuesto alegación alguna, se considera la misma
aprobada definitivamente, publicándose el texto integro de la Ordenanza.
ORDENANZA REGULADORA DEL USO Y PRECIOS PÚBLICOS
DE LOCALES Y EQUIPAMIENTOS DEPORTIVOS MUNICIPALES
TÍTULO I
Artículo 1. Objeto.—Es objeto de la presente ordenanza el regular las condiciones para
autorizar el uso, ya sea de modo puntual o de larga duración, individualizado o compartido,
de locales y espacios municipales por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, así
como establecer los precios públicos que, con arreglos a los artículos 41 al 47 y 127 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece para su utilización.
De conformidad con lo que determina el artículo 2.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 1.o de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, que regula las tasas y precios públicos, y de aplicación supletoria a la Administración Local, los precios públicos que establece esta ordenanza tienen el
carácter de ingreso o recurso de Derecho Público, y para su cobranza el Ayuntamiento ostenta las prerrogativas establecidas legalmente para la Hacienda del Estado y actuará, en su
caso, conforme a los procedimientos administrativos correspondientes.
Art. 2. Ámbito de aplicación.—Esta normativa será de aplicación a todos aquellos locales y espacios considerados como bienes de dominio público o de titularidad municipal,
que sean susceptibles de ser cedidos a tales efectos, siempre que no cuenten con una Ordenanza o normativa específica o se encuentren regulados por contrato específico.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, el catálogo de locales y espacios a los que será de aplicación la siguiente ordenanza es el que se indica a continuación,
el cual se actualizará con cualesquiera otros de características análogas sean incorporados
al patrimonio municipal:
— Apartamentos A y B de la calle Palma (alquiler mensual con fianza, con renovaciones anuales) 250 euros mensuales, 150 euros la quincena. Los precios de los
apartamentos se revisados anualmente mediante el IPC correspondiente.
— Ayuntamiento viejo sala multiusos y sala de educación de adultos 10 euros hora,
30 euros día.
— Centro polivalente (4 salas): 50 euros la mañana, 100 euros el día.
— Frontón: 25 euros/día.
— Polideportivo: 25 euros/día.
— Local de la calle de la Luna 4. Alquiler por 5 años: 100 euros mensuales más IVA.
— Plaza de toros: 25 euros día.
— Huertos y gallineros: mediante convenio.
BOCM-20211230-97
Disposiciones generales
Pág. 396
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 311
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
97
REDUEÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Habiéndose aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 20 de mayo de 2020, la modificación de la “Ordenanza reguladora del uso y precios públicos de locales y equipamientos deportivos municipales”, y habiendo transcurrido
el plazo reglamentario sin que se haya interpuesto alegación alguna, se considera la misma
aprobada definitivamente, publicándose el texto integro de la Ordenanza.
ORDENANZA REGULADORA DEL USO Y PRECIOS PÚBLICOS
DE LOCALES Y EQUIPAMIENTOS DEPORTIVOS MUNICIPALES
TÍTULO I
Artículo 1. Objeto.—Es objeto de la presente ordenanza el regular las condiciones para
autorizar el uso, ya sea de modo puntual o de larga duración, individualizado o compartido,
de locales y espacios municipales por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, así
como establecer los precios públicos que, con arreglos a los artículos 41 al 47 y 127 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece para su utilización.
De conformidad con lo que determina el artículo 2.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 1.o de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, que regula las tasas y precios públicos, y de aplicación supletoria a la Administración Local, los precios públicos que establece esta ordenanza tienen el
carácter de ingreso o recurso de Derecho Público, y para su cobranza el Ayuntamiento ostenta las prerrogativas establecidas legalmente para la Hacienda del Estado y actuará, en su
caso, conforme a los procedimientos administrativos correspondientes.
Art. 2. Ámbito de aplicación.—Esta normativa será de aplicación a todos aquellos locales y espacios considerados como bienes de dominio público o de titularidad municipal,
que sean susceptibles de ser cedidos a tales efectos, siempre que no cuenten con una Ordenanza o normativa específica o se encuentren regulados por contrato específico.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, el catálogo de locales y espacios a los que será de aplicación la siguiente ordenanza es el que se indica a continuación,
el cual se actualizará con cualesquiera otros de características análogas sean incorporados
al patrimonio municipal:
— Apartamentos A y B de la calle Palma (alquiler mensual con fianza, con renovaciones anuales) 250 euros mensuales, 150 euros la quincena. Los precios de los
apartamentos se revisados anualmente mediante el IPC correspondiente.
— Ayuntamiento viejo sala multiusos y sala de educación de adultos 10 euros hora,
30 euros día.
— Centro polivalente (4 salas): 50 euros la mañana, 100 euros el día.
— Frontón: 25 euros/día.
— Polideportivo: 25 euros/día.
— Local de la calle de la Luna 4. Alquiler por 5 años: 100 euros mensuales más IVA.
— Plaza de toros: 25 euros día.
— Huertos y gallineros: mediante convenio.
BOCM-20211230-97
Disposiciones generales