B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211228-8)
Concurso de méritos –  Orden de 15 de diciembre de 2021, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en el Tribunal Administrativo de Contratación Pública por el procedimiento de Concurso de Méritos objetivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 309

MADRID de 24 de abril), en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno,
por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de julio); en la
Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las
bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos de trabajo
por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre) y en la Resolución
de 27 de octubre de 2011, de la Directora General de Presupuestos y Recursos Humanos,
por la que se dictan instrucciones para la emisión de los Certificados de Registro de Personal en los procedimientos de provisión, por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre
Designación, de puestos de trabajo de la Comunidad de Madrid reservados a personal funcionario de carrera no docente (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de
noviembre de 2011), así como por el resto de normativa que resulte de aplicación, en todo
aquello que no se oponga a lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público, en la redacción dada por la Ley 5/2016, de 22 de julio, por la que se modifica la Regulación del
Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.
Tercero
Requisitos y condiciones de participación
1. El puesto de trabajo que se convoca podrán ser solicitado por funcionarios de carrera al servicio de cualquier Administración Pública, que deberán reunir los requisitos indispensables de acuerdo con las circunstancias y condiciones que para el mismo figure en
la relación de puestos de trabajo en cuanto a Grupo de Titulación, Cuerpo, Escala, Especialidad y titulación específica exigida, en su caso, y que se recoge en el listado del puesto.
Asimismo, deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley 9/2010,
de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público, en la redacción dada por la Ley 5/2016, de 22 de julio, por la que se modifica la regulación del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.
2. El Vocal deberá ser funcionario perteneciente a Cuerpos y Escalas del subgrupo
A.1 para cuyo acceso sea requisito necesario el título de licenciado o grado. Deberá acreditar que ha desempeñado su actividad profesional por tiempo superior a diez años como funcionario de carrera en cualquiera de las Administraciones Públicas y en el ámbito del Derecho Administrativo relacionado directamente con la contratación pública.
3. Los requisitos y condiciones de participación han de poseerse a la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria y mantenerse hasta la resolución del proceso.
Cuarto
1. Las solicitudes se formularán telemáticamente, cumplimentando el modelo normalizado de “Solicitud de provisión de puestos de trabajo”, al que podrá accederse desde la
página web: https://tramita.comunidad.madrid, adjuntando la documentación correspondiente que hubiera de aportarse.
2. Las solicitudes irán acompañadas de un currículum vitae, así como de la documentación acreditativa de los méritos que se aleguen.
3. Los funcionarios de otras Administraciones Públicas que soliciten el puesto convocado, incluidos aquellos que estén ocupando un puesto de trabajo de forma provisional
en la Comunidad de Madrid, deberán adjuntar a su solicitud el Anexo que acompaña a la
presente Orden, debidamente cumplimentado y firmado por el titular del órgano encargado
del Registro de Personal de su Administración de origen.
4. Los Certificados de Registro de Personal de los interesados relativos a su situación y destinos en la Comunidad de Madrid serán emitidos de conformidad con lo previsto
en la Resolución de 27 de octubre de 2011, de la Directora General de Presupuestos y Recursos Humanos, por la que se dictan instrucciones para la emisión de los Certificados de
Registro de Personal en los procedimientos de provisión, por los sistemas de Concurso de
Méritos y Libre Designación, de puestos de trabajo de la Comunidad de Madrid reservados

BOCM-20211228-8

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