D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20211230-27)
Convenio –  Convenio de 7 de julio de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura, Turismo y Deporte) y el Consorcio “Alcalá de Henares Patrimonio de la Humanidad”, en virtud del cual se formaliza la concesión directa de una subvención a dicha Fundación por importe de 198.279 euros, para financiar la realización de una serie de actuaciones de restauración del patrimonio de Alcalá de Henares de interés para la Comunidad de Madrid durante el ejercicio 2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 311

Tercera
Obligaciones de las partes
El Consorcio “Alcalá de Henares Patrimonio de la Humanidad”, en su calidad de beneficiario de la presente subvención, está obligado al cumplimiento de las obligaciones generales a que se refiere el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad de Madrid, y artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, así como a:
a) Realizar las actuaciones que fundamentan la concesión de la subvención.
b) Justificar a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de las actividades y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, así como cualesquiera otras de comprobación y control
de la actividad económico-financiera que correspondan a la Intervención General
de la Comunidad de Madrid, Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes y
en particular a las derivadas de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 12 de la
Ley 2/1995, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
d) Comunicar a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, la obtención de otras
subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actuaciones subvencionadas.
e) Dar la adecuada publicidad de la financiación por parte de la Comunidad de
Madrid de las actuaciones subvencionadas.
f) Asimismo, dicha Institución, deberá aportar declaración responsable de no estar incurso en alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte se compromete a:
a) Realizar el pago de la subvención de 198.279 euros previa acreditación por parte
del beneficiario del cumplimiento de todas las obligaciones contraídas en este
convenio.
b) Dar publicidad del otorgamiento de esta ayuda en los términos del artículo 8.1.c)
de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información
y Buen Gobierno.
Cuarta
Cuantía de la subvención e imputación presupuestaria
El importe de la presente subvención se fija en 198.279 euros y se financiará con cargo a la Partida 74510, del Programa 337C “Patrimonio Histórico-Artístico”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2021 de la Dirección General de Patrimonio Cultural.
Quinta
El período de realización de las actividades subvencionadas será el comprendido desde el 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2021.
Se considerarán gastos subvencionables los imputables a las siguientes actuaciones
dentro de las detalladas en la cláusula segunda:
— Obras de restauración de bienes inmuebles.
— Actuaciones arqueológicas.
— Trabajos de restauración en bienes muebles.
— Estudio previos para la elaboración de proyectos de restauración de bienes e inmuebles.
Sexta
Justificación y pago de la subvención
La subvención se abonará mediante cuatro pagos trimestrales, con carácter de anticipos a cuenta, por cuartas partes del crédito presupuestario consignado, de conformidad con

BOCM-20211230-27

Período y gastos subvencionables