C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20211227-25)
Regulación concesión ayudas – Acuerdo de 9 de diciembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de ayudas económicas de pago mensual por gestación, nacimiento de hijo o adopción de menores en la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 75
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
ACUERDO de 9 de diciembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se
aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión
directa de ayudas económicas de pago mensual por gestación, nacimiento de
hijo o adopción de menores en la Comunidad de Madrid.
La Constitución de 1978, en su artículo 39, consagra, como principio rector de la política social y económica, el deber de los poderes públicos de asegurar la protección social,
económica y jurídica de la familia, y recoge la obligación de los mismos de asegurar la protección integral de las madres cualquiera que sea su estado civil.
Asimismo y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26.1.23, 26.1.24
y 26.1.25 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, la Comunidad de Madrid ostenta competencias exclusivas en
materia de promoción y ayuda a la tercera edad, emigrantes, minusválidos y demás grupos
sociales necesitados de especial atención, protección y tutela de menores y desarrollo de políticas de promoción integral de la juventud y de promoción de la igualdad respecto de la
mujer que garantice su participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural.
La Ley 3/2011, de 22 de marzo, por la que se establece y regula una red de apoyo a la
mujer embarazada, constituye el marco jurídico de actuación de la Comunidad de Madrid
en el ámbito de la protección y atención social a la maternidad, que comprende el diseño de
medidas y actuaciones dirigidas a garantizar y proteger el derecho de la mujer embarazada
a ser madre, especialmente el de las mujeres que se encuentren en situación de desamparo
o riesgo social.
La Estrategia de Apoyo a la Familia de la Comunidad de Madrid para el período 2016-2021,
aprobada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid en su sesión celebrada el 10
de mayo de 2016, contempla dentro de la línea Estratégica 3, el “Apoyo a la maternidad y
paternidad”.
La población de la Comunidad de Madrid ha sufrido una profunda trasformación en
los últimos años. Entre estas variaciones resaltan el envejecimiento de la población madrileña y una disminución de los nacimientos.
Este proceso de envejecimiento de la población viene dado por dos factores explicativos: la disminución de la natalidad y el aumento de la esperanza de la vida. Por un lado, la
esperanza de vida ha ido aumentando progresivamente. En cambio, a medida que la esperanza de vida y la edad media de la población van aumentando, la tasa global de fecundidad y
la tasa bruta de natalidad han ido disminuyendo de un 10,3 por 100 de tasa de natalidad
en 2013 a 8,3 por 100 en 2019, según los últimos datos disponibles, y de una tasa global de
fecundidad de 40,6 por 100 en 2013 a 35,2 por 100 en 2019. Estos datos son relevantes ya
que la población de mujeres en edad fértil –mujeres entre quince y cuarenta y nueve años–
ha aumentado en el período 2017-2020.
Teniendo en cuenta este análisis del contexto demográfico de la Comunidad de
Madrid, resulta urgente implantar medidas tendentes a un mayor apoyo y protección a la
maternidad.
Para ello es necesario acabar con los obstáculos existentes de diversa naturaleza (económicos, laborales, problemas para la conciliación de vida familiar y laboral, etc.) que hacen que
las madrileñas no tengan todos los hijos que desearían, así como evitar que la falta de posibilidades económicas obstaculice la formación de un proyecto familiar en la región. Por las razones expuestas, el objeto de las presentes normas reguladoras es el establecimiento del régimen jurídico aplicable a las ayudas económicas necesarias para la consecución de los
siguiente objetivos: frenar la disminución progresiva y continua de las tasas de natalidad y de
fecundidad de la Comunidad de Madrid; hacer frente al retraso en la primera fecundidad en
la Comunidad de Madrid, lo que además dificulta o imposibilita la segunda y posteriores gestaciones en su caso y fomentar la natalidad de las mujeres madrileñas menores de treinta años,
BOCM-20211227-25
25
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 75
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
ACUERDO de 9 de diciembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se
aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión
directa de ayudas económicas de pago mensual por gestación, nacimiento de
hijo o adopción de menores en la Comunidad de Madrid.
La Constitución de 1978, en su artículo 39, consagra, como principio rector de la política social y económica, el deber de los poderes públicos de asegurar la protección social,
económica y jurídica de la familia, y recoge la obligación de los mismos de asegurar la protección integral de las madres cualquiera que sea su estado civil.
Asimismo y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26.1.23, 26.1.24
y 26.1.25 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, la Comunidad de Madrid ostenta competencias exclusivas en
materia de promoción y ayuda a la tercera edad, emigrantes, minusválidos y demás grupos
sociales necesitados de especial atención, protección y tutela de menores y desarrollo de políticas de promoción integral de la juventud y de promoción de la igualdad respecto de la
mujer que garantice su participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural.
La Ley 3/2011, de 22 de marzo, por la que se establece y regula una red de apoyo a la
mujer embarazada, constituye el marco jurídico de actuación de la Comunidad de Madrid
en el ámbito de la protección y atención social a la maternidad, que comprende el diseño de
medidas y actuaciones dirigidas a garantizar y proteger el derecho de la mujer embarazada
a ser madre, especialmente el de las mujeres que se encuentren en situación de desamparo
o riesgo social.
La Estrategia de Apoyo a la Familia de la Comunidad de Madrid para el período 2016-2021,
aprobada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid en su sesión celebrada el 10
de mayo de 2016, contempla dentro de la línea Estratégica 3, el “Apoyo a la maternidad y
paternidad”.
La población de la Comunidad de Madrid ha sufrido una profunda trasformación en
los últimos años. Entre estas variaciones resaltan el envejecimiento de la población madrileña y una disminución de los nacimientos.
Este proceso de envejecimiento de la población viene dado por dos factores explicativos: la disminución de la natalidad y el aumento de la esperanza de la vida. Por un lado, la
esperanza de vida ha ido aumentando progresivamente. En cambio, a medida que la esperanza de vida y la edad media de la población van aumentando, la tasa global de fecundidad y
la tasa bruta de natalidad han ido disminuyendo de un 10,3 por 100 de tasa de natalidad
en 2013 a 8,3 por 100 en 2019, según los últimos datos disponibles, y de una tasa global de
fecundidad de 40,6 por 100 en 2013 a 35,2 por 100 en 2019. Estos datos son relevantes ya
que la población de mujeres en edad fértil –mujeres entre quince y cuarenta y nueve años–
ha aumentado en el período 2017-2020.
Teniendo en cuenta este análisis del contexto demográfico de la Comunidad de
Madrid, resulta urgente implantar medidas tendentes a un mayor apoyo y protección a la
maternidad.
Para ello es necesario acabar con los obstáculos existentes de diversa naturaleza (económicos, laborales, problemas para la conciliación de vida familiar y laboral, etc.) que hacen que
las madrileñas no tengan todos los hijos que desearían, así como evitar que la falta de posibilidades económicas obstaculice la formación de un proyecto familiar en la región. Por las razones expuestas, el objeto de las presentes normas reguladoras es el establecimiento del régimen jurídico aplicable a las ayudas económicas necesarias para la consecución de los
siguiente objetivos: frenar la disminución progresiva y continua de las tasas de natalidad y de
fecundidad de la Comunidad de Madrid; hacer frente al retraso en la primera fecundidad en
la Comunidad de Madrid, lo que además dificulta o imposibilita la segunda y posteriores gestaciones en su caso y fomentar la natalidad de las mujeres madrileñas menores de treinta años,
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