D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20211230-25)
Convenio –  Convenio de 8 de abril de 2021, entre el Ayuntamiento de Madrid (Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte) y la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura y Turismo) para la promoción de la programación cultural de especial relevancia en la ciudad de Madrid mediante la disponibilidad de espacios de reserva institucional en mobiliario urbano
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 311

JUEVES 30 DE DICIEMBRE DE 2021

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d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores previstas en el Convenio o en
otras leyes.
Decimosegunda
Obligaciones económicas
El presente Convenio no supone obligación económica alguna para el Ayuntamiento
de Madrid y, por tanto, no comporta ningún gasto con cargo a su presupuesto.
Decimotercera
Naturaleza jurídica y jurisdicción

BOCM-20211230-25

El presente Convenio tiene carácter institucional y naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico aplicable al mismo el establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; en la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen
Especial de Madrid, y en lo no regulado en ella, en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local, y en el resto de la legislación contenida en el artículo 1.2 a) y b)
de la citada Ley 22/2006.
El objeto del Convenio no tiene carácter contractual, y lo constituye el acuerdo entre ambas partes firmantes para la consecución de un fin común, por lo que en ningún caso, tiene por
objeto una prestación propia de los contratos, estando excluido de la Ley de Contratos del Sector Público 9/2017, de 8 de noviembre, según lo dispuesto en su artículo 6.2. No obstante, las
dudas y lagunas que pudieran surgir en su ejecución se resolverán de acuerdo con los principios establecidos en dicho texto legal, de acuerdo con lo previsto en su artículo 4.
El conocimiento y resolución de todas las cuestiones que se pudieran plantear en orden a
su cumplimiento, interpretación, resolución y efectos, a falta de acuerdo entre las partes, se someterán a la Comisión Mixta de Vigilancia y Seguimiento. En caso de discrepancia, las partes
se someterán a la jurisdicción de los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.
En prueba de conformidad de todo cuanto antecede, firman ambas partes el presente
documento, extendido por duplicado, en el lugar y fecha indicados al inicio.
En Madrid, a 8 de abril de 2021.—Por la Comunidad de Madrid, la Directora General
de Patrimonio Cultural, Elena Hernando Gonzalo.—Por el Ayuntamiento de Madrid, la Delegada de Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, Andrea Levy Soler.
(03/35.221/21)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791