Las Rozas de Madrid (BOCM-20211228-80)
Régimen económico. Ordenanzas fiscales
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
49 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 309

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE DICIEMBRE DE 2021

Pág. 357

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
80

LAS ROZAS DE MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada
el día 21 de octubre de 2021, adoptó el acuerdo de aprobación inicial del expediente de modificación de Ordenanzas Fiscales y Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e
Inspección que han de regir para el ejercicio 2022, y publicada su exposición pública en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 264 de fecha 5 de noviembre
de 2021, y en el periódico “La Razón” de 6 de noviembre de 2021 (página 42), no habiéndose presentado reclamaciones dentro del plazo legal de 30 días establecido al efecto, y de
conformidad con lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, “En
el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario”.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.4 del mismo texto legal, se procede a la
publicación del texto de las modificaciones aprobadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, resultando de aplicación a partir del 1 de enero de 2022, y se mantendrán en vigor mientras no se acuerde su modificación o derogación expresa.
Contra el presente acuerdo los interesados podrán interponer recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que se interponga cualquier otro recurso si se
estima oportuno.
Así, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.4 del TRLRHL antes mencionado, se procede a transcribir el texto íntegro de las modificaciones aprobadas definitivamente para su publicación y entrada en vigor:
ORDENANZA FISCAL GENERAL DE GESTIÓN, RECAUDACIÓN
E INSPECCIÓN
TÍTULO I
Normas tributarias de carácter general
Capítulo I
Principios generales

Carácter de la Ordenanza
Artículo 1. La presente Ordenanza, se dicta al amparo de lo previsto en el artículo 106.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, sin perjuicio de la aplicación de la Ley General Tributaria y demás disposiciones concordantes. La presente Ordenanza contiene las normas generales de gestión, recaudación e inspección de los ingresos de derecho público Municipal.

BOCM-20211228-80

SECCIÓN 1.a