D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20211218-10)
Convenio – Convenio de 25 de noviembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura, Turismo y Deporte) y la Federación Madrileña de Galgos, por el que se articula la concesión directa de una subvención para la realización de las actividades de deporte federado durante la temporada 2020-2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 301
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 18 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 59
En caso de incumplimiento por parte de la Comunidad de Madrid, podrá exigirse la indemnización de los perjuicios causados, que consistirán en los gastos objeto de esta subvención fehacientemente acreditados.
En caso de mutuo acuerdo, se estará a lo acordado por las partes.
Décima
Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio
Al amparo de lo establecido en el artículo 49.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, se
constituye una comisión para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio y de las obligaciones de las partes, cuya composición, funciones y régimen
de funcionamiento será el siguiente:
1.
Composición:
Estará integrada por cinco miembros:
— El titular de la Subdirección General de Gestión Deportiva, que actuará como presidente de la Comisión.
— El Presidente de la Federación Madrileña de Galgos o persona en quien delegue.
— Un técnico de la Comunidad de Madrid, nombrado por el titular de la Dirección
General de Deportes.
— Un representante de la Federación Madrileña de Galgos, nombrado por su Presidente.
— Un técnico de la Comunidad de Madrid, nombrado por el titular de la Dirección
General de Deportes, que actuará como Secretario.
2.
Funciones:
— Realizar el seguimiento de las actividades relacionadas con el presente convenio.
— Acordar las actuaciones y gastos a financiar con cargo a la ayuda concedida con la
firma de este convenio.
— Cuantas otras se deriven del presente convenio.
3. Funcionamiento: La comisión se reunirá, al menos, una vez durante la vigencia
del convenio y cuantas otras sean necesarias a petición de cualquiera de las partes.
Undécima
Las partes declaran expresamente que conocen quedar obligadas al cumplimiento de
lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Los datos personales recogidos en este convenio serán tratados de conformidad con lo
dispuesto en la citada Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre. Los datos de carácter personal serán incorporados a la actividad de tratamiento de la Comunidad de Madrid. La información relativa a los destinatarios de los datos, la finalidad y las medidas de seguridad,
así como cualquier información adicional relativa a la protección de los datos personales se
podrá consultar en el siguiente enlace: http://www.comunidad.madrid/gobierno/informacion-juridica-legislacion/proteccion-datos
Ante el responsable del tratamiento se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación de tratamiento.
Los firmantes prestan su consentimiento, además, para la cesión de los datos asociados a la firma al Registro de Convenios y al Portal de Transparencia de la Comunidad de
Madrid, para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así
como para expedir copias del convenio.
Las partes utilizarán o aplicarán los datos personales única y exclusivamente conforme a las finalidades e instrucciones derivadas de este convenio, y no los comunicarán o cederán a otras personas, ni siquiera para su conservación.
Las partes adoptarán las medidas de seguridad, técnicas y organizativas necesarias
para evitar la pérdida, mal uso, alteración, acceso no autorizado y robo de los datos personales, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y
los riesgos a que estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o
natural.
BOCM-20211218-10
Protección de datos de carácter personal
B.O.C.M. Núm. 301
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 18 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 59
En caso de incumplimiento por parte de la Comunidad de Madrid, podrá exigirse la indemnización de los perjuicios causados, que consistirán en los gastos objeto de esta subvención fehacientemente acreditados.
En caso de mutuo acuerdo, se estará a lo acordado por las partes.
Décima
Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio
Al amparo de lo establecido en el artículo 49.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, se
constituye una comisión para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio y de las obligaciones de las partes, cuya composición, funciones y régimen
de funcionamiento será el siguiente:
1.
Composición:
Estará integrada por cinco miembros:
— El titular de la Subdirección General de Gestión Deportiva, que actuará como presidente de la Comisión.
— El Presidente de la Federación Madrileña de Galgos o persona en quien delegue.
— Un técnico de la Comunidad de Madrid, nombrado por el titular de la Dirección
General de Deportes.
— Un representante de la Federación Madrileña de Galgos, nombrado por su Presidente.
— Un técnico de la Comunidad de Madrid, nombrado por el titular de la Dirección
General de Deportes, que actuará como Secretario.
2.
Funciones:
— Realizar el seguimiento de las actividades relacionadas con el presente convenio.
— Acordar las actuaciones y gastos a financiar con cargo a la ayuda concedida con la
firma de este convenio.
— Cuantas otras se deriven del presente convenio.
3. Funcionamiento: La comisión se reunirá, al menos, una vez durante la vigencia
del convenio y cuantas otras sean necesarias a petición de cualquiera de las partes.
Undécima
Las partes declaran expresamente que conocen quedar obligadas al cumplimiento de
lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Los datos personales recogidos en este convenio serán tratados de conformidad con lo
dispuesto en la citada Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre. Los datos de carácter personal serán incorporados a la actividad de tratamiento de la Comunidad de Madrid. La información relativa a los destinatarios de los datos, la finalidad y las medidas de seguridad,
así como cualquier información adicional relativa a la protección de los datos personales se
podrá consultar en el siguiente enlace: http://www.comunidad.madrid/gobierno/informacion-juridica-legislacion/proteccion-datos
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Los firmantes prestan su consentimiento, además, para la cesión de los datos asociados a la firma al Registro de Convenios y al Portal de Transparencia de la Comunidad de
Madrid, para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así
como para expedir copias del convenio.
Las partes utilizarán o aplicarán los datos personales única y exclusivamente conforme a las finalidades e instrucciones derivadas de este convenio, y no los comunicarán o cederán a otras personas, ni siquiera para su conservación.
Las partes adoptarán las medidas de seguridad, técnicas y organizativas necesarias
para evitar la pérdida, mal uso, alteración, acceso no autorizado y robo de los datos personales, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y
los riesgos a que estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o
natural.
BOCM-20211218-10
Protección de datos de carácter personal