Valdemoro (BOCM-20211220-83)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 302
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE DICIEMBRE DE 2021
cación de 5 puntos. Por tanto, ambas prueba son de carácter eliminatorio para
quien no alcance 5 puntos.
La ponderación será la siguiente: un 10% de esta a la prueba de idioma y un 90%
a la prueba de conocimientos conforme a la siguiente fórmula:
PC = (Ti × 0,10 + Tc × 0,90), siendo:
— PC = Calificación definitiva de la Prueba de Conocimientos tras el truncamiento a las centésimas del número resultante.
— Ti = Calificación del test de idioma.
— Tc = Calificación del test de conocimientos del temario.
d) Reconocimiento médico, en el que se realizarán cuantas pruebas clínicas, analíticas
y complementarias o de otra clase se consideren necesarias para garantizar la idoneidad de los aspirantes para la función policial a desarrollar y comprobar que
los/as aspirantes no están incursos/as en el cuadro médico de exclusiones que figura en el Anexo II. El reconocimiento médico se calificará como “apto” o “no apto”.
A fin de poder realizar la prueba de reconocimiento médico, será necesario cumplimentar el Anexo IV de autorización para someterse a las pruebas médicas que sean necesarias.
Para la valoración y calificación de las pruebas psicotécnicas, físicas y médicas, se requerirán los servicios de personal especializado, pudiendo igualmente ser solicitado para la
prueba de idioma.
4.2. Concurso de méritos: Finalizada la fase de oposición, se accederá a la fase de
concurso, en la que tan solo participarán aquellos aspirantes que hubieran superado la fase
de oposición.
La fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, consistirá en la calificación de
los méritos alegados y acreditados documentalmente por los aspirantes, y que se posean antes de la finalización del plazo de admisión de instancias consistentes en conocimientos previos. Todos los méritos alegados deberán acreditarse mediante documentos públicos administrativos, entendiendo por tales certificados, diplomas, hago constar o cualquier otro medio
que a juicio del Tribunal Calificador acredite fehacientemente lo alegado. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente a
la publicación de la lista de aprobados de la fase de oposición para presentar los méritos a
valorar. La puntuación máxima que podrá alcanzar el concurso de méritos es de 2 puntos.
En el concurso puntuarán los siguientes méritos:
a) Servicios prestados, con una puntuación máxima de 0,40 puntos:
1. Como agente auxiliar: 0,05 puntos por año o fracción superior a 6 meses.
2. Como agente de movilidad: 0,05 puntos por año o fracción superior a 6 meses.
b) Titulaciones oficiales, con una puntuación máxima de 0,90 puntos, entendiéndose
como tales las siguientes titulaciones reconocidas por el ministerio competente en
materia de Educación, y sin que pueda computarse la titulación exigida para participar en el correspondiente proceso selectivo:
1. Doctorado: 0,80 puntos.
2. Máster oficial de estudios universitarios de 120 o más créditos del Sistema
Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos (en adelante, ECTS):
0,20 puntos.
3. Máster oficial de estudios universitarios de 60 a 119 créditos ECTS: 0,10 puntos.
4. Licenciatura o título de grado de, al menos, 300 créditos ECTS: 0,50 puntos.
5. Grado universitario de 240 créditos ECTS: 0,40 puntos.
6. Diplomatura o grado universitario de 180 créditos ECTS: 0,30 puntos.
7. Técnico Superior o Técnico Especialista de Formación Profesional: 0,20 puntos.
Cuando alguna de las titulaciones anteriores verse sobre Derecho o Criminología,
se otorgará una puntuación adicional de 0,10 puntos.
En caso de presentación de varias titulaciones, cuando alguna de ellas sea necesaria para obtener otra o quede subsumida en la misma, solo se valorará la superior,
excepto para los títulos de máster, que sumarán de manera complementaria.
Pág. 245
BOCM-20211220-83
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE DICIEMBRE DE 2021
cación de 5 puntos. Por tanto, ambas prueba son de carácter eliminatorio para
quien no alcance 5 puntos.
La ponderación será la siguiente: un 10% de esta a la prueba de idioma y un 90%
a la prueba de conocimientos conforme a la siguiente fórmula:
PC = (Ti × 0,10 + Tc × 0,90), siendo:
— PC = Calificación definitiva de la Prueba de Conocimientos tras el truncamiento a las centésimas del número resultante.
— Ti = Calificación del test de idioma.
— Tc = Calificación del test de conocimientos del temario.
d) Reconocimiento médico, en el que se realizarán cuantas pruebas clínicas, analíticas
y complementarias o de otra clase se consideren necesarias para garantizar la idoneidad de los aspirantes para la función policial a desarrollar y comprobar que
los/as aspirantes no están incursos/as en el cuadro médico de exclusiones que figura en el Anexo II. El reconocimiento médico se calificará como “apto” o “no apto”.
A fin de poder realizar la prueba de reconocimiento médico, será necesario cumplimentar el Anexo IV de autorización para someterse a las pruebas médicas que sean necesarias.
Para la valoración y calificación de las pruebas psicotécnicas, físicas y médicas, se requerirán los servicios de personal especializado, pudiendo igualmente ser solicitado para la
prueba de idioma.
4.2. Concurso de méritos: Finalizada la fase de oposición, se accederá a la fase de
concurso, en la que tan solo participarán aquellos aspirantes que hubieran superado la fase
de oposición.
La fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, consistirá en la calificación de
los méritos alegados y acreditados documentalmente por los aspirantes, y que se posean antes de la finalización del plazo de admisión de instancias consistentes en conocimientos previos. Todos los méritos alegados deberán acreditarse mediante documentos públicos administrativos, entendiendo por tales certificados, diplomas, hago constar o cualquier otro medio
que a juicio del Tribunal Calificador acredite fehacientemente lo alegado. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente a
la publicación de la lista de aprobados de la fase de oposición para presentar los méritos a
valorar. La puntuación máxima que podrá alcanzar el concurso de méritos es de 2 puntos.
En el concurso puntuarán los siguientes méritos:
a) Servicios prestados, con una puntuación máxima de 0,40 puntos:
1. Como agente auxiliar: 0,05 puntos por año o fracción superior a 6 meses.
2. Como agente de movilidad: 0,05 puntos por año o fracción superior a 6 meses.
b) Titulaciones oficiales, con una puntuación máxima de 0,90 puntos, entendiéndose
como tales las siguientes titulaciones reconocidas por el ministerio competente en
materia de Educación, y sin que pueda computarse la titulación exigida para participar en el correspondiente proceso selectivo:
1. Doctorado: 0,80 puntos.
2. Máster oficial de estudios universitarios de 120 o más créditos del Sistema
Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos (en adelante, ECTS):
0,20 puntos.
3. Máster oficial de estudios universitarios de 60 a 119 créditos ECTS: 0,10 puntos.
4. Licenciatura o título de grado de, al menos, 300 créditos ECTS: 0,50 puntos.
5. Grado universitario de 240 créditos ECTS: 0,40 puntos.
6. Diplomatura o grado universitario de 180 créditos ECTS: 0,30 puntos.
7. Técnico Superior o Técnico Especialista de Formación Profesional: 0,20 puntos.
Cuando alguna de las titulaciones anteriores verse sobre Derecho o Criminología,
se otorgará una puntuación adicional de 0,10 puntos.
En caso de presentación de varias titulaciones, cuando alguna de ellas sea necesaria para obtener otra o quede subsumida en la misma, solo se valorará la superior,
excepto para los títulos de máster, que sumarán de manera complementaria.
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