B) Autoridades y Personal - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior - O. A. MADRID 112 (BOCM-20211227-3)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Gerente del Organismo Autónomo Madrid 112, por la que se aprueban las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en el proceso selectivo para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría de Gestor de Emergencias 112, Grupo III, Área B, Nivel 6, de la Comunidad de Madrid, se publica la relación provisional de excluidos y la de aspirantes que han solicitado adaptación, con indicación de si deben aportar, o no, documentación acreditativa de la adaptación solicitada
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 308

ción acreditativa de la necesidad de la/s adaptación/es solicitadas, en su caso, y la no inclusión en la relación de aspirantes que hubieran solicitado la/s misma/s, indicándolo en el impreso establecido en el Anexo III.

1. La subsanación de defectos y/o causas de exclusión y/o la aportación de la documentación acreditativa, se realizará mediante el impreso que, a tal efecto, se incorpora a esta
Resolución, y en los términos establecidos en el mismo, pudiendo cumplimentarse de forma manual, o por medios electrónicos accediendo al mismo a través de: https://tramita.comunidad.madrid/oferta-empleo/oposiciones-gestor-emergecias-112, en la sección “Listados de admitidos y excluidos”.
2. El impreso de comunicaciones, junto con la documentación acreditativa que, en
su caso, corresponda, se dirigirán al Organismo Autónomo Madrid 112, debiendo ser presentados en cualquiera de los lugares y formas que se indican a continuación:
a) El impreso cumplimentado por medios electrónicos podrá presentarse por Internet,
utilizando el formulario disponible en https://tramita.comunidad.madrid/oferta-empleo/oposiciones-gestor-emergecias-112, de conformidad con lo establecido en el
punto 1 de este apartado quinto, anexándose al mismo, en el momento de su presentación, la documentación justificativa que, en su caso, hubiera de aportarse. La presentación podrá realizarse en el registro electrónico de la Comunidad de Madrid, así
como en los restantes registros electrónicos de cualquier Administración Pública,
según lo establecido en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Para la presentación por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los
Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que
sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada
tipo de firma.
De no optar por la presentación telemática, los participantes, una vez que hubieran
cumplimentado el impreso por medios electrónicos, deberán imprimir y firmar el
documento obtenido, y presentarlo, junto con la documentación que, en su caso,
proceda, en alguno de los lugares que se relacionan seguidamente en la letra b).
b) El impreso cumplimentado de forma manual, junto con la documentación correspondiente, serán presentados en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en la página web de la Comunidad de Madrid, según indica el apartado primero, o en alguno de los demás
lugares y formas establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De efectuarse la presentación en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, con
objeto de que se proceda a su fechado y sellado por el funcionario de dicha Entidad antes
de su certificación, debiendo constar como destinatario el Organismo Autónomo
Madrid 112 (Paseo del Río, número 1, 28223 Pozuelo de Alarcón).
3. Los aspirantes que hubieran de subsanar su solicitud deberán indicar la causa de
exclusión que les resulte aplicable y/o presentar la documentación acreditativa que resulte
necesaria para la subsanación.
4. Aquellos aspirantes que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos habrán de indicarlo en el impreso de comunicación, acompañando al mismo, copia de
la solicitud de participación en las pruebas selectivas presentada en tiempo y forma, así
como el resto de documentación que proceda en los términos indicados en la base tercera
de la Resolución de 11 de abril de 2019.
5. Los aspirantes que hayan solicitado adaptación/es y no figuren en el Anexo II, así
como aquellos que deban subsanar su solicitud, deberán indicarlo en el impreso de comunicación, aportar la documentación acreditativa de la necesidad de la adaptación solicitada
y adjuntar copia del dictamen técnico facultativo emitido por un Centro Base de atención a
personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, u órgano técnico competente para
la calificación del grado de discapacidad de cualquier otra Administración, o en caso de
personas sin discapacidad, copia de certificado médico oficial, documentos, todos ellos,
que deberán contener, de manera expresa, los siguientes extremos:
1) Necesidad de la/s adaptación/es solicitada/s.

BOCM-20211227-3

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