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Convenio – Convenio de 22 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid y la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza, por el que se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 100.000 euros destinados a financiar los actos conmemorativos del nacimiento del barón Thyssen-Bornemisza (1921-2002), durante el presente año
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 315
X. Que, asimismo, de conformidad con el artículo 4.5.c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, el Consejo de Gobierno mediante
Acuerdo de fecha 15 de diciembre de 2021 ha autorizado la celebración del convenio.
IX. Que, en virtud de lo expuesto, las partes acuerdan, a los efectos oportunos y de
conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
y de conformidad con el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el
que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, suscribir un convenio
sujeto a las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera
Objeto del convenio
El objeto del presente convenio es el de formalizar la concesión directa de una subvención a la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza con destino a los actos conmemorativos del nacimiento del barón Thyssen-Bornemisza (1921-2002), durante el presente año,
por importe de 100.000 euros.
Segunda
Previamente a la suscripción del presente convenio, la Fundación Colección ThyssenBornemisza deberá aportar la oportuna declaración responsable de no estar incursa en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; una declaración responsable de las ayudas concurrentes que
pudiera obtener, de conformidad con el artículo 19 de la mencionada Ley, dada la compatibilidad de esta ayuda con otras que se pudieran otorgar para el mismo fin y declaración
responsable de no haber sido condenado todo el personal (incluido el voluntario) dependiente de la entidad que desarrolle actividades en contacto habitual con menores por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.
Asimismo, para realizar el objeto del presente convenio, Fundación Colección ThyssenBornemisza asumirá las siguientes obligaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y en el
artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
1. Llevar a cabo las actividades para la que se concede la presente subvención, consistente en la realización de actividades museísticas a los actos conmemorativos del nacimiento del barón Thyssen-Bornemisza (1921-2002). Entre las que se encontrarán las siguientes:
— Restauración y estudio técnico del óleo “Joven caballero en un paisaje”, de Vittore
Carpaccio.
— Una jornada de puertas abiertas.
— Tres montajes expositivos especiales: “Orfebrería, pinturas y esculturas en la colección del barón Thyssen-Bornemisza”, “Pintura italiana de los siglos XIV
al XVIII de la colección del barón Thyssen-Bornemisza” y “Arte americano en la
colección Thyssen”.
— Ciclos de Conferencias.
2. Justificar en el plazo máximo de 31 de marzo de 2022, la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinó la concesión de la subvención, en la
forma que se indica en la estipulación cuarta.
3. El sometimiento a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Comunidad
de Madrid, y a las de control de la actividad económico-financiera que correspondan a la
Intervención General de la Comunidad de Madrid, Cámara de Cuentas de la Comunidad de
Madrid, Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes.
4. Hallarse, con carácter previo a la concesión de la subvención y también con anterioridad al pago de la misma, al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, no
tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas, ni tener deudas de carácter tributario con otras Administraciones Públicas.
BOCM-20211227-62
Obligaciones de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 315
X. Que, asimismo, de conformidad con el artículo 4.5.c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, el Consejo de Gobierno mediante
Acuerdo de fecha 15 de diciembre de 2021 ha autorizado la celebración del convenio.
IX. Que, en virtud de lo expuesto, las partes acuerdan, a los efectos oportunos y de
conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
y de conformidad con el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el
que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, suscribir un convenio
sujeto a las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera
Objeto del convenio
El objeto del presente convenio es el de formalizar la concesión directa de una subvención a la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza con destino a los actos conmemorativos del nacimiento del barón Thyssen-Bornemisza (1921-2002), durante el presente año,
por importe de 100.000 euros.
Segunda
Previamente a la suscripción del presente convenio, la Fundación Colección ThyssenBornemisza deberá aportar la oportuna declaración responsable de no estar incursa en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; una declaración responsable de las ayudas concurrentes que
pudiera obtener, de conformidad con el artículo 19 de la mencionada Ley, dada la compatibilidad de esta ayuda con otras que se pudieran otorgar para el mismo fin y declaración
responsable de no haber sido condenado todo el personal (incluido el voluntario) dependiente de la entidad que desarrolle actividades en contacto habitual con menores por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.
Asimismo, para realizar el objeto del presente convenio, Fundación Colección ThyssenBornemisza asumirá las siguientes obligaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y en el
artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
1. Llevar a cabo las actividades para la que se concede la presente subvención, consistente en la realización de actividades museísticas a los actos conmemorativos del nacimiento del barón Thyssen-Bornemisza (1921-2002). Entre las que se encontrarán las siguientes:
— Restauración y estudio técnico del óleo “Joven caballero en un paisaje”, de Vittore
Carpaccio.
— Una jornada de puertas abiertas.
— Tres montajes expositivos especiales: “Orfebrería, pinturas y esculturas en la colección del barón Thyssen-Bornemisza”, “Pintura italiana de los siglos XIV
al XVIII de la colección del barón Thyssen-Bornemisza” y “Arte americano en la
colección Thyssen”.
— Ciclos de Conferencias.
2. Justificar en el plazo máximo de 31 de marzo de 2022, la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinó la concesión de la subvención, en la
forma que se indica en la estipulación cuarta.
3. El sometimiento a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Comunidad
de Madrid, y a las de control de la actividad económico-financiera que correspondan a la
Intervención General de la Comunidad de Madrid, Cámara de Cuentas de la Comunidad de
Madrid, Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes.
4. Hallarse, con carácter previo a la concesión de la subvención y también con anterioridad al pago de la misma, al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, no
tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas, ni tener deudas de carácter tributario con otras Administraciones Públicas.
BOCM-20211227-62
Obligaciones de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza