San Sebastián de los Reyes (BOCM-20211227-98)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 308

BOCM-20211227-98

Una vez formalizada la concesión, estará sometida a la legislación general y especial
reguladora en materia de sanidad y policía mortuoria, a las ordenanzas fiscales municipales y a la ordenanza municipal de los Servicios Funerarios municipales.
Las sepulturas serán clasificadas y concedidas en función del siguiente criterio: de menor a mayor, primero por el número del cuartel, segundo por el de la fila, tercero por el de
la manzana y, cuarto, por el número, según consta en el listado anteriormente indicado.
Concesión.—Las concesiones de sepulturas serán de dos clases:
a) Por setenta y cinco años, improrrogables. A su término, el titular o las personas
que se subroguen por herencia y otro título, podrán escoger entre trasladar los restos a otra unidad de enterramiento o trasladarlos al osario.
b) Por diez años, renovable por otros diez, previa solicitud del titular y previo pago
de las tasas correspondientes, hasta el tope máximo de 75 años. Transcurrido este
tiempo se estará a lo establecido en el apartado a).
Tasa.—Los precios se establecen en la ordenanza fiscal número 9, sección 7.a, servicios en el cementerio municipal; artículo 34, asignación de nichos, columbarios y sepulturas, que esté vigente.
Con carácter orientativo, para el año 2021 las tasas serían las siguientes:
— Concesión por diez años: 2.375,39 euros.
— Concesión por setenta y cinco años: 9.508,88 euros.
Publicidad.—Se hará público este pliego mediante la inserción del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la sede del Ayuntamiento (tablón de
edictos) y en el cementerio municipal.
En San Sebastián de los Reyes, a 7 de diciembre de 2021.—La concejala-delegada de
Servicios Generales, Alejandra Muñagorri Orlandis-Habsburgo.
(02/33.867/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791