B) Autoridades y Personal - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior - O. A. MADRID 112 (BOCM-20211227-3)
Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Gerente del Organismo Autónomo Madrid 112, por la que se aprueban las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en el proceso selectivo para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría de Gestor de Emergencias 112, Grupo III, Área B, Nivel 6, de la Comunidad de Madrid, se publica la relación provisional de excluidos y la de aspirantes que han solicitado adaptación, con indicación de si deben aportar, o no, documentación acreditativa de la adaptación solicitada
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 23
2) Descripción detallada de los medios materiales y humanos, de las asistencias y
apoyos y de las ayudas técnicas y/o tecnologías asistidas que precisen para la realización de las pruebas en las que participen, así como condiciones de accesibilidad que haya de tener el recinto o espacio físico donde estas se desarrollen (uso de
atril, traductor de lenguaje de signos, letra de tamaño superior a “x” milímetros,
ampliación del tiempo de duración del ejercicio en “x” minutos, etc.).
En el caso de que la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la realización de alguna de las pruebas, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el cual
deberá ajustarse a lo establecido en la orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se
establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos
selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
Sexto
Se acepta el desistimiento de participación en el proceso selectivo de referencia, declarándose el mismo concluso respecto de los aspirantes incluidos en el Anexo por la causa “Z”, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 94, en relación con los artículos 84.1 y 21.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Séptimo
BOCM-20211227-3
De no realizarse por los interesados la/s subsanación/es correspondiente/s en el plazo
y forma establecidos o, si del examen de la documentación que, en su caso, hubieran aportado a tal fin, o de la obtenida de la consulta efectuada de oficio en los supuestos ya descritos, se deduce que no reúnen los requisitos exigidos, figurarán en la relación definitiva de
aspirantes excluidos del proceso de referencia.
En el caso de aquellos aspirantes que deban aportar la documentación acreditativa de
la necesidad de la/s adaptación/es solicitada/s, la no presentación de la documentación requerida en el plazo indicado, dará lugar a que se les tenga por desistidos de su solicitud de
adaptación.
Madrid, a 16 de diciembre de 2021.—La Gerente del Organismo Autónomo
Madrid 112, Ángeles Pedraza Portero.
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 23
2) Descripción detallada de los medios materiales y humanos, de las asistencias y
apoyos y de las ayudas técnicas y/o tecnologías asistidas que precisen para la realización de las pruebas en las que participen, así como condiciones de accesibilidad que haya de tener el recinto o espacio físico donde estas se desarrollen (uso de
atril, traductor de lenguaje de signos, letra de tamaño superior a “x” milímetros,
ampliación del tiempo de duración del ejercicio en “x” minutos, etc.).
En el caso de que la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la realización de alguna de las pruebas, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el cual
deberá ajustarse a lo establecido en la orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se
establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos
selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
Sexto
Se acepta el desistimiento de participación en el proceso selectivo de referencia, declarándose el mismo concluso respecto de los aspirantes incluidos en el Anexo por la causa “Z”, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 94, en relación con los artículos 84.1 y 21.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Séptimo
BOCM-20211227-3
De no realizarse por los interesados la/s subsanación/es correspondiente/s en el plazo
y forma establecidos o, si del examen de la documentación que, en su caso, hubieran aportado a tal fin, o de la obtenida de la consulta efectuada de oficio en los supuestos ya descritos, se deduce que no reúnen los requisitos exigidos, figurarán en la relación definitiva de
aspirantes excluidos del proceso de referencia.
En el caso de aquellos aspirantes que deban aportar la documentación acreditativa de
la necesidad de la/s adaptación/es solicitada/s, la no presentación de la documentación requerida en el plazo indicado, dará lugar a que se les tenga por desistidos de su solicitud de
adaptación.
Madrid, a 16 de diciembre de 2021.—La Gerente del Organismo Autónomo
Madrid 112, Ángeles Pedraza Portero.