Madrid (BOCM-20211217-56)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Modificación competencias Área de Desarrollo Urbano
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 300
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 405
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56
MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Área de Gobierno de Vicealcaldía
El artículo 17.1 h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, asigna a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid la competencia general para establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno.
Mediante acuerdo 11 de julio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid,
de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, se delegaron
en el Área Delegada de Vivienda, entre otras competencias, la definición y gestión de las
políticas públicas y sociales municipales en materia de vivienda y el fomento de la rehabilitación del parque residencial de la ciudad.
Asimismo, se creó la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración,
dependiente de la citada área delegada, a quien se le atribuyó la tramitación de los procedimientos precisos en materia de rehabilitación y regeneración, la coordinación y dirección
de la ejecución de las actuaciones en las áreas de rehabilitación definidas en los correspondientes planes, así como el informe y supervisión de los proyectos de obras públicas municipales promovidos y gestionados por la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de
Madrid, S. A. (EMVS).
Corresponde, en definitiva, a esta dirección general la gestión presupuestaria de los
fondos municipales destinados a la concesión de subvenciones para el fomento y promoción de la realización de obras y actuaciones de conservación y rehabilitación en viviendas
y edificios residenciales, así como de los tejidos urbanos de los ámbitos de actuación, actuando en la mejora de la urbanización y de los espacios libres, todo ello con un carácter integrado, desde el marco de una estrategia administrativa global y unitaria, contribuyendo a
definir y gestionar las políticas públicas y sociales municipales en materia de vivienda.
El citado acuerdo establece que de la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y
Regeneración dependa la Subdirección General de Rehabilitación y Regeneración. La experiencia acumulada desde la aprobación del citado acuerdo demuestra que el hecho de que dicho órgano directivo cuente con una sola subdirección general resulta insuficiente para ejecutar de manera eficaz las competencias delegadas por la Junta de Gobierno toda vez que,
desde su creación, los proyectos a desarrollar por esta dirección general, que representan una
parte importante del presupuesto total asignado al Área de Gobierno de Desarrollo Urbano,
y su consiguiente gestión, se ha venido incrementando considerablemente año tras año desde 2019. La previsión para 2022 es continuar el crecimiento de ese presupuesto, teniendo en
cuenta la necesidad de rehabilitación en Madrid y los objetivos europeos a cumplir.
Por ello, resulta necesario reforzar la estructura orgánica de la Dirección General de
Vivienda, Rehabilitación y Regeneración mediante la creación de la Subdirección General
de Proyectos Estratégicos de Vivienda para coordinar y gestionar de una manera más eficaz todas las funciones que se desarrollan por aquel órgano directivo sobre el elevado volumen de gestión de todo lo que conlleva el impulso y fomento de la rehabilitación edificatoria, de tejidos urbanos, así como el acceso a la vivienda y la mejora de sus condiciones de
habitabilidad.
La subdirección general de nueva creación desempeñará las funciones necesarias para
ejecutar las competencias de la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración, especialmente en lo relativo a reforzar y coordinar las unidades administrativas de
forma transversal con el fin de que las diversas tramitaciones se desarrollen de la forma más
eficaz posible, evitando las incidencias que pudieran surgir como consecuencia del eleva-
BOCM-20211217-56
Acuerdo de 2 de diciembre de 2021, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid,
por el que se modifica el acuerdo de 11 de julio de 2019, de organización y competencias
del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano.
B.O.C.M. Núm. 300
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 405
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56
MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Área de Gobierno de Vicealcaldía
El artículo 17.1 h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, asigna a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid la competencia general para establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno.
Mediante acuerdo 11 de julio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid,
de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, se delegaron
en el Área Delegada de Vivienda, entre otras competencias, la definición y gestión de las
políticas públicas y sociales municipales en materia de vivienda y el fomento de la rehabilitación del parque residencial de la ciudad.
Asimismo, se creó la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración,
dependiente de la citada área delegada, a quien se le atribuyó la tramitación de los procedimientos precisos en materia de rehabilitación y regeneración, la coordinación y dirección
de la ejecución de las actuaciones en las áreas de rehabilitación definidas en los correspondientes planes, así como el informe y supervisión de los proyectos de obras públicas municipales promovidos y gestionados por la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de
Madrid, S. A. (EMVS).
Corresponde, en definitiva, a esta dirección general la gestión presupuestaria de los
fondos municipales destinados a la concesión de subvenciones para el fomento y promoción de la realización de obras y actuaciones de conservación y rehabilitación en viviendas
y edificios residenciales, así como de los tejidos urbanos de los ámbitos de actuación, actuando en la mejora de la urbanización y de los espacios libres, todo ello con un carácter integrado, desde el marco de una estrategia administrativa global y unitaria, contribuyendo a
definir y gestionar las políticas públicas y sociales municipales en materia de vivienda.
El citado acuerdo establece que de la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y
Regeneración dependa la Subdirección General de Rehabilitación y Regeneración. La experiencia acumulada desde la aprobación del citado acuerdo demuestra que el hecho de que dicho órgano directivo cuente con una sola subdirección general resulta insuficiente para ejecutar de manera eficaz las competencias delegadas por la Junta de Gobierno toda vez que,
desde su creación, los proyectos a desarrollar por esta dirección general, que representan una
parte importante del presupuesto total asignado al Área de Gobierno de Desarrollo Urbano,
y su consiguiente gestión, se ha venido incrementando considerablemente año tras año desde 2019. La previsión para 2022 es continuar el crecimiento de ese presupuesto, teniendo en
cuenta la necesidad de rehabilitación en Madrid y los objetivos europeos a cumplir.
Por ello, resulta necesario reforzar la estructura orgánica de la Dirección General de
Vivienda, Rehabilitación y Regeneración mediante la creación de la Subdirección General
de Proyectos Estratégicos de Vivienda para coordinar y gestionar de una manera más eficaz todas las funciones que se desarrollan por aquel órgano directivo sobre el elevado volumen de gestión de todo lo que conlleva el impulso y fomento de la rehabilitación edificatoria, de tejidos urbanos, así como el acceso a la vivienda y la mejora de sus condiciones de
habitabilidad.
La subdirección general de nueva creación desempeñará las funciones necesarias para
ejecutar las competencias de la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración, especialmente en lo relativo a reforzar y coordinar las unidades administrativas de
forma transversal con el fin de que las diversas tramitaciones se desarrollen de la forma más
eficaz posible, evitando las incidencias que pudieran surgir como consecuencia del eleva-
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Acuerdo de 2 de diciembre de 2021, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid,
por el que se modifica el acuerdo de 11 de julio de 2019, de organización y competencias
del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano.