Fuenlabrada (BOCM-20211223-63)
Régimen económico. Oficina Tributaria Ayuntamiento Fuenlabrada. Ordenanzas fiscales
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 305

JUEVES 23 DE DICIEMBRE DE 2021

ELEMENTOS
DETERMINACIÓN CUOTA

Pág. 217

CUOTA POR CATEGORÍA DE VÍA PÚBLICA
EXTRA











Ocupación Terraza Velador

Por cada mesa, estufa o
elemento de apoyo.

116,92

97,39

75,03

52,61

34,85

34,85

Ocupación Terraza Velador
con cerramientos estables

Por cada 2 m2

151,98

126,60

97,55

68,39

44,33

44,33

Décimo.—Modificación de la denominación de la ordenanza fiscal número 17 reguladora de las Tasas por las prestaciones de servicios culturales realizadas por el Patronato de
Cultura-Universidad Popular, por la siguiente denominación: “ordenanza fiscal número 17
reguladora de las Tasas por la Prestación de Servicios Culturales”.
Décimo primero.—Modificación de los siguientes artículos de la ordenanza fiscal número 17, cuya redacción será la siguiente:
“Artículo 2. Hecho imponible.—Constituye el hecho imponible de la Tasa la prestación de los siguientes servicios de carácter cultural:
1. Entrada a espectáculos organizados por el Patronato Municipal de Cultura.
2. Impartición de Cursos organizados por el Patronato Municipal de Cultura.
3. Cesión temporal de uso de locales y espacios.
4. Servicio de Fotocopia en las Bibliotecas Municipales.
5. Venta de Catálogos o Libros o cualquier otra publicación de carácter cultural editados por el Ayuntamiento de Fuenlabrada.
6. Conciertos de pago organizados por la Concejalía de Cultura”.
“Art. 3. Supuestos de no sujeción.—1. Impartición de cursos organizados por el
Patronato Municipal de Cultura de la Escuela Municipal de Música a los/as alumnos/as que
pertenezcan a alguna Agrupación Instrumental y cursen estudios de algún instrumento incluido o afín a la Agrupación Instrumental a la que pertenecen.
2. Cesión temporal de uso de locales y espacios escénicos a las entidades y asociaciones locales inscritas en el Registro público correspondiente.
Tampoco estarán sujetas a la Tasa las cesiones de espacios escénicos cuya necesidad
de uso esté contemplada en el clausulado de Convenios de Colaboración o Coproducción
suscritos por el Patronato Municipal de Cultura o por el Ayuntamiento de Fuenlabrada.
3. Conciertos de pago con caché inferior a 20.000 euros o declarados gratuitos”.
“Art. 6. Cuota tributaria.—La cuota tributaria de la Tasa se determinará en función
de la aplicación de las siguientes Tarifas:
Epígrafe 1. Entrada a espectáculos organizados por el Patronato de Municipal de Cultura.
CUOTA
NORMAL

CUOTA PENSIONISTAS/ CARNET
FUENLI/ FAMILIA NUMEROSA/
PARADOS DE LARGA DURACIÓN

CUOTA ABONADOS
-TEATRO

CLASE A

19,30 €

15,44 €

13,51 €

CLASE B

15,60 €

13,28 €

11,62 €

CLASE C

11,60 €

9,28 €

8,12 €

CLASE D

9,60 €

7,68 €

6,72 €

CLASE E

6,40 €

5,12 €

4,48 €

CLASE F

3,90 €

3,12 €

2,73 €

CLASE ESPECIAL

1,50 €

CARNET DE ABONADO (Anual)

12,30 €

CLASE

La aprobación de la Tarifa a aplicar se realizará mediante acuerdo del órgano competente del Patronato Municipal de Cultura. La aplicación de las cuotas establecidas para Pensionistas, Carnet Fuenli, Familias Numerosas y Parados de larga duración estará sujeta a la
previa acreditación documental de esta condición.

BOCM-20211223-63

La calificación de cada Actividad se determinará en función del “cache de la representación”, el “aforo del espacio escénico donde se lleve a efecto la representación” y el propósito de la tasa.