B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20211217-8)
Concurso de méritos –  Resolución de 10 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de méritos para la renovación y selección de Directores de Centros Docentes Públicos No Universitarios de la Comunidad de Madrid
61 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Pág. 58

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 300

una pestaña en un lugar visible denominada “Documentos institucionales”. Los documentos que se expondrán serán los siguientes:
— Proyecto educativo del centro.
— Plan de convivencia: reglamento de régimen interior.
— Programación general anual.
— Memoria anual.
— Proyecto de presupuesto.
En cumplimiento de la normativa vigente sobre protección de datos, la Secretaría de
los centros velará por que dichos documentos no contengan datos de carácter personal.
6.3.2. Contenido mínimo.
El proyecto de dirección será un documento original elaborado por el candidato y deberá incluir, al menos, un análisis de las características más relevantes del centro, los objetivos básicos del programa de dirección, las líneas generales de actuación, los planes concretos que permitan alcanzar dichos objetivos y la forma de evaluación del propio proyecto, así
como cualquier otro aspecto que el candidato considere relevante, según lo expuesto en la
base 6.7.4 de la presente resolución. Los objetivos, las líneas de actuación y los planes concretos deberán referirse de forma claramente diferenciada a los siguientes cuatro ámbitos:
gestión y administración; organización pedagógica; relaciones institucionales; resultados.
La falta de alguno de los contenidos mínimos referidos en el párrafo anterior supondrá
que el candidato sea valorado como no presentado y, en tal caso, no realizará la exposición
y defensa del proyecto.
Además, deberá contener la propuesta de equipo directivo del centro a cuya dirección
se concurre con el título “Propuesta de equipo directivo”. En dicha propuesta, se detallará
su composición, con el nombre y apellidos de los miembros y el puesto que desempeñarán.
6.3.3. Formato.
El proyecto, de carácter personal, será elaborado de forma individual por el aspirante en
formato PDF y tendrá una extensión máxima de 30 folios, incluidos los materiales de apoyo
y anexos. Asimismo, incluirá una portada en la que se especificarán los datos de identificación del aspirante y el nombre del centro a cuya dirección concursa. Dicha portada no estará
incluida en la extensión máxima de 30 folios, como tampoco lo estará la contraportada.
Además, el proyecto deberá cumplir con las siguientes condiciones de elaboración:
— Será presentado con letra tipo Arial de 12 puntos sin comprimir, excepto en gráficos, cuyo tamaño de fuente se procurará sea lo más equilibrado al resto del documento.
— El espacio interlineal será de 1,5 líneas, excepto en la presentación de gráficos, en
cuyo tamaño y presentación se buscará el máximo equilibrio posible.
— Los márgenes izquierdo, derecho, superior e inferior serán de 2,54 cm cada uno.
Al objeto de valorar los proyectos de dirección y para garantizar el principio de igualdad, es fundamental la homogeneidad de los mismos. Por tal motivo, aquellos candidatos
que no cumplan las condiciones expuestas en el apartado anterior serán penalizados en la
fase de valoración del proyecto de dirección en los siguientes términos:
— En caso de que todo el proyecto no se presente conforme a los requisitos de fuente,
tamaño, espacio interlineal y márgenes especificados, la Comisión lo penalizará
con hasta 5 puntos.
— En el supuesto de que el proyecto sobrepase los 30 folios, se penalizará con hasta 2
puntos si el proyecto tiene una extensión de 31 a 35 folios y con hasta 4 puntos si
la extensión sobrepasa los 36. Asimismo, el contenido que supere el máximo establecido se considerará inexistente.
— La falta de portada con los datos de identificación del aspirante y el nombre del
centro a cuya dirección concursa, se penalizará con hasta 1 punto.
— Si se comprueba que el proyecto de dirección no es de elaboración propia, se considerará inválido y no se procederá a su valoración, siendo el aspirante calificado
con 0 puntos.
6.3.4. Forma y plazo de presentación.
Tal y como disponen las bases 4.1 y 4.4, el proyecto de dirección será presentado telemáticamente en el plazo de los veinte hábiles siguientes al de la publicación de la presente Resolución de convocatoria.

BOCM-20211217-8

BOCM