Ministerio de Política Territorial (BOCM-20211223-109)
Traspaso medios en materia sanitaria
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 306
C)
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 5
Valoración de las cargas financieras correspondientes a los medios que se amplían
1. La valoración provisional en el año base 2007, que corresponde al coste efectivo
anual de los medios que se amplían, se eleva a 3.340.258,23 euros. Dicha valoración será
objeto de revisión en los términos establecidos en el artículo 21.1 de la Ley 22/2009, de 18
de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias.
2. La financiación, en euros de 2021, que corresponde al coste efectivo anual, es la
que se recoge en la relación número 1.
3. Transitoriamente, hasta tanto se produzca la revisión del Fondo de Suficiencia
Global como consecuencia de la incorporación al mismo del coste efectivo de la ampliación de los medios en materia de asistencia sanitaria, este coste se financiará mediante la
consolidación en la Sección referida a los sistemas de financiación de entes territoriales de
los Presupuestos Generales del Estado, de los créditos relativos a los distintos componentes de dicho coste, por los importes que se determinen, susceptibles de actualización por los
mecanismos generales previstos en cada Ley de Presupuestos Generales del Estado.
D) Entrega de la documentación
La entrega de la documentación relativa a los medios que se amplían se realizará en el
plazo de un mes desde la publicación del real decreto por el que se aprueba este Acuerdo, de
conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Real Decreto 1959/1983, de 29 de junio.
E) Fecha de efectividad de la ampliación
La ampliación de los medios objeto de este Acuerdo tendrá efectividad a partir del día 1
de enero de 2022.
Y para que conste, expedimos la presente certificación en Madrid, a 14 de diciembre
de 2021.—Los secretarios de la Comisión Mixta de Transferencias, Jorge García Carreño
y Miguel Ángel Muñoz Martínez.
RELACIÓN NÚMERO 1
VALORACIÓN DEL COSTE EFECTIVO
SECCIÓN 32 MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
Euros 2021
32.02.04.000X Subconcepto 42904
3.992.610,66
Total Capítulo IV
3.992.610,66
Total coste efectivo
3.992.610,66
BOCM-20211223-109
(03/34.828/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 306
C)
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 5
Valoración de las cargas financieras correspondientes a los medios que se amplían
1. La valoración provisional en el año base 2007, que corresponde al coste efectivo
anual de los medios que se amplían, se eleva a 3.340.258,23 euros. Dicha valoración será
objeto de revisión en los términos establecidos en el artículo 21.1 de la Ley 22/2009, de 18
de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias.
2. La financiación, en euros de 2021, que corresponde al coste efectivo anual, es la
que se recoge en la relación número 1.
3. Transitoriamente, hasta tanto se produzca la revisión del Fondo de Suficiencia
Global como consecuencia de la incorporación al mismo del coste efectivo de la ampliación de los medios en materia de asistencia sanitaria, este coste se financiará mediante la
consolidación en la Sección referida a los sistemas de financiación de entes territoriales de
los Presupuestos Generales del Estado, de los créditos relativos a los distintos componentes de dicho coste, por los importes que se determinen, susceptibles de actualización por los
mecanismos generales previstos en cada Ley de Presupuestos Generales del Estado.
D) Entrega de la documentación
La entrega de la documentación relativa a los medios que se amplían se realizará en el
plazo de un mes desde la publicación del real decreto por el que se aprueba este Acuerdo, de
conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Real Decreto 1959/1983, de 29 de junio.
E) Fecha de efectividad de la ampliación
La ampliación de los medios objeto de este Acuerdo tendrá efectividad a partir del día 1
de enero de 2022.
Y para que conste, expedimos la presente certificación en Madrid, a 14 de diciembre
de 2021.—Los secretarios de la Comisión Mixta de Transferencias, Jorge García Carreño
y Miguel Ángel Muñoz Martínez.
RELACIÓN NÚMERO 1
VALORACIÓN DEL COSTE EFECTIVO
SECCIÓN 32 MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
Euros 2021
32.02.04.000X Subconcepto 42904
3.992.610,66
Total Capítulo IV
3.992.610,66
Total coste efectivo
3.992.610,66
BOCM-20211223-109
(03/34.828/21)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791