D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20211217-42)
Convenio –  Adenda de 25 de noviembre de 2021, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Humanes de Madrid, para el desarrollo de la atención social primaria y otros programas por los servicios sociales de las entidades locales para el año 2021
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 300

VIERNES 17 DE DICIEMBRE DE 2021

Pág. 297

Delimitación de Programas y definición de prestaciones y servicios
PROGRAMA

FINANCIA CM

%

TOTAL

50

0,00

50

0,00

27.491,83

50

27.491,83

50

54.983,66

3.970,98

100

0,00

0

3.970,98

PREVENCIÓN, INSERCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL

0,00

50

0,00

50

TOTAL

31.462,81

INFORMACIÓN, ORIENTACIÓN, ASESORAMIENTO,
DIAGNOSTICO Y VALORACIÓN
EMERGENCIA SOCIAL
AYUDAS PARA EL PAGO DE FACTURAS DE
ENERGÍA ELÉCTRICA Y DE GAS A CONSUMIDORES
VULNERABLES

0,00

%

FINANCIA EL

27.491,83

0,00
58.954,64

Con carácter general dentro de cada uno de los Programas pueden quedar incluidas las
prestaciones y servicios que se concretan en cada caso.
1.

Programa de Información, Orientación, Asesoramiento, Diagnostico y Valoración

Comprende el conjunto de prestaciones que se configuran como la puerta de entrada al Sistema
Público de Servicios Sociales. Facilitan a las personas el acceso a los recursos, garantizan el
acceso a otros sistemas de protección social y proporcionan apoyo en la realización de gestiones y
tramitación de las diferentes prestaciones de servicios sociales y del sistema de protección social.
2.

Programa de Emergencia Social

Para atender necesidades motivadas por circunstancias excepcionales, que requieren de ayudas
económicas de carácter transitorio, que pueden ser de pago único o periódico, destinadas a
facilitar la superación de esas situaciones en las que concurra una necesidad económica
circunstancial.
Se trata de prestaciones puntuales económicas y/o en especie, de carácter temporal y urgente, y
que pueden ser relativas a:
a) Ayudas familiares: Se consideran como tales aquellas ayudas puntuales de apoyo a
procesos de integración social y prevención de situaciones de riesgo que afecten a
personas o grupos familiares. Se trata de ayudas destinadas a cubrir necesidades
básicas de subsistencia y ayudas por acogimientos familiares.
b) Vivienda: Este tipo de ayudas económicas se conceden puntualmente para
alquileres, fianzas, desahucios y gastos corrientes derivados del mantenimiento y
conservación de la vivienda.
c) Alimentos: Son ayudas puntuales destinadas a alimentación, ayudas para comedores
(excepto comedores escolares), vales de comida, pago directo a casas
suministradoras, bolsas de alimentos, leches infantiles, entre otras, que de forma
puntual o con escasa periodicidad gestione el centro de servicios sociales.
Aparecerán claramente diferenciadas de otras ayudas que se puedan incluir entre
otras finalidades destinadas a la manutención del grupo familiar.
d) Ayudas complementarias: Son aquellas ayudas puntuales relacionadas con la
atención al menor y a la familia, cuyo objeto sea la cobertura de gastos de carácter
extraordinario: libros, material escolar, transporte escolar o de otro tipo, formación no
reglada, actividades ocupacionales, campamentos, ayudas económicas destinadas a
tratamientos especializados, gastos farmacéuticos, prótesis, y otras.
e) Otras ayudas: Comprende otras ayudas, también de carácter excepcional, no
tipificadas en epígrafes anteriores.
3.

Ayudas para el pago de facturas de energía eléctrica y de gas a consumidores

Quedarán incluidas dentro de este apartado, las ayudas económicas para el pago de las facturas
de electricidad y gas, de aquellas personas que por encontrarse en situación de vulnerabilidad o
riesgo de exclusión social no puedan hacer frente al pago de las mismas.
Quedarán incluidas tanto las ayudas concedidas a los beneficiarios de bono social como
vulnerable severo o en riesgo de exclusión social, como las concedidas excepcionalmente a otras
personas que sin ser beneficiarios de bono social se encuentren en una situación de necesidad o
riesgo de exclusión que deba ser atendida.

BOCM-20211217-42

vulnerables