B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211216-6)
Convocatoria pruebas selectivas – Orden 705/2021, de 9 de diciembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Jefe de Dotación, Grupo C, Subgrupo C1
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B.O.C.M. Núm. 299
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE DICIEMBRE DE 2021
Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de
Madrid.
1. Fase de oposición.
1.1. El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura como Anexo
de la presente Orden.
1.2. La fase de oposición estará integrada por el ejercicio que a continuación se indica, de carácter eliminatorio:
Contestación por escrito de un cuestionario tipo test propuesto por el Tribunal, compuesto por cincuenta preguntas sobre el programa de la fase de oposición, de las cuales un
máximo de diez versarán sobre el contenido de los temas del Bloque I de dicho programa,
y las restantes versarán sobre el contenido de los temas del Bloque II del mismo. El cuestionario incluirá 5 preguntas adicionales de reserva, que serán valoradas en el caso de que
se anule alguna de las 100 anteriores comprendidas en aquel, estando referidas una de ellas
al citado Bloque I del programa y las cuatro preguntas restantes al Bloque II de este.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de cincuenta minutos.
Para cada pregunta se propondrán tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas
la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no
contestada, es decir, aquella en la que figuren las tres respuestas alternativas propuestas en
blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, penalizándose con 0,10
puntos cada una de las contestaciones erróneas.
1.3. El orden de actuación de las personas participantes en este proceso selectivo se iniciará, alfabéticamente, por la primera cuyo primer apellido comience por la letra “E”, de conformidad con la Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el
orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el año
2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 74, de 29 de marzo).
1.4. El ejercicio de la fase de oposición podrá comenzar a partir del segundo trimestre de 2022.
La fecha y lugar exacto de celebración del ejercicio se determinarán en la Resolución
por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo.
La publicación de la lista de personas aprobadas en el ejercicio integrante de la fase de
oposición, se efectuará en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia
de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en la página web
“https://www.comunidad.madrid/servicios/información-atencion-ciudadano/red-oficinascomunidad-madrid” ,
en el de la Dirección General de Emergencias (carretera de La Coruña, kilómetro 22,
Las Rozas de Madrid), y en cualquier otro lugar que el Tribunal considere conveniente para
su mejor difusión entre las personas interesadas, sin perjuicio de encontrarse, igualmente,
disponible dicha información en la página web de la Comunidad de Madrid, en el enlace:
“https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposiciones-promocioninterna-especifica-administracion-servicios-comunidad-madrid”.
2. Fase de concurso.
2.1. La fase de concurso, a la que podrá acceder un número de aspirantes superior al
de plazas convocadas, consistirá en la valoración de los méritos de las personas aspirantes
que hayan superado la fase de oposición, conforme al baremo y puntuación que figura en
el punto segundo de este apartado, valorándose la totalidad de los méritos con referencia al
día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2.2. Serán objeto de valoración los méritos que se detallan a continuación:
a) Servicios efectivos: Se valorarán los servicios efectivos prestados y reconocidos
al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, como funcionario en el Cuerpo
de Bomberos de la Comunidad de Madrid, del siguiente modo:
— A razón de 0,8 puntos por cada año completo de servicios en la categoría a extinguir de Bombero (puestos de Bombero o de Bombero-Conductor) o en la
categoría de Bombero Especialista.
Se considera que un año comprende 365 días naturales y los periodos inferiores a un año se computan de manera proporcional.
Pág. 27
BOCM-20211216-6
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE DICIEMBRE DE 2021
Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de
Madrid.
1. Fase de oposición.
1.1. El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura como Anexo
de la presente Orden.
1.2. La fase de oposición estará integrada por el ejercicio que a continuación se indica, de carácter eliminatorio:
Contestación por escrito de un cuestionario tipo test propuesto por el Tribunal, compuesto por cincuenta preguntas sobre el programa de la fase de oposición, de las cuales un
máximo de diez versarán sobre el contenido de los temas del Bloque I de dicho programa,
y las restantes versarán sobre el contenido de los temas del Bloque II del mismo. El cuestionario incluirá 5 preguntas adicionales de reserva, que serán valoradas en el caso de que
se anule alguna de las 100 anteriores comprendidas en aquel, estando referidas una de ellas
al citado Bloque I del programa y las cuatro preguntas restantes al Bloque II de este.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de cincuenta minutos.
Para cada pregunta se propondrán tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas
la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no
contestada, es decir, aquella en la que figuren las tres respuestas alternativas propuestas en
blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, penalizándose con 0,10
puntos cada una de las contestaciones erróneas.
1.3. El orden de actuación de las personas participantes en este proceso selectivo se iniciará, alfabéticamente, por la primera cuyo primer apellido comience por la letra “E”, de conformidad con la Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el
orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el año
2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 74, de 29 de marzo).
1.4. El ejercicio de la fase de oposición podrá comenzar a partir del segundo trimestre de 2022.
La fecha y lugar exacto de celebración del ejercicio se determinarán en la Resolución
por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo.
La publicación de la lista de personas aprobadas en el ejercicio integrante de la fase de
oposición, se efectuará en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia
de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en la página web
“https://www.comunidad.madrid/servicios/información-atencion-ciudadano/red-oficinascomunidad-madrid” ,
en el de la Dirección General de Emergencias (carretera de La Coruña, kilómetro 22,
Las Rozas de Madrid), y en cualquier otro lugar que el Tribunal considere conveniente para
su mejor difusión entre las personas interesadas, sin perjuicio de encontrarse, igualmente,
disponible dicha información en la página web de la Comunidad de Madrid, en el enlace:
“https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposiciones-promocioninterna-especifica-administracion-servicios-comunidad-madrid”.
2. Fase de concurso.
2.1. La fase de concurso, a la que podrá acceder un número de aspirantes superior al
de plazas convocadas, consistirá en la valoración de los méritos de las personas aspirantes
que hayan superado la fase de oposición, conforme al baremo y puntuación que figura en
el punto segundo de este apartado, valorándose la totalidad de los méritos con referencia al
día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2.2. Serán objeto de valoración los méritos que se detallan a continuación:
a) Servicios efectivos: Se valorarán los servicios efectivos prestados y reconocidos
al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, como funcionario en el Cuerpo
de Bomberos de la Comunidad de Madrid, del siguiente modo:
— A razón de 0,8 puntos por cada año completo de servicios en la categoría a extinguir de Bombero (puestos de Bombero o de Bombero-Conductor) o en la
categoría de Bombero Especialista.
Se considera que un año comprende 365 días naturales y los periodos inferiores a un año se computan de manera proporcional.
Pág. 27
BOCM-20211216-6
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