D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20211228-41)
Convenio – Adenda de 2 de diciembre de 2021, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Coslada para el desarrollo de la atención social primaria y otros programas por los servicios sociales de las entidades locales para el año 2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 216
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 309
Comunidad de Madrid y la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia
y adolescencia frente a la violencia.
a) Ayudas Comedor: incluyen las ayudas puntuales concedidas para la cobertura de los
gastos de utilización de comedores escolares, ya sea mediante pago directo a los
beneficiarios o mediante pago a los centros educativos.
b) Ayudas Guardería: incluyen las ayudas puntuales de guardería y/o escuelas
infantiles.
Gastos que se financian
Con cargo a este Anexo se incluirán los gastos correspondientes a cada uno de los programas
incluidos en el mismo, siempre que no se refieran al personal propio de la plantilla del Centro
de Servicios Sociales, que deberá quedar incluido en el Anexo I. Como los dos Programas del
Anexo III son complementarios, no podrá imputarse un determinado gasto más que a uno de
ellos.
Indicadores relacionados con la ejecución de los programas incluidos
en este Anexo
Con la finalidad de facilitar el seguimiento de la ejecución de los Programas establecidos en este
Anexo, y para determinar la actividad realizada y su grado de cumplimiento, se establecen los
siguientes indicadores:
Para los programas de Apoyo a la Familia e Infancia, la memoria de evaluación en el modelo que
se determine por la Comunidad de Madrid.
1.
*
*
AYUDAS DE COMEDOR
Nº de Ayudas
Coste Medio Ayudas
100
215,00
2.
*
*
AYUDAS DE GUARDERÍA
Nº de Ayudas
Coste Medio Ayudas
45
250,00
BOCM-20211228-41
Para los programas de Menores:
Pág. 216
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 309
Comunidad de Madrid y la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia
y adolescencia frente a la violencia.
a) Ayudas Comedor: incluyen las ayudas puntuales concedidas para la cobertura de los
gastos de utilización de comedores escolares, ya sea mediante pago directo a los
beneficiarios o mediante pago a los centros educativos.
b) Ayudas Guardería: incluyen las ayudas puntuales de guardería y/o escuelas
infantiles.
Gastos que se financian
Con cargo a este Anexo se incluirán los gastos correspondientes a cada uno de los programas
incluidos en el mismo, siempre que no se refieran al personal propio de la plantilla del Centro
de Servicios Sociales, que deberá quedar incluido en el Anexo I. Como los dos Programas del
Anexo III son complementarios, no podrá imputarse un determinado gasto más que a uno de
ellos.
Indicadores relacionados con la ejecución de los programas incluidos
en este Anexo
Con la finalidad de facilitar el seguimiento de la ejecución de los Programas establecidos en este
Anexo, y para determinar la actividad realizada y su grado de cumplimiento, se establecen los
siguientes indicadores:
Para los programas de Apoyo a la Familia e Infancia, la memoria de evaluación en el modelo que
se determine por la Comunidad de Madrid.
1.
*
*
AYUDAS DE COMEDOR
Nº de Ayudas
Coste Medio Ayudas
100
215,00
2.
*
*
AYUDAS DE GUARDERÍA
Nº de Ayudas
Coste Medio Ayudas
45
250,00
BOCM-20211228-41
Para los programas de Menores: