D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20211227-48)
Convenio –  Convenio de 3 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad y la Fundación para la Investigación e Innovación Biosanitaria de Atención Primaria de la Comunidad de Madrid para la gestión compartida del proyecto de compra pública de innovación, Integracam (modelo TIC para la mejora de la capacidad intrínseca)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 308

de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento de Protección de
Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.
Con la finalidad de poder ejecutar el Convenio en los términos previstos, y en particular, asesorar a la CSCM en la elaboración del contrato de CPI, la Administración podrá comunicar a la Fundación datos personales.
Los datos de carácter personal que se recaben u obtengan las partes en el desarrollo y
aplicación del presente Convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.
Asimismo, el deber de secreto y las limitaciones en su uso marcadas por la normativa
de aplicación serán aplicables a cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este Convenio, salvo aquella información que deba ser pública, según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso
a la información pública y buen gobierno, y la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
La Fundación deberá presentar antes de la formalización del Convenio una declaración
en la que ponga de manifiesto donde van a estar ubicados los servidores y desde donde se
van a prestar las actuaciones asociadas a los mismos.
El tratamiento de los datos del Convenio queda sometido a la mencionada normativa,
así como a la vigente en cada momento, de conformidad con los Anexos I y II del presente
Convenio.
Sexta
Comisión de Seguimiento
Se crea la Comisión de Seguimiento del Convenio con la siguiente composición:
a) En representación de la CSCM:
— El titular de la Dirección General competente en materia de investigación e
innovación o persona en quien delegue.
— Un miembro de la Dirección General competente en materia de investigación e
innovación designado por el titular de la misma, o persona en quien delegue.
b) En representación de la Fundación:
— El Presidente del Patronato de la Fundación, o persona en quien delegue.
— El Director de la Fundación, o persona en quien delegue.
La Presidencia de la Comisión recaerá en uno de los representantes de la CSCM. El
cargo de Secretario será elegido por y entre los miembros de la Comisión.
La Comisión de Seguimiento tendrán entre sus funciones la de velar por el cumplimiento de los acuerdos adoptados y resolverá, en su caso, las cuestiones de interpretación
que pudieran presentarse en la ejecución y desarrollo del presente Convenio, así como por
el desarrollo, control y supervisión de las actuaciones concretas que se realicen al amparo
de este.
El régimen de funcionamiento de esta Comisión seguirá el previsto para los órganos
colegiados en la sección tercera del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Séptima

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, quedando sujeta a lo establecido en el en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En ningún caso, el Convenio tendrá por objeto prestaciones
sometidas a la legislación de contratos del sector público, quedando por tanto excluida de
la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, según
lo establecido en su artículo 6.1, aplicándose únicamente los principios de dicha norma para
resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, según establece su artículo 4.

BOCM-20211227-48

Naturaleza y alcance