Madrid número 20 (BOCM-20211228-125)
Procedimiento 877/2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 309

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
125

MADRID NÚMERO 20
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 20 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 877/2021 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. MARIA ANGELES NIETO RODRIGUEZ frente a INSTITUTO
VOX SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
En la Villa de Madrid, a 19 de noviembre de 2021.
Vistos por el Ilmo. Sr. D. IVÁN JESÚS RUIZ HERNÁNDEZ, Magistrado adscrito
como refuerzo del Juzgado de lo Social nº 20 de esta capital, los presentes autos seguidos
por Despido entre Dª. MARÍA ÁNGELES NIETO RODRÍGUEZ, como demandante, asistida y representada en el procedimiento por el Letrado D. FERNANDO JESÚS MONTEJANO LÓPEZ, y como demandada INSTITUTO VOX S.L. y el FONDO DE GARANTÍA
SALARIAL, que dejaron voluntariamente de comparecer en el procedimiento, habiendo
sido citadas en forma,
Ha dictado la siguiente
SENTENCIA Nº 363/2021
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Procedente de reparto tuvo entrada en este Juzgado demanda de despido presentada por Dª. MARÍA ÁNGELES NIETO RODRÍGUEZ frente a la mercantil INSTITUTO VOX S.L., admitiéndose a trámite, convocándose a las partes así como al FONDO DE
GARANTÍA SALARIAL, a los efectos previstos en el art. 23 de la L.R.J.S., para la celebración de los preceptivos actos de conciliación y juicio el siguiente día 19/11/2021.
Segundo.- Llegada la fecha se celebró el acto de la Vista con la sola presencia de la
parte demandante, sin comparecer a la misma las demandadas pese a constar en los autos
su citación en legal forma.
La parte demandante se ratificó en el contenido y el suplico de su demanda y tras aportar los medios de prueba que consideró pertinentes para su buen fin – documental, más documental aportada en el acto de la vista -, solicitó que se dictase una sentencia estimatoria
de sus pretensiones.
Admitidas las pruebas propuestas se practicaron en el acto del juicio, habiendo producido la relación fáctica, que se desarrollará más adelante.
Seguidamente la parte demandante emitió sus conclusiones, elevando a definitivas sus
pretensiones.

HECHOS PROBADOS
Primero.- La demandante Dª. MARÍA ÁNGELES NIETO RODRÍGUEZ prestó servicios para la empresa INSTITUTO VOX S.L. desde el día 20/09/2018 -inicialmente en virtud de contrato de trabajo temporal de fecha 20/09/2018 hasta el 28/06/2019 al que siguió
un nuevo contrato de trabajo temporal de fecha 16/09/2019 hasta el 30/06/2020 y finalmente un contrato de trabajo indefinido desde el día 08/10/2020-, con una antigüedad reconocida en nómina desde el día 08/10/2020, bajo la categoría profesional de profesora y con

BOCM-20211228-125

Tercero.- En la tramitación del presente procedimiento, se han observado todas las
prescripciones legales.