C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211220-19)
Convenio colectivo – Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación de la Revisión Salarial de 2021 del Convenio Colectivo de Saargummi Ibérica, S. A. (código número 28100442012013)
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BOCM
Pág. 74
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 302
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
19
RESOLUCIÓN de 29 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo
de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y
publicación de la Revisión Salarial de 2021 del Convenio Colectivo de Saargummi Ibérica, S. A. (código número 28100442012013).
Examinada el Acta de revisión salarial de 2021 del Convenio Colectivo de la empresa
Saargummi Ibérica, S. A., de 10 de noviembre de 2021, completada la documentación exigida en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios
y acuerdos colectivos de trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de
dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y con el artículo 1 del Decreto 42/2021 de 19 de junio de la Presidenta de la Comunidad de Madrid
por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid, en relación con el artículo 28.1.h) del Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Dirección General
RESUELVE
BOCM-20211220-19
1. Inscribir dicha Revisión Salarial del Convenio Colectivo, en el Registro Especial
de Convenios Colectivos de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este
Organismo.
2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda Empleo de la Comunidad de
Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en
el plazo de un mes, y contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose
al primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil.
Madrid, a 29 de noviembre de 2021.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.
Pág. 74
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 302
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
19
RESOLUCIÓN de 29 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo
de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y
publicación de la Revisión Salarial de 2021 del Convenio Colectivo de Saargummi Ibérica, S. A. (código número 28100442012013).
Examinada el Acta de revisión salarial de 2021 del Convenio Colectivo de la empresa
Saargummi Ibérica, S. A., de 10 de noviembre de 2021, completada la documentación exigida en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios
y acuerdos colectivos de trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de
dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y con el artículo 1 del Decreto 42/2021 de 19 de junio de la Presidenta de la Comunidad de Madrid
por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid, en relación con el artículo 28.1.h) del Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Dirección General
RESUELVE
BOCM-20211220-19
1. Inscribir dicha Revisión Salarial del Convenio Colectivo, en el Registro Especial
de Convenios Colectivos de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este
Organismo.
2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda Empleo de la Comunidad de
Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en
el plazo de un mes, y contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose
al primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil.
Madrid, a 29 de noviembre de 2021.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.