D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20211222-39)
Convenio – Convenio de colaboración de 30 de noviembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y el Ayuntamiento de Móstoles, para la autorización gratuita de uso del inmueble situado en la calle Pintor Velázquez, número 19, posterior bajo, del municipio, para la prestación de servicios de un Centro de Apoyo y Encuentro Familiar (CAEF)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 304
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 145
Décima
Régimen jurídico y controversias
El presente convenio se regirá por lo pactado en el mismo y por la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, y la Ley 3/2001, de 21 de junio,
de Patrimonio de la Comunidad de Madrid. El Convenio suscrito queda excluido de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo dispuesto en
su artículo 6, sometiéndose a los principios de dicha Ley, así como a los principios y normas de Derecho Administrativo para resolver las dudas y lagunas que pudieren generarse
en su desarrollo y ejecución. Supletoriamente se aplicarán las normas del Derecho Privado.
Las partes velarán por la verificación de las estipulaciones del convenio sin perjuicio
de las atribuciones que en este ámbito correspondan a otras entidades públicas de la Comunidad de Madrid. Ninguna cláusula podrá ser interpretada en un sentido que menoscabe el
ejercicio de las competencias legalmente atribuidas a las partes. Las cuestiones litigiosas
que pudieran surgir en su interpretación y cumplimiento serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Undécima
Cláusula de protección de datos
BOCM-20211222-39
El presente convenio suscrito por las partes firmantes, dos Administraciones Públicas,
en el ámbito de sus competencias, no implica el acceso a los tratamientos de datos personales responsabilidad de las mismas. Ello sin perjuicio de que ambas Administraciones, como
responsables de los datos personales que tratan, asuman cumplir con la normativa vigente
en materia de protección de datos personales, incluida la normativa de desarrollo que resulte aplicable, durante toda la vida del convenio.
Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente
convenio de colaboración, siendo la fecha de formalización del mismo la correspondiente
a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de fecha en la firma, la que figure en el encabezamiento.
Madrid, a 30 de noviembre de 2021.—La Consejera de Familia, Juventud y Política
Social, María Concepción Dancausa Treviño.—La Alcaldesa-Presidenta de Móstoles, Noelia
Posse Gómez.
(03/33.744/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 304
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 145
Décima
Régimen jurídico y controversias
El presente convenio se regirá por lo pactado en el mismo y por la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, y la Ley 3/2001, de 21 de junio,
de Patrimonio de la Comunidad de Madrid. El Convenio suscrito queda excluido de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo dispuesto en
su artículo 6, sometiéndose a los principios de dicha Ley, así como a los principios y normas de Derecho Administrativo para resolver las dudas y lagunas que pudieren generarse
en su desarrollo y ejecución. Supletoriamente se aplicarán las normas del Derecho Privado.
Las partes velarán por la verificación de las estipulaciones del convenio sin perjuicio
de las atribuciones que en este ámbito correspondan a otras entidades públicas de la Comunidad de Madrid. Ninguna cláusula podrá ser interpretada en un sentido que menoscabe el
ejercicio de las competencias legalmente atribuidas a las partes. Las cuestiones litigiosas
que pudieran surgir en su interpretación y cumplimiento serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Undécima
Cláusula de protección de datos
BOCM-20211222-39
El presente convenio suscrito por las partes firmantes, dos Administraciones Públicas,
en el ámbito de sus competencias, no implica el acceso a los tratamientos de datos personales responsabilidad de las mismas. Ello sin perjuicio de que ambas Administraciones, como
responsables de los datos personales que tratan, asuman cumplir con la normativa vigente
en materia de protección de datos personales, incluida la normativa de desarrollo que resulte aplicable, durante toda la vida del convenio.
Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente
convenio de colaboración, siendo la fecha de formalización del mismo la correspondiente
a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de fecha en la firma, la que figure en el encabezamiento.
Madrid, a 30 de noviembre de 2021.—La Consejera de Familia, Juventud y Política
Social, María Concepción Dancausa Treviño.—La Alcaldesa-Presidenta de Móstoles, Noelia
Posse Gómez.
(03/33.744/21)
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ISSN 1989-4791