Madrid (BOCM-20211222-57)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Organización y competencias Área de Cultura, Turismo y Deporte
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BOCM
MIÉRCOLES 22 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 304
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1.h) y 17.2 de la
Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de
Madrid, de 31 de mayo de 2004, y en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a propuesta de
la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 9 de diciembre de 2021,
ACUERDA
Primero.—Modificar el acuerdo de 4 de julio de 2019, de la Junta de Gobierno de la
Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, en los términos que se indican a continuación:
Uno. En el apartado 9.o se modifica la letra i) del punto 1.2 y se añade un nuevo punto 1.4, que quedan redactados en los siguientes términos:
“i) Generar contenidos dirigidos a la investigación y divulgación del patrimonio cultural, paisaje urbano y arte público de la ciudad de Madrid”.
“1.4. Arte público.
a) Desarrollar, producir y gestionar programas de arte e intervenciones artísticas de
carácter permanente y/o temporal en el espacio público.
b) Elaborar planes e implantar medidas para el fomento del arte en el espacio público
en coordinación con los agentes culturales y productores de arte y otros departamentos municipales.
c) Coordinar la realización de intervenciones artísticas en el espacio público que se
autorizan por los distritos y las áreas”.
Dos. En el apartado 11.o, se suprime el punto 2.9, que queda sin contenido.
Segundo.—Rectificar los errores advertidos en el acuerdo de 4 de julio de 2019, de la
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, en los términos que se indican a continuación:
En el apartado 7.o 1.2, donde dice:
“e) Promover y gestionar las exposiciones en los centros dependientes de la Dirección General. f) Promover y gestionar actuaciones y convenios de colaboración
con otras Administraciones Públicas y con entidades públicas y privadas en materia de exposiciones en centros dependientes de la Dirección General.
f) Coordinar y asesorar las exposiciones y proyectos museísticos que se realicen
por el Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.
g) Participar en redes nacionales e internacionales de museos destinadas a la interconexión de sus fondos y a la universalización del acceso al conocimiento”.
Debe decir:
“e) Promover y gestionar las exposiciones en los centros dependientes de la Dirección General.
f) Promover y gestionar actuaciones y convenios de colaboración con otras Administraciones Públicas y con entidades públicas y privadas en materia de exposiciones en centros dependientes de la Dirección General.
g) Coordinar y asesorar las exposiciones y proyectos museísticos que se realicen
por el Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.
h) Participar en redes nacionales e internacionales de museos destinadas a la interconexión de sus fondos y a la universalización del acceso al conocimiento”.
Tercero.—El titular del Área de Gobierno de Hacienda y Personal adoptará las modificaciones de la plantilla de personal y de la relación de puestos de trabajo que resulten necesarias para la aplicación de lo dispuesto en el presente acuerdo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 17.1.g) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, por el titular del Área de Gobierno
de Hacienda y Personal se procederá, en su caso, a la aprobación de las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias como consecuencia de la estructura orgánica establecida en el presente acuerdo.
BOCM-20211222-57
Pág. 220
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 304
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1.h) y 17.2 de la
Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de
Madrid, de 31 de mayo de 2004, y en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a propuesta de
la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 9 de diciembre de 2021,
ACUERDA
Primero.—Modificar el acuerdo de 4 de julio de 2019, de la Junta de Gobierno de la
Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, en los términos que se indican a continuación:
Uno. En el apartado 9.o se modifica la letra i) del punto 1.2 y se añade un nuevo punto 1.4, que quedan redactados en los siguientes términos:
“i) Generar contenidos dirigidos a la investigación y divulgación del patrimonio cultural, paisaje urbano y arte público de la ciudad de Madrid”.
“1.4. Arte público.
a) Desarrollar, producir y gestionar programas de arte e intervenciones artísticas de
carácter permanente y/o temporal en el espacio público.
b) Elaborar planes e implantar medidas para el fomento del arte en el espacio público
en coordinación con los agentes culturales y productores de arte y otros departamentos municipales.
c) Coordinar la realización de intervenciones artísticas en el espacio público que se
autorizan por los distritos y las áreas”.
Dos. En el apartado 11.o, se suprime el punto 2.9, que queda sin contenido.
Segundo.—Rectificar los errores advertidos en el acuerdo de 4 de julio de 2019, de la
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, en los términos que se indican a continuación:
En el apartado 7.o 1.2, donde dice:
“e) Promover y gestionar las exposiciones en los centros dependientes de la Dirección General. f) Promover y gestionar actuaciones y convenios de colaboración
con otras Administraciones Públicas y con entidades públicas y privadas en materia de exposiciones en centros dependientes de la Dirección General.
f) Coordinar y asesorar las exposiciones y proyectos museísticos que se realicen
por el Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.
g) Participar en redes nacionales e internacionales de museos destinadas a la interconexión de sus fondos y a la universalización del acceso al conocimiento”.
Debe decir:
“e) Promover y gestionar las exposiciones en los centros dependientes de la Dirección General.
f) Promover y gestionar actuaciones y convenios de colaboración con otras Administraciones Públicas y con entidades públicas y privadas en materia de exposiciones en centros dependientes de la Dirección General.
g) Coordinar y asesorar las exposiciones y proyectos museísticos que se realicen
por el Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.
h) Participar en redes nacionales e internacionales de museos destinadas a la interconexión de sus fondos y a la universalización del acceso al conocimiento”.
Tercero.—El titular del Área de Gobierno de Hacienda y Personal adoptará las modificaciones de la plantilla de personal y de la relación de puestos de trabajo que resulten necesarias para la aplicación de lo dispuesto en el presente acuerdo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 17.1.g) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, por el titular del Área de Gobierno
de Hacienda y Personal se procederá, en su caso, a la aprobación de las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias como consecuencia de la estructura orgánica establecida en el presente acuerdo.
BOCM-20211222-57
Pág. 220
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