Olmeda de las Fuentes (BOCM-20211216-106)
Urbanismo. Ordenanza condiciones estéticas municipio
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 430
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 299
BOCM-20211216-106
En el caso de edificios catalogados, la solución que se aplique será la que dictamine favorablemente el órgano municipal competente.
15.3 bis. La instalación de los paneles en las parcelas urbanas deberá ajustarse a las
condiciones establecidas en la presente ordenanza y no podrá ser en ningún caso visibles
desde vía pública.
15.4 bis. Queda prohibido de forma expresa el trazado visible por fachadas de cualquier tubería y otras canalizaciones relacionadas con este tipo de instalaciones, salvo que
se acompañe en el proyecto, de forma detallada, solución constructiva que garantice su adecuada integración en la estética del edificio y del entorno.
15.5 bis. Queda prohibido la instalación de plantas de producción de energía solar
fotovoltaica en suelo rústico sobre parcelas emplazadas en margen de carretera a menor distancia de 100 m medidos desde el eje de la carretera. La separación a ejes de caminos será
de 15 m. El resto de determinaciones se establecerán en calificación urbanística”.
Contra el presente acuerdo se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio,
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Olmeda de las Fuentes, a 2 de diciembre de 2021.—La alcaldesa-presidenta, María
Victoria Roldán Prieto.
(03/33.521/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 430
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 299
BOCM-20211216-106
En el caso de edificios catalogados, la solución que se aplique será la que dictamine favorablemente el órgano municipal competente.
15.3 bis. La instalación de los paneles en las parcelas urbanas deberá ajustarse a las
condiciones establecidas en la presente ordenanza y no podrá ser en ningún caso visibles
desde vía pública.
15.4 bis. Queda prohibido de forma expresa el trazado visible por fachadas de cualquier tubería y otras canalizaciones relacionadas con este tipo de instalaciones, salvo que
se acompañe en el proyecto, de forma detallada, solución constructiva que garantice su adecuada integración en la estética del edificio y del entorno.
15.5 bis. Queda prohibido la instalación de plantas de producción de energía solar
fotovoltaica en suelo rústico sobre parcelas emplazadas en margen de carretera a menor distancia de 100 m medidos desde el eje de la carretera. La separación a ejes de caminos será
de 15 m. El resto de determinaciones se establecerán en calificación urbanística”.
Contra el presente acuerdo se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio,
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Olmeda de las Fuentes, a 2 de diciembre de 2021.—La alcaldesa-presidenta, María
Victoria Roldán Prieto.
(03/33.521/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791