A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211228-2)
Oferta de empleo público – Decreto 241/2021, de 22 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 20
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 309
se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2020 y en
el Decreto 15/2019, de 26 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la
Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2019, en una única convocatoria de proceso selectivo, para cada categoría profesional, área de actividad y, en su
caso, Especialidad de actividad de personal laboral.
4. Por parte de los órganos competentes para convocar y gestionar los correspondientes procesos selectivos se adoptarán las medidas necesarias para garantizar su celeridad, a cuyo efecto se podrán dictar instrucciones para la gestión de dichos procesos y la actuación de los órganos de selección orientadas a la consecución de este fin.
Artículo 10
Ejecución de la oferta
La convocatoria de las plazas objeto de esta Oferta de Empleo Público deberá publicarse en el correspondiente BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID dentro del
plazo improrrogable de tres años a contar desde la fecha de publicación de la presente Oferta de Empleo Público.
Artículo 11
Utilización de medios electrónicos e información de los procesos selectivos
1. Las personas que participen en los procesos selectivos estarán obligadas a relacionarse con la Administración telemáticamente en todas las fases del correspondiente procedimiento, desde la presentación de solicitudes hasta la elección de destinos, incluidos, en su
caso, las reclamaciones y los recursos administrativos que pudieran interponer, tal y como
establece el artículo 5 del Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por
el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivo.
2. Con el objeto de lograr su mayor difusión posible, la información relativa a las
convocatorias y sus bases, así como el desarrollo de los procesos selectivos que se derive
de la presente Oferta de Empleo Público, se encontrará disponible a través del siguiente enlace: http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/empleo-publico
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA
Necesidad de dotación previa a la cobertura
Las plazas incluidas en el presente Decreto habrán de encontrarse dotadas presupuestariamente en el momento en que haya de tener lugar el nombramiento o contratación, según corresponda en cada caso, del personal funcionario de carrera, personal laboral fijo,
personal funcionario docente de enseñanzas no universitarias, personal estatutario de instituciones sanitarias, personal laboral de investigación, personal laboral del Hospital Universitario Fundación de Alcorcón y personal laboral del Ente Público Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, que pudiera derivarse de los procesos
selectivos convocados para la cobertura de dichas plazas. A tal efecto, únicamente con carácter previo a la incorporación del citado personal, habrá de reservarse el crédito necesario para garantizar el ingreso de estos efectivos.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
TÍN
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Madrid, a 22 de diciembre de 2021.
El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo,
JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO
BOCM-20211228-2
Entrada en vigor
Pág. 20
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 309
se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2020 y en
el Decreto 15/2019, de 26 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la
Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2019, en una única convocatoria de proceso selectivo, para cada categoría profesional, área de actividad y, en su
caso, Especialidad de actividad de personal laboral.
4. Por parte de los órganos competentes para convocar y gestionar los correspondientes procesos selectivos se adoptarán las medidas necesarias para garantizar su celeridad, a cuyo efecto se podrán dictar instrucciones para la gestión de dichos procesos y la actuación de los órganos de selección orientadas a la consecución de este fin.
Artículo 10
Ejecución de la oferta
La convocatoria de las plazas objeto de esta Oferta de Empleo Público deberá publicarse en el correspondiente BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID dentro del
plazo improrrogable de tres años a contar desde la fecha de publicación de la presente Oferta de Empleo Público.
Artículo 11
Utilización de medios electrónicos e información de los procesos selectivos
1. Las personas que participen en los procesos selectivos estarán obligadas a relacionarse con la Administración telemáticamente en todas las fases del correspondiente procedimiento, desde la presentación de solicitudes hasta la elección de destinos, incluidos, en su
caso, las reclamaciones y los recursos administrativos que pudieran interponer, tal y como
establece el artículo 5 del Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por
el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivo.
2. Con el objeto de lograr su mayor difusión posible, la información relativa a las
convocatorias y sus bases, así como el desarrollo de los procesos selectivos que se derive
de la presente Oferta de Empleo Público, se encontrará disponible a través del siguiente enlace: http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/empleo-publico
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA
Necesidad de dotación previa a la cobertura
Las plazas incluidas en el presente Decreto habrán de encontrarse dotadas presupuestariamente en el momento en que haya de tener lugar el nombramiento o contratación, según corresponda en cada caso, del personal funcionario de carrera, personal laboral fijo,
personal funcionario docente de enseñanzas no universitarias, personal estatutario de instituciones sanitarias, personal laboral de investigación, personal laboral del Hospital Universitario Fundación de Alcorcón y personal laboral del Ente Público Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, que pudiera derivarse de los procesos
selectivos convocados para la cobertura de dichas plazas. A tal efecto, únicamente con carácter previo a la incorporación del citado personal, habrá de reservarse el crédito necesario para garantizar el ingreso de estos efectivos.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
TÍN
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Madrid, a 22 de diciembre de 2021.
El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo,
JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO
BOCM-20211228-2
Entrada en vigor