B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211216-6)
Convocatoria pruebas selectivas – Orden 705/2021, de 9 de diciembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Jefe de Dotación, Grupo C, Subgrupo C1
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 299
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 33
tablecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
2. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un
mes, ante la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior
de Justicia de Madrid, de acuerdo con lo determinado en los artículos 10 y 46.1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.
En Madrid, a 9 de diciembre de 2021.—El Viceconsejero de Hacienda, por delegación
del Consejero de Hacienda y Función Pública (Orden de 6 de julio de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 171, de 16 de julio de 2020), José Ramón Menéndez Aquino.
ANEXO
1. Función Pública: Personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos
y deberes. Código de conducta de los empleados públicos. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Situaciones administrativas. Régimen disciplinario (Texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre: Título II: Artículos 8-12; Título III: Capítulo I, Capítulo II, Capítulo III, artículos 47, 48, 49 y 50 del Capítulo V, Capítulo VI; Título IV: Artículos 55, 56
y 59-68; Título VI: Artículos 85 al 92; Título VII).
2. Decreto legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid.
3. Plan de Protección Civil ante el riesgo de accidentes en el transporte de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril de la Comunidad de Madrid (TRANSCAM).
4. Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil: título I; título II, capítulo III (Planificación) y capítulo IV (Respuesta inmediata a las emergencias).
5. El Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en
la Comunidad de Madrid (INFOMA). Definiciones (capítulo 1, apartado 1.3), Elementos
básicos para la planificación de protección civil de emergencia por incendios forestales (capítulo 2), Contenido del Plan Especial (capítulo 3), Implantación y mantenimiento del Plan
Especial (capítulo 4).
6. Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad de Madrid (PLATERCAM).
Definiciones. Estructura, organización y funciones. Operatividad del Plan.
7. Código Técnico de la Edificación. Documento Básico (SI) “Seguridad en caso de
incendio”: Introducción (Objeto, Ámbito de aplicación y Criterios generales de aplicación),
Sección SI 1 “Propagación Interior”, Sección SI 2 “Propagación Exterior”.
8. Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias
dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia: disposiciones
generales. Alcance. Plan de Autoprotección. Contenido mínimo del Plan (Anexo II). Definiciones (Anexo III).
9. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: capítulo I;
capítulo II: artículos 5 y 7; capítulos III, IV, capítulo V, artículos 33, 34.1, 34.2, 35.1, 35.2
(excepto la tabla incluida en dicho precepto) y 38, capítulo VI. Real Decreto 773/1997, de
30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por
los trabajadores de equipos de protección individual: artículo 1, artículo 3, primer párrafo
del artículo 4 y artículos 5, 7 y 10. Guía Técnica para la utilización por los trabajadores de
los Equipos de Protección Individual: artículo 2.
BOCM-20211216-6
PROGRAMA DE LA FASE DE OPOSICIÓN CORRESPONDIENTE
A LAS PRUEBAS SELECTIVAS DE PROMOCIÓN INTERNA
ARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE BOMBEROS DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, ESCALA EJECUTIVA U OPERATIVA, CATEGORÍA
DE JEFE DE DOTACIÓN, GRUPO C, SUBGRUPO C1
B.O.C.M. Núm. 299
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 33
tablecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
2. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un
mes, ante la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior
de Justicia de Madrid, de acuerdo con lo determinado en los artículos 10 y 46.1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.
En Madrid, a 9 de diciembre de 2021.—El Viceconsejero de Hacienda, por delegación
del Consejero de Hacienda y Función Pública (Orden de 6 de julio de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 171, de 16 de julio de 2020), José Ramón Menéndez Aquino.
ANEXO
1. Función Pública: Personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos
y deberes. Código de conducta de los empleados públicos. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Situaciones administrativas. Régimen disciplinario (Texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre: Título II: Artículos 8-12; Título III: Capítulo I, Capítulo II, Capítulo III, artículos 47, 48, 49 y 50 del Capítulo V, Capítulo VI; Título IV: Artículos 55, 56
y 59-68; Título VI: Artículos 85 al 92; Título VII).
2. Decreto legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid.
3. Plan de Protección Civil ante el riesgo de accidentes en el transporte de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril de la Comunidad de Madrid (TRANSCAM).
4. Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil: título I; título II, capítulo III (Planificación) y capítulo IV (Respuesta inmediata a las emergencias).
5. El Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en
la Comunidad de Madrid (INFOMA). Definiciones (capítulo 1, apartado 1.3), Elementos
básicos para la planificación de protección civil de emergencia por incendios forestales (capítulo 2), Contenido del Plan Especial (capítulo 3), Implantación y mantenimiento del Plan
Especial (capítulo 4).
6. Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad de Madrid (PLATERCAM).
Definiciones. Estructura, organización y funciones. Operatividad del Plan.
7. Código Técnico de la Edificación. Documento Básico (SI) “Seguridad en caso de
incendio”: Introducción (Objeto, Ámbito de aplicación y Criterios generales de aplicación),
Sección SI 1 “Propagación Interior”, Sección SI 2 “Propagación Exterior”.
8. Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias
dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia: disposiciones
generales. Alcance. Plan de Autoprotección. Contenido mínimo del Plan (Anexo II). Definiciones (Anexo III).
9. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: capítulo I;
capítulo II: artículos 5 y 7; capítulos III, IV, capítulo V, artículos 33, 34.1, 34.2, 35.1, 35.2
(excepto la tabla incluida en dicho precepto) y 38, capítulo VI. Real Decreto 773/1997, de
30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por
los trabajadores de equipos de protección individual: artículo 1, artículo 3, primer párrafo
del artículo 4 y artículos 5, 7 y 10. Guía Técnica para la utilización por los trabajadores de
los Equipos de Protección Individual: artículo 2.
BOCM-20211216-6
PROGRAMA DE LA FASE DE OPOSICIÓN CORRESPONDIENTE
A LAS PRUEBAS SELECTIVAS DE PROMOCIÓN INTERNA
ARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE BOMBEROS DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, ESCALA EJECUTIVA U OPERATIVA, CATEGORÍA
DE JEFE DE DOTACIÓN, GRUPO C, SUBGRUPO C1