Getafe (BOCM-20211215-74)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 298

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE DICIEMBRE DE 2021

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En el supuesto de no marcar opción alguna, se entenderá que se opta únicamente por
el procedimiento de estabilización.
La opción por ambos procedimientos no obstará la previsión recogida en la base 1.1 al
respecto de la celebración simultánea del ejercicio común.
3.2. Plazo de presentación.
El plazo de presentación de solicitudes de la presente será de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria a que se
refiere la base 1.3, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Getafe.
3.3. Lugar de presentación.
El impreso de solicitud debidamente cumplimentado se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Getafe, Pza. Constitución, n.o 1, planta baja.
Las instancias también podrán presentarse en las distintas formas que establece la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.4. Tasa por derechos de examen.
La cuantía de la tasa por derechos de examen viene fijada en las Ordenanzas Fiscales
del Ayuntamiento de Getafe. El importe se hará efectivo mediante modelo de ingreso autoliquidación que podrá descargarse de la Sede electrónica o ser facilitado de forma gratuita
por el Ayuntamiento de Getafe, en la forma y entidades bancarias que en dicho documento
de ingreso se determinen.
Tendrán una exención de la cuota:
— Aquellas personas que se encuentren en situación de desempleo y no perciban
prestación, debiendo justificar esta situación junto con la instancia, mediante certificado expedido por el SEPE, con fecha actualizada y en el que se haga constar
expresamente que en el momento de presentación de solicitudes no percibe prestación por desempleo.
— Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 debiendo
presentar certificado actualizado acreditativo de la discapacidad, expedido por la
Dirección General de S. Sociales de la Comunidad de Madrid, u otro organismo
competente para expedirlos.
El documento de pago o la documentación acreditativa de encontrarse en situación de
exención de tasas, se adjuntara al modelo de solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen dentro del plazo de presentación de instancias determinará la exclusión provisional.
En ningún caso el pago en la entidad colaboradora sustituirá el trámite de presentación
de la solicitud en plazo y forma recogido en los apartados 3.1 y 3.2.
3.5. Devolución de las tasas.
Sólo procederá a la devolución del importe de la tasa satisfecha cuando, por causas no
imputables al sujeto pasivo no tenga lugar la ejecución del procedimiento por el Ayuntamiento, o cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución.
3.6. Devolución de documentación presentada.
Transcurridos dos años desde la finalización del proceso selectivo, el Ayuntamiento
podrá determinar la destrucción de las fotocopias adjuntas a las instancias de las personas
que no lo hayan superado. Las personas interesadas podrán solicitar, por escrito, en el Registro General del Ayuntamiento, que les sean devueltos los documentos en los que tenga
interés, una vez cumplidos los plazos legales de recurso.

4.1. Requisitos de admisión.
Para ser admitidos/as a las pruebas selectivas bastará con que los y las aspirantes manifiesten en sus instancias que reúnen, dentro del plazo de presentación de solicitudes, todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda dentro de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, con declaración expresa de la titulación con
la que concurre al proceso selectivo.

BOCM-20211215-74

Cuarta. Admisión de candidatos/as